Hola a todos!!
he estado buscando en internet, viendo los reglamentos europeos de vehículos a motor, la Ley del Comercio Minorista, alguna directiva, muchos foros, buscado por aquí... y no encuentro respuesta a la pregunta. A ver si tengo suerte...
Parece ser que por Ley, el fabricante está obligado a disponer de piezas de repuesto durante diez años. Pero, si eso es verdad, ¿me podéis decir exactamente artículo y norma que recoge la obligación? Ya disculparéis por la precisión de la pregunta, pero es que he leído en muchos sitios lo de los diez años, pero la referencia legislativa no la veo.
Vssssssssssssssssssssssssssssssssssss y gracias.
P
he estado buscando en internet, viendo los reglamentos europeos de vehículos a motor, la Ley del Comercio Minorista, alguna directiva, muchos foros, buscado por aquí... y no encuentro respuesta a la pregunta. A ver si tengo suerte...
Parece ser que por Ley, el fabricante está obligado a disponer de piezas de repuesto durante diez años. Pero, si eso es verdad, ¿me podéis decir exactamente artículo y norma que recoge la obligación? Ya disculparéis por la precisión de la pregunta, pero es que he leído en muchos sitios lo de los diez años, pero la referencia legislativa no la veo.
Vssssssssssssssssssssssssssssssssssss y gracias.
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