NUEVO IMPUESTO YA EFECTIVO

Fidias dijo:
Efectivamente, yo tambien he hecho la misma consulta, ...es correcto el nuevo impuesto/reforma ha entrado hoy en vigor y me confirman que NO tendrá caracter retroactivo...

Pues no sé que decirte, en el BOE (pág. 30, disposición final duodécima dice: "La presente Ley entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado», siendo de aplicación a los períodos impositivos que se inicien a partir del 1 de enero de 2009.". A continuación aparecen algunas excepciones, pero no habla nada de la disposición final octava, que es donde se modifican las dichosas categorías para el pago de impuestos. Yo me atrevería a decir, que sí, que nos tiene que devolver la diferencia a todos aquellos que hayamos comprado nuestras motos durante el año 2.009

Me imagino que ahora va a pasar como cuando salió lo del plan MotoE, que van a pasar días (o semanas) hasta que la AEAT (Hacienda) establezca el procedimiento.

Si la consulta la habéis hecho en los concesionarios, la respuesta por defecto suele ser que no, para no comprometerse en nada mientras el tema no esté claro; a mí me costo bastante conseguir el descuento del plan MotoE cuando compre la F800R.

Además, no creo que sean los concesionarios o las marcas quienes lo devuelvan sino que imagino que habrá que solicitarlo directamente en Hacienda.

Por cierto, que en la Comunidad de Madrid, habrá que ver que pasa con la parte que devolvía la Comunidad... :-/
 
Una duda pues:

Un presupuesto aceptado con la señal dada el jueves pasado, sin que me hablaran nada de cambios de impuestos ni nada, lo que yo le tendría que pagar en euros contantes y sonantes al concesionario, ¿sería el precio acordado o me dirían que ha habido cambios, pero el precio que se pactó hay que respetarlo?
¿cómo harían para descontarlo? ¿o no lo descontarían?

Es decir, la moto entraría en el mes que querían matricularla, pero se pagaría menos por ello.

Gracias!!
 
DanDefensor dijo:
[quote author=Fidias link=1256310428/45#49 date=1256677829]Efectivamente, yo tambien he hecho la misma consulta, ...es correcto el nuevo impuesto/reforma ha entrado hoy en vigor y me confirman que NO tendrá caracter retroactivo...

Pues no sé que decirte, en el BOE (pág. 30, disposición final duodécima dice: "La presente Ley entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado», siendo de aplicación a los períodos impositivos que se inicien a partir del 1 de enero de 2009.". A continuación aparecen algunas excepciones, pero no habla nada de la disposición final octava, que es donde se modifican las dichosas categorías para el pago de impuestos. Yo me atrevería a decir, que sí, que nos tiene que devolver la diferencia a todos aquellos que hayamos comprado nuestras motos durante el año 2.009
...//...[/quote]

Yo entiendo lo mismo: sí toca devolución. ¿Cómo? NI idea...

;)
 
Jogosan dijo:
Una duda pues:

Un presupuesto aceptado con la señal dada el jueves pasado, sin que me hablaran nada de cambios de impuestos ni nada, lo que yo le tendría que pagar en euros contantes y sonantes al concesionario, ¿sería el precio acordado o me dirían que ha habido cambios, pero el precio que se pactó hay que respetarlo?
¿cómo harían para descontarlo? ¿o no lo descontarían?

Pues lo suyo es que cuando te llegue la moto y tengas que entregar el resto del dinero, te descuenten lo que ha bajado el impuesto. Si te quieren cobrar el presupuesto inicial (y es con el impuesto antiguo, que si es del jueves lo más seguro es que el precio sea con la bajada), pues les mandas por donde amargan los pepinos (dicese hoja de reclamaciones y tal), pero no creo que pase eso, lo suyo es que te digan que la moto te sale por x menos a cuenta del impuesto.

Saludos. manoStrom
 
Claro, eso sería lo suyo, pero lo que me siembra la duda es la prisa inminente de matricular que me exigían para mantener el precio...

