No identificar al conductor 300 €

Mclaud

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Pongamos que te hace una foto el helicóptero de tráfico, no te para, claro, y un buen día te llega a tu casa una notificación de tráfico diciéndote que como propietario de la motocicleta, identifiques al conductor que la llevaba tal día a tal hora que le van a clavar 450 € por conducción temeraria al adelantar por continua.
Y digo yo: si la multa por no identificar al conductor son 300 €, pues no se identifica al conductor y te ahorras 150 € más una posible retirada del carnet ¿no?
O es que te clavan los 300 por no identificarlo más lo que haya hecho el no identificado en caso de que no sean la misma persona.
A ver si alguien me puede sacar de dudas.
Gracias por adelantado
 
No, solo que la multa recae sobre ti. Si la cuantia de la multa son 450 euros pos eso que pagas. Si identificas al que conducía, 450 que te ahorras. Asumes la culpa como posible conductor (si es que lo eras ese día a esa hora) y santas pascuas. Si no lo identificas, no pueden multarte, simplemente te hacen responsable de la infracción y punto.
 
LSV:

Artículo 72.

3.El titular del vehículo, debidamente requerido para ello, tiene el deber de identificar al conductor responsable de la infracción y si incumpliere esta obligación en el trámite procedimental oportuno sin causa justificada, será sancionado pecuniariamente como autor de falta grave. (300 €)
 
Tal como yo lo veo, es así:

Si el titular es persona fisica, tráfico sobreentiende que el titular es el que conduce, y si no lo fuera, es trabajo tuyo demostrarlo.

Si el titular es persona jurídica, tráfico insta a la empresa a identificarla, y si no lo hace, deberá pagar la sanción de 300 €. Pero seguro que te ahorras la retirada de carnet !!
 
Re: No identificar al conductor 300 €

Lo_Pallars dijo:
... si el titular es persona jurídica.., y no lo hace, deberá pagar la sanción de 300 Euros... Pero seguro que te ahorras la retirada de carnet !!

Ahí está el asunto: las personas jurídicas no tienen licencia para conducir, lo que significa que no puede ser revocada, ¿no?  ;)
 
Hola:

Si la moto esta a nombre de una persona juridica, le envias fotocopia de los posible conductores, tres o cuatro y le dices que lo identifiquen ellos, pagas la multa por no poder indentificarlo y te ahorras el carnet.

Si esta a nombre de una persona física puedes intentarlo, pero trafico supone que el conductor es el propietario y pagas dos multas o recurres y depende del Juez.

Saludos
 
al no identificar al conductor se paga dos multas la infraccion y a negativa a identificar al conductor, si lo identificas pues solo abonas la sancion impuesta
 
Re: No identificar al conductor 300 €

Así es coyote_1200, lo he tenido cerca.

Si no identificas al conductor, como titular de la moto eres responsable subsidiario a todos los efectos, con los cual, nunca van a anular la sanción por la infracción cometida, que sigue su curso precisamente contra el titular, y además, si no identificas al conductor, pues por descontado, tambien te la comes tú, si eres el titular, claro.

Es decir, siempre hay un autor material de una infracción sin notificar, o el conductor en ese momento, o en todo caso el titular que además, "debe" colaborar con la jefatura de Tráfico identificando al mismo, salvo "propina" de 300 pavos por no colaborar.

Saludos.
 
bueno pos alla va, como no me habia quedado convencido del todo con eso de pagar solo una me meti a bucear entre las leyes (joder que latazo  ;D ;D ;D) y esto es lo que he visto

asi que vosotros mismos sacar las conclusiones.

Merece la pena destacar como novedad la introducida por en el art 72.3 de la LST, en cuanto que el incumplimiento de identificación del conductor responsable de la presunta infracción, se sancionará como infracción grave en su grado máximo (301€).

Este artículo impone al titular del vehículo la obligación del deber de identificar al conductor del vehículo a requerimiento de la Administración cuando no hubiera sido posible determinar la identidad del conductor en el acto de formularse la denuncia, tipificando como infracción autónoma el incumplimiento sin causa justificada de dicho deber.

