OJO-Multa por uso indebido de Chaleco Reflectante

B l a c k s u

Curveando
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;) Hola a Todos,

Me acaba de llegar un e-mail con el texto que os adjunto.
No se si es cierto, pero por lo menos sirve como medida de atención.
Si hay alguien del Cuerpo que lo lea que nos diga si una actuación así tiene sentido.
Sabremos a que atenernos.

Un saludo.

E-mail 27.07.04
"No se si es verdad pero lo reenvío.......

CUIDADO CUANDO OS PARE LA GUARDIA CIVIL.
Parecía que yo pensaba mal, y que la benemérita no iba a realizar semejante "acción" para recaudar, pero ayer recibí el correo de un amigo, al que pararon en la N-II a la altura del polígono de las Mercedes y ocurrió lo que os cuenta.
Ayer, a las 19:00 volvía de mi trabajo desde Tres  Cantos por la A10,rodeando el aeropuerto, camino de Alcalá de Henares. Al desviarme hacia la NII y entrar en la vía de servicio de Coslada, había un control de la guardia civil. Preventivo, según me dijeron al pararme y solicitarme la documentación del vehículo, el seguro, el impuesto de circulación (numerito), y por último el tan traído y llevado chaleco de alta visibilidad, que llevo en la parte trasera de mi asiento (en una bolsa que hay en el respaldo). Parecía que todo era normal.
El guardia, entonces me solicitó los triángulos de aviso (por supuesto homologados) y el juego de luces de repuesto. Les dije que los tenía en el maletero, a lo que el guardia me invitó a que se los mostrase, y procedí a quitarme el cinturón y bajar de mi vehículo para abrir el
portón y mostrarselos.
Todo estaba o parecía estar correcto, hasta que el guardia me dijo que debía sancionarme por haberme bajado del vehículo sin portar el chaleco de alta visibilidad.
Me quejé porque donde me pararon parecía una feria con las luces de su vehículo Mondeo (de la guardia civil...) pero no surtió efecto y me entregaron una
receta por valor 90 EUR.
Cuidado, cuando os paren, y si os invitan a bajar del vehículo, pedid autorización para bajaros del vehículo sin el chaleco o bien poneroslo... sobre todo si es en autovía, autopista, carretera nacional o donde sea. Siempre que estéis en el arcén de la vía, hay que ponerselo, según le dijeron.
Ya sabeis... al lorito con la Benemérita..."
 
Re: OJO-Multa por uso indebido de Chaleco Reflecta

Joer!! Si que está la cosa dura!!

Una buena opción es llevarlo puesto en el asiento, es decir en el respaldo, lo tendrás siempre a mano.

De todas formas, de la lata paso un poco, vivan las motos!!
 
Re: OJO-Multa por uso indebido de Chaleco Reflecta

:o....... Alguien sabe si es asi el tema? Tenemos que ponerlo?

Tema muy interesante......
 
Re: OJO-Multa por uso indebido de Chaleco Reflecta

Pues que quieres que te diga......si es verdad es una putada por parte del agente, que busca cualquier excusa para multarlo. No me parece nada profesional por su parte.
Afortunadamente, no todos son así.Es mi opinión.

Todo esto suponiendo que sea verdad, claro.
Habría que ver si ellos tambien lo llevaban, o si estaban aparcados con el mondeo correctamente, etc.

Saludosssssssss
 
Re: OJO-Multa por uso indebido de Chaleco Reflecta

Bueno la verdad es que es una mala forma de actuar por parte de la DGT , pero si es obligatorio bajar del coche con el chaleco puesto hay se coje el agente , bueno es saberlo para que no nos pille desprevenidos a ninguno , menos mal que en la MOTO nos dejan en paz de momento ...
De todas formas muy mal por la actuación mas que recaudadora de la DGT >:( >:( >:( y luego aun se quejan de que la gente los mire mal Vsss
 
Re: OJO-Multa por uso indebido de Chaleco Reflecta

No se si será verdad, pero ojo que "es cierto que por eso te pueden multar" .

Yo conozco un caso "Similar" en un control, despues de bajar del coche, el agente "invita" a mover el coche de sitio un par de metros, y no se puso el cinturón, y se pusieron una multa.
 
