Obligación de disponer de piezas de recambio durante diez años

babuino

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Hola a todos!!
he estado buscando en internet, viendo los reglamentos europeos de vehículos a motor, la Ley del Comercio Minorista, alguna directiva, muchos foros, buscado por aquí... y no encuentro respuesta a la pregunta. A ver si tengo suerte...
Parece ser que por Ley, el fabricante está obligado a disponer de piezas de repuesto durante diez años. Pero, si eso es verdad, ¿me podéis decir exactamente artículo y norma que recoge la obligación? Ya disculparéis por la precisión de la pregunta, pero es que he leído en muchos sitios lo de los diez años, pero la referencia legislativa no la veo.
Vssssssssssssssssssssssssssssssssssss y gracias.
P
 
Son 5 años.
De todas formas, todo esto me hace mucha gracia. He comprado productos con 5 años de garantía... y la empresa que los hacía quebró a los 3...
 
En BMW no hay problema, necesito un balancin, o martillo para la valvula de admisión de mi R80GS, del 89, y me dicen que no hay en canarias, madrid ni alemania, pero que no me preocupe, me la fabrican  :D, osea que tarda un poco, pero me la traen.


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Este si que es bueno. No se si pasaria con otra marca de motos :(.
 
Yo tenía entendido que la obligación era mantener piezas y recambios durante al menos 5 años apartir del cese de la producción del vehículo que sea.

Pero del real decreto o ley, ni ídea.

Ráfagas.
 
de kawasaki no puedo decir lo mismo, me tiraron de la moto y cuando voi a kawasaki a pedir el carenado y el colin me dicen que ya no lo fabrican y es una moto del 92, en cambio bmw de motos del 70-80 te lo traen en 1 semana.
 
Pues veo que mantienen cosas que sí son meritorias de distinción.
 
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