El propio Tribunal Constitucional (STC de 21-12-95) ha realizado algunas consideraciones sobre el artículo 72.3 de la LSTC. Este precepto desarrolla la base 8.6 de la Ley 18/1989, de 25 de Julio, de Bases sobre Tráfico y Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial, que establece "un especial deber de diligencia del titular del vehículo que le obligará a conocer y facilitar a la Administración todos los datos necesarios para identificar al conductor, cuando se hubiere producido una infracción, al objeto de poder dirigir contra éste el correspondiente procedimiento sancionador. El incumplimiento de este deber está sancionado como infracción grave".
La citada Sentencia 154/1994 del Tribunal Constitucional, en referencia al citado deber de colaboración llega a afirmar no obstante: "Sin embargo, el artículo 72.3 de la LSTV no conmina al titular del vehículo a declarar sobre la supuesta infracción de tráfico, sino simplemente, a comunicar a la Administración el nombre del vehículo (...).".

Sabemos, como hemos dicho, que notificada la denuncia al propietario, en caso de que hayan existido las causas legales antes citadas para su posterior notificación, en caso de que el propietario no sea el autor de la infracción, debe legalmente (STC de 21-1295, nº 197/1995, BOE 04-01-1996), identificar a la persona que el día de los hechos conducía el vehículo denunciado. Como indica esta importante sentencia que la carga del titular del vehículo de participar a la Administración quien lo conducía al tiempo de producirse la supuesta infracción de tráfico y cuando no hubiera sido posible su identificación en el acto de formularse la denuncia no se presenta como excesiva o desproporcionada
Tampoco debemos olvidar que la reforma ha introducido otro grado más de responsabilidad al titular; en caso de no poderse notificar al identificado por causas imputables a dicho titular, éste también será responsable de la infracción por no identificar al conductor. No alcanzo a pensar cual es la situación que se pretende recoger con esta redacción; quizá al facilitar unos datos falsos
 
Y precisamente por lo que expone COYOTE, no te pueden sancionar al mismo tiempo por la infracción y por no identificar al conductor.

Vsssssssss
 
Se trata de dos denuncias diferentes,y verás como el número de expediente es distinto.
Si no identificas,pagas los 300,más los 450 como responsable subsidiario.¡Que la policía no es tonta...!.
Más bien se pasa de lista y más aún con la actual función recaudadora de la misma (y que me perdone más de un miembro honrado de la benemérita que me esté leyendo).
Os cuento mi experiencia:En Agosto,en maniobra de evitación de accidente (el camión de delante iba sobrecargado de ruedas viejas que al llegar a un bache empezaron a botar por encima de la caja sin red,por lo que le adelanté,en línea continua,siendo observado por un motorista de tráfico),comprobado por el agente fui denunciado (anotó en papel borrador y pidió sólo carnet de conducir,sin entregarme boletín de denuncia.En Septiembre llega la denuncia,pidiendo identifique conductor.Paso por la Jefatura Provincial,y no me dejan pagarla,sólo identificar conductor,cosa que hize (afortunadamente mandaron copia de entrada a la semana).La semana pasada llega la denuncia y me dirijo a pagarla...Pero no,me habían denunciado con 300 euros por no identificar al conductor...(¡si lo había hecho en Septiembre!).Voy a la Jefatura,y me dicen que en la provincia donde había sido denunciado aún no habrían abierto el correo de Septiembre,que es habitual,que identifique al conductor,que me la quitarían (la segunda) que es lo que ellos suelen hacer.Y digo yo:¿Como me voy a fiar de ellos,e identificarle fuera de plazo,si lo he hecho en plazo,y me han denunciado...?.
De entrada eres "presunto culpable",aunque ellos se equivoquen,y si no recurres...¡Y quién me paga a mí las dos mañanas de trabajo que llevo perdidas intentando pagar la primera denuncia...(trabajo a 60 kms de la capi)?.
Enfin,¡todo por la pasta!
 
Re: No identificar al conductor 300 €

Bueno napoleón, efectivamente son dos denuncias diferentes, pero hay que tener en cuenta, que la policía ni es tonta, (por supuesto que no lo es, aunque simpre hay alguna excepción), ni se pasa de lista, la policía (que yo sepa) nunca sanciona, es la Jefatura Provincial de Tráfico la que lo hace, la policía sólo pone en conocimiento del órgano sancionador los hechos ocurridos y es así como está establecido.