Re: OJO-Multa por uso indebido de Chaleco Reflecta

no es ahora cuando hay paga doble ???? ;) ;) ;)
 
Re: OJO-Multa por uso indebido de Chaleco Reflecta

El agente de la Guardia Civil de Tráfico (que no de la DGT) tiene la ley de su parte para poner esta multa por bajarse del coche sin el obligatorio chaleco, pero teniendo en cuenta que la norma es nueva, que el está delante y que es quien pide al conductor que se baje del coche para enseñarle los triángulos, pues el agente tiene muy mala leche y muy poco claro cual debería ser su trabajo.

Que menos que decirle al conductor que tiene la obligación de ponerse el chaleco antes de bajarse.

Vamos que para mi entender ha actuado con muy mala leche y creo que no se deberían hacer así las cosas.

(Si me pudieraís leer la mente este sería el mensaje, "que cabrón el picoleto") ???

Hay cosas que se deberían hacer de otra manera...

Y que conste que tengo en gran estima a la Guardia Civil como cuerpo y a muchos agentes como colegas y que trabajo en muy estrecho contacto con las fuerzas y cuerpos de seguridad del estado pero hay cosas que no se pueden defender de ninguna manera y este tipo de actuaciones entran en lo indefendible. :P

Si es que esto ha pasado realmente, claro. ;)

Un saludo!

Juan Pedro
 
Re: OJO-Multa por uso indebido de Chaleco Reflecta

No se si es cierto todo esto o no , pero yo digo la Guardia Civil , o sea el cuerpo que sea , que esta para putear y recaudar o para informar , ayudar y demas , el agente lo que en mi modesta opinion tendria que hacer seria de informar la obligacion de ponerse dicho chaleco para su seguridad y no esperar a ver si pica para poder sancionarlo, ( cuando ademas es una ley de reciente implantacion).
 
Re: OJO-Multa por uso indebido de Chaleco Reflecta

A mí me suena "raro" todo eso. ¿Desde cuándo es obligatorio llevar el recibo del impuesto municipal? Es más, hasta bien transcurrido el año, ni siquiera existe el papelito de marras; ejemplo: en mi caso, como lo tengo incluído en el llamado "Relación de recibos según Padrón con Pago a la Carta", tengo dispuesto efectuar un pago único al ayuntamiento por todos los gravámenes municipales el día 31 de Julio y hasta ese día, pos está pendiente...
 
Re: OJO-Multa por uso indebido de Chaleco Reflecta

Compañero Blacksu,como todos somos libres de opinar (acertadamente o nó) en base a un relato de unos hechos ocurridos entre "dos partes"....pues Yó opino que como no estaba allí y que solo sé la "historia" de una parte y nó la otra,por lo tanto mi opinión me la guardo para mí y para nada voy a cuestionar o poner en tela de juicio la labor de la Guardia Civil y entrar en la dinamica de prejuzjar al Guardia por el simple hecho de serlo...y como siempre y a continuacion vienen las frases como: Es que hay mucho HP y mucho borde...claro no son todos ...pero es que........

Para nada dice en ningun sitio que debemos de llevar el preceptivo chaleco en Los cojones.....la obligación es de llevarlo en el vehiculo y lo habitual es llevarlo en el maletero al igual que los triangulos y para acceder a los mismos habrá que salir del vehiculo y abrir el maletero al igual que lo hacemos para acceder a la rueda de repuesto.


SALUDOS
 
Re: OJO-Multa por uso indebido de Chaleco Reflecta

Eso parece de película americana cuando el poli de turno le rompe el piloto con su porra al coche y le denuncia por llevarlo roto...
Me cuesta trabajo creerlo pero... :-[
 
Re: OJO-Multa por uso indebido de Chaleco Reflecta

Vamos a verrrrrrrrr.....el enunciado del post dice:Multa por uso indebido del chaleco reflectante.

Lo narrado por tu amigo dice: que el guardia le dijo que lo tenia que sancionar por bajar del vehiculo sin el preceptivo chaleco.

NO ES LO MISMO

También me estraña que la GC solicite el recibo del impuesto municipal de circulación????????