... la típica frase de "el precio este se te mantiene si me haces hoy la transferencia"...

En vez de decir: yo te hago el mejor precio, e incluso, si te esperas unos días, te beneficias de unos mil € de bajada del impuesto. ... llámame utópico...

Saludos!
 
Jogosan dijo:
Claro, eso sería lo suyo, pero lo que me siembra la duda es la prisa inminente de matricular que me exigían para mantener el precio...

... la típica frase de "el precio este se te mantiene si me haces hoy la transferencia"...

En vez de decir: yo te hago el mejor precio, e incluso, si te esperas unos días, te beneficias de unos mil € de bajada del impuesto.  ... llámame utópico...

Saludos!

El impuyesto se paga a la hora de matricular la moto. Si te la matriculan despues del 27 de este mes pagarás el 4.75% de Impuestos.

EYo me compré una RT y la pagué el Jueves pasado, como aún no la han matriculado, tewndrán quqe devolver la diferencia y eso dichop por el comercial que me la vendió.
 
quentin dijo:
[quote author=DanDefensor link=1256310428/45#50 date=1256719585][quote author=Fidias link=1256310428/45#49 date=1256677829]Efectivamente, yo tambien he hecho la misma consulta, ...es correcto el nuevo impuesto/reforma ha entrado hoy en vigor y me confirman que NO tendrá caracter retroactivo...

Pues no sé que decirte, en el BOE (pág. 30, disposición final duodécima dice: "La presente Ley entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado», siendo de aplicación a los períodos impositivos que se inicien a partir del 1 de enero de 2009.". A continuación aparecen algunas excepciones, pero no habla nada de la disposición final octava, que es donde se modifican las dichosas categorías para el pago de impuestos. Yo me atrevería a decir, que sí, que nos tiene que devolver la diferencia a todos aquellos que hayamos comprado nuestras motos durante el año 2.009
...//...[/quote]

Yo entiendo lo mismo: sí toca devolución. ¿Cómo? NI idea...

;)
[/quote]

:-[Me han denegado la devolución del 10% de diferencia del impuesto que pagué con el que hoy está vigente.

"Lo establecido en el art 68 y 70.3 de la Ley 38/1992, el impuesto especial sobre determinados medios d transporte se devenga en el momento en que e sujeto pasivo presenta la solicitud de la primera matriculación definitiva, al tipo impositivo vigente en ese momento (es un impuesto que se liquida una vez, al matricular el vehículo, careciendo de periodo impositivo para su cálculo), por lo que la autoliquidación preentada, aplicó el tipo correcto, sin que proceda la rectificación solicitada"

Pero sigo entendindo que la Ley entra en vigor desde su publicación en el BOE pero referente al ejercicio económico presente.

Voy a recurrir, y si siguen en sus treces iré al TRIBUNAL ECO-ADM REGIONAL ANDALUCÍA.

Vsssssssssssss
 
hunico dijo:
:-[Me han denegado la devolución del 10% de diferencia del impuesto que pagué con el que hoy está vigente.

"Lo establecido en el art 68 y 70.3 de la Ley 38/1992, el impuesto especial sobre determinados medios d transporte se devenga en el momento en que e sujeto pasivo presenta la solicitud de la primera matriculación definitiva, al tipo impositivo vigente en ese momento (es un impuesto que se liquida una vez, al matricular el vehículo, careciendo de periodo impositivo para su cálculo), por lo que la autoliquidación preentada, aplicó el tipo correcto, sin que proceda la rectificación solicitada"

Pero sigo entendindo que la Ley entra en vigor desde su publicación en el BOE pero referente al ejercicio económico presente.

Voy a recurrir, y si siguen en sus treces iré al TRIBUNAL ECO-ADM REGIONAL ANDALUCÍA.

Vsssssssssssss

Mantennos informados: supongo que a todos los que lo hemos pedido nos lo denegarán, pero yo tambien pienso recurrir.

No hay derecho a que sean tan chapuzas e incoherentes
 
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