Tampoco hay mucha coordinación entre las diferentes jefaturas por lo que cuentas, pero si cuando identificaste al conductor la primera vez te dieron justificante de haber realizado esa gestión, no debes de tener ningún problema, siempre podrás justificar que lo hiciste.

Saludos.
 
Gracias Papagayomix entiendo no haya problema en mi segunda denuncia.Lo que pasa es que cuando llueve sobre mojado,es fácil ver enemigos por todos lados,e involucrar erroneamente a unas instituciones en el error de otras.
Soy de los que cuando me equivoco,lo reconozco,y pido perdón.Pero,cuando veo una situación injusta,me quejo.
Hoy en día con la ley en la mano,el supuesto infractor está perdido,pues la decisión del agente denunciante es lo único que tiene valor.Y a veces,se abusa de ello.¡Ojo que la inmensa mayoría de los agentes de tráfico son unos grandes profesionales (y doy fé de ello,pues mi trabajo concurre en muchas ocasiones con ellos).Pero hay casos que no tienen más explicación que la recaudadora.
En mi caso,la denuncia por rebasar en linea continua a un camión cargado de neumáticos viejos que rebasaban unos 30 cts la caja,sin red de protección y que empiezan a moverse en un bache para caer...Que el agente persiga posteriormente al camión,lo alcanze,lo compruebe..y le denuncie también...Creo,personalmente que una persona que trabaja todo el día sobre una moto,debe ser más "sensible" sobre el peligro que suponía,y que motivó el adelantamiento incorrecto.Pero no,lo denunció,y como falta grave.
Así que cuando,por error de descordinación de Jefaturas de Tráfico,te llega otra sanción,porque se presupone tu culpabilidad en no identificar a un conductor...en caliente piensas (erroneamente) en ese mazo recaudador...
Y pido disculpas si alguien se ha sentido ofendido.
 
HOLA BUENAS TARDES, LO QUE TE PIDEN ES Q IDENTIFIQUES AL CONDUCTOR, YA QUE ELLOS NO HAN PODIDO IDENTIFICARLO FISICAMENTE. YO TE PROPONGO QUE SIEMP`RE QUE TE OCURRA DES LOS DATOS DE ALGUIEN EN EEUU O CANADA O BURKINA FASSO SON FACILES DE OBTENER EN INTERNET, TRAFICO NO CONTINUA CON LOS TRAMITES FUERA DE LA UE. HACE AÑOS FUNCIONABA BASTANTE BIEN NO VOLVIAN A MOLESTARTE. ;D ;D ;D
 
Re: No identificar al conductor 300 €

Buieno, napoleón, no veo motivo de disculpas en absoluto, es una opinión tuya muy respetable, pero es que yo lo veo de esta forma.

Entiendo perfectamente tu cabreo, pues cuando la administración se pone cabezona, pues eso, creo que me entiendes perfectamente.

Javmamen, esa estrategia puede funcionar, pero cuidadín, sé de al menos un caso (ya lo comenté en otro post hace tiempo), en que a un fulano que identificó al conductor como una persona extrnjera, consiguieron (no se cómo, por lo visto), identificarle y comprobada la trama, le procesaron por falsedad documental. No se cómo terminó el tema, pero ya sabes el refrán "jucios tengas, aunque los ganes".

Saludos.
 
Un saludo Papagayomix,y gracias por tus sensatos consejos.Ir "de listo" supone "pasarse" muchas veces,y la administración también merece un respeto.
Identificar a un anónimo como culpable es una falta irresponsable y grave.Bastante tiene el que por conveniencia (sobre todo el conductor "profesional"),apoyándose en este resquicio legal inculpe a un amigo o familiar de acuerdo con este,sobretodo cuando pueda haber una retirada de carnet...
 
javmamen dijo:
YO TE PROPONGO QUE SIEMP`RE QUE TE OCURRA DES LOS DATOS DE ALGUIEN EN EEUU O CANADA O BURKINA FASSO SON FACILES DE OBTENER EN INTERNET, TRAFICO NO CONTINUA CON LOS TRAMITES FUERA DE LA UE.   HACE AÑOS FUNCIONABA BASTANTE BIEN NO VOLVIAN A MOLESTARTE. ;D ;D ;D


pues amigo mio en la acutalidad eso no vale pues si no das unos datos correctos y fiables donde puedan notificarle al infractor te sancionan por no identificar correctamente al conductor si haces eso ahora te sancionan con 300 eurillos.