SALUDOS
 
Re: OJO-Multa por uso indebido de Chaleco Reflecta

Podenco dijo:
Yó opino que como no estaba allí y que solo sé la "historia" de una parte y nó la otra,por lo tanto mi opinión me la guardo para mí y para nada voy a cuestionar o poner en tela de juicio la labor de la Guardia Civil...

Para nada dice en ningun sitio que debemos de llevar el preceptivo chaleco en  Los cojones...

SALUDOS

Pues yo opino sobre lo que he leído, no creo que haga falta estar en un lugar para emitir una opinión, no voy a condenar a nadie a galeras ni nada parecido asi que tampoco son necesario pruebas feacientes o presunciones de inocencia. ¿no? estamos comentando algo sin mas... ;)

En cuanto a lo del chaleco, la norma dice con claridad que el chaleco tiene que estar en el interior del habitaculo del vehiculo para que el conductor se pueda bajar del mismo con el chaleco ya puesto, que por otra parte es lo lógico.

Y repito que no se si lo que cuenta el mensaje inicial es veraz o no, pero emito una opinión sobre lo escrito, aunque me extraña esa accitud tan "rata" de un miembro de la "mereterica". ;)

Un saludo!

Juan Pedro
 
Re: OJO-Multa por uso indebido de Chaleco Reflecta

Me parece, que de ser así, es perfectamente recurrible. Un agente no puede sancionar una falta que haya provocado el premeditadamente.
Un ejemplo : un agente, del cuerpo que sea, va a comprar droga, y a continuación detiene al "camello", el juez lo soltará inmediatamente al considerar que hubo inducción al delito por parte del agente.
Es mi opinión, pero expertos hay en el foro que nos saquen de dudas.
 
Re: OJO-Multa por uso indebido de Chaleco Reflecta

entiendo que si te bajas del vehiculo el codigo de circulación te obliga aponerte SIEMPRE el chaleco...
pero me parece que el "agente" en vez de multar podía haber señalado la infracción e intimidar un poquito ...pero extender la receta directamewnte...
me pare un poco de mala leche por su parte...
por cierto ..¿ y si te hacen parar ..... no habría que poner los triangulos respectivos a una distamncia de 100m del vehiculo...?
MAS DUDAS:
¿ en la moto hay que llevar chaleco?? hasta hoy yo no lo llevo ( no tengo sitio)..
¿ y si te paras a miccionar en la cuneta ...??
( obviamente en una situacion de mucha urgencia claro..) hay que ponerse el chaleco para qiue se te vea bien...???
 
Re: OJO-Multa por uso indebido de Chaleco Reflecta

Hola.
Yo creo que de ser cierto que se ha puesto una multa por este hecho, falta información. Las cosas no pueden ser tan surrealistas. Por otro lado, si te paran donde se puede crear un peligro......pues como que no. Si como se dice es un control, éstos han de hacerse donde tienen que hacerse y no donde se origina un peligro que excede al "mal" que pretenden combatir, esto es, la inseguridad.
Reitero, en mi opinión de ser cierto, falta información o esta es sesgada.
Un saludo.
 
Re: OJO-Multa por uso indebido de Chaleco Reflecta

Esa historia no es muy creible. En primer lugar como ya han dicho por ahi no es obligatorio llevar el recibo del impuesto municipal, eso es cosa de hacienda que ya se encarga solita de hacer q lo pagues de uno u otro modo :-/

En segundo lugar tanto lo del chaleco como lo del cinturon, como ya ha dicho Rodicio
Un agente no puede sancionar una falta que haya provocado el premeditadamente
. Es perfectamente recurrible. Ahora como poder, se te puede poner a medir si los intermitentes dan los parpadeos adecuados en un minuto...por joder q no quede.

Tercer dato, yo no se de cuando será el texto, pero dice ayer 27/07, yo no se como va en el resto de españa, pero aqui en Sevilla el sol no se pone hasta las 21 por lo menos, y la norma indica que el chaleco no es obligatorio de día. Luego si la historia es cierta y el tio es listo el agente tendrá problemillas.......

Insisto en desconfiar de leyendas urbanas ;