P.D. una cosa amigo javmamen, siempre que puedas escribe en minusculas pues en un foro de internet hacerlo en mayusculas significa que estas enfadado y gritandole al personal ( este no era tu caso me suppongo  ;) ;) sino que lo has hecho por error ) venga un saludo
 
hola a todos... éste es un tema que me interesa ya que siento que se trata de un abuso.
No me quejo de las normas de tráfico... si no del modo que ultimamente las están aplicando concretamente en este tema. Hasta no hace mucho, la obligacion era detener e identificar al conductor, cosa de lo más lógica y sensata, pero es que ahora estamos ante un abuso (yo lo creo) en toda regla de unos derechos mínimos. De leyes no tengo conocimientos, y a ver si los expertos, que sé que los hay, aclaran un poco más el tema.

Como siempre lo más fácil es plantear casos hipotéticos, y allá voy...

1) dos amigos se van en moto, se las cambian y uno de ellos es "flasheado". Cuando llega la multa al propietario (que no infractor), identifica al conductor (hasta que punto es obligacion tener unos datos reales del conductor?). A éste le llega entonces la multa... y lo niega.
¿que sucede? quien la paga? El primero, propietario, dice que fue su compañero.... el segundo... dice que él no fue. Tráfico decide quien paga? como inculpa a uno? pagaría en este caso el propietario siendo inocente?

2) Una persona tiene una motocicleta que usan sus hijos, por ej... y esta persona siendo titular y propietario NO TIENE CARNET.
Uno de sus hijos comete una infracción de velocidad... le llega la sanción al propietario.
pero.. le llega una sanción por NO TENER CARNET DE CONDUCIR Y CIRCULAR SIN SEGURO, ADEMÁS DE LA PROPIA MULTA?
entiendo que ES IMPOSIBLE sancionar por EXCESO DE VELOCIDAD a una persona sin carnet, sin sancionarla por NO TENER CARNET Y SEGURO ya que lo segundo es requisito para lo primero.
estoy equivocado?

Y si es así... como trafico envia una sancion a alguien que sabe que NO puede cometerla... o si la comete... estaría infringiendo otras normas, que me imagino que no tendrán en cuenta... Vamos... que trafico se contradeciría.

3) Una persona interesado en la venta de su moto... queda con un individuo que le deja... 2000 euros de señal y se va a probarla... O en vez de eso, le deja el DNI.
Comete una infraccion de velocidad... la multa le llega al propietario el cual QUIERE identificar al infractor, pero NO PUEDE. No puede porque... hay alguna obligacion de memorizar el DNI o el nombre completo... o dirección, o...?
Y si efectivamente recuerda "medio nombre"... era "manolo perez"... que pueden hacer con eso?
No se trata de negarse a identificar... se trata de identificarlo en la medida que uno puede.

Y si en esta situacion nos dejan un DNI falso? O nos dan un nombre falso (si es que lo dan).
Es ilegal dejar la motocicleta a una persona de la que no se conocen sus datos reales?

En tiendo que si es obligatorio saber DATOS REALES, DNI Y DIRECCIÓN REAL de quien lleva un vehículo que no es suyo.... si nos para trafico con un vehículo que no es nuestro (empresa).... deberían de averiguar si la empresa o dueño sabe quien lo está llevando, no? De lo contrarío, tambien sería sancionable (el titular, por no saber los datos del conductor)
Es así? es sancionable?

y como estos, muchas situaciones de lo más factibles que dejarían indefenso a un conductor.

Bueno... no se trata de aplicar la picaresca a estas situaciones, simplemente de ponerse en la situación (la picaresca vendrá a posteriori).

Por eso decia al principio que me parece un abuso el modo de actuar SIN IDENTIFICAR al infractor.

Me parece que con esta actitud EL FIN JUSTIFICA LOS MEDIOS y no debería de ser así.

He leido algunos comentarios de que en UK habían denunciado el sistema de multas-foto sin identificacion, y que habían ganado los conductores... no se si es cierto. Y que esto podría invalidar las sanciones de este tipo en ese pais. (lo lei en otro foro)

que os parecen estos planteamientos a los expertos en leyes? irreales? posibles y el propietario tendrá que asumir una culpa por algo que no ha hecho?

un saludo
 
Karlos BMW dijo:
Y si resulta que dicho día ibais varios vehículos (dicese motos), intercambiando las subsodichas, con lo cual no puedes identificar a ciencia cierta quien conducía tu vehículo el dia de actos?  ???

pues se la come el propietario, con sus patatitas, sus pimientitos y toda demas guarnicion que quieras ponerle
 
marcos dijo:
pues se la come el propietario, con sus patatitas, sus pimientitos y toda demas guarnicion que quieras ponerle

efestivamente si señor el propietario se la merienda el solito o sino le toca identificarle :-/
 
buenas...
vuelvo a este tema porque despues de ver lo que voy a comentar NO tengo nada claro como "va esto".

Me refiero a que por lo que he visto, si te sacan una foto de radar Y NO TE DETIENEN para identificarte... NUNCA te sacarán el carnet.

El otro día estaba en una sucursal del RACE, y en ese momento estaban atendiendo a un cliente (hacen gestiones de multas), por una foto de radar que le llegó. Realmente lo que tenía el asegurado era UNA INSTANCIA PARA IDENTIFICAR AL CONDUCTOR del vehículo en ese momento, no era la sanción.
La multa eran 300 euros y retirada de carnet.

Bueno, el caso es que vi como le comentaban "que si NO HACIA NADA, es decir, no identificaba al conductor, LE SANCIONARÍAN CON 300 EUROS y ahí se acababa el asunto...
si recurría -alegando lo que fuese- y perdía, tendría que pagar 300 y la retirada de carnet".
con lo que LE ACONSEJARON, QUE ES LO QUE HACE "TODO EL MUNDO", PAGAR LOS 300 EUROS CUANDO LE LLEGUE la sanción por NO identificar al conductor, y ahí se acababa todo. NO le sacarían el carnet.

Luego de ver esto, hablé un momento de tema con estas personas del RACE, ya que yo dudaba mucho, y pensaba que si no lo identificabas, pagabas la multa por no identificar, y además, luego, te vendría la otra (y la retirada)... pero me aseguraron que no... si no identificas al conductor, pagas 300 euros y se archiva todo (multa y retirada de haberla).


Entonces... por lo que veo... a nadie le sacan el carnet con el nuevo sistema de FOTOREVELADO DIGITAL EN CASA :D... ya que si no te paran, siempre puedes pasar de identificar al conductor si la multa inclye retirada... y sólo pagaras los 300 euros.
Logicamente si la multa son 150 euros... te merece la pena identificar y hacer pronto pago si corresponde.

Alguien puede corroborar o desmentir (lo de desmentir, me sembraría aun más de dudas, ya que esta gente de RACE se dedica a recurrir multas y gestionarlas, con lo que supongo que saben lo que dicen... porque decirle eso a un cliente, y que luego de pagar 300 euros, le venga la multa y la retirada... como que no, no? :-/)

un saludo
 
a mi me interesa alegar pues mi compañia me abona a 30 eurillos al dia hasta un maximo de tres meses con lo cual tengo para la multa y a currar me voy en autobus ;D, pero claro todo depende de las circunstancias claro de cada uno :-/
 
Queridos amigos, por fin me hallo en situación de dar respuesta definitiva al post que yo mismo abrí.
Tras consultar por doquier antes de tomar una decisión acerca de si pagar, identificar, no pagar ni identificar o qué, en la sección de recursos de multas de mi seguro (FIATC) me dijeron que si no identificaba al conductor de la moto el día de la infracción, el expediente de esa infracción derivaba en otro expediente por no identificar al conductor quedando archivado el primero.
Pues así ha sido. He pagado los 300 € por no identificar al conductor que cometió la infracción (que por pronto pago se queda en 210 €) y en tráfico mismo me dijeron que el primer expediente sancionador quedaba archivado.
Si por cualquier truco, trampa, lío o lo que se quiera hacer, no se localiza al infractor, el final es el mismo. El propietario del vehículo pagará por no identificar al conductor en el momento de la infracción.
Así que cada uno valore en su caso si compensa pagar la infracción cometida, o por el contrario sale mejor no identificar al conductor.

Gracias a todos por la ayuda, yo espero haber aclarado algo la situación a todos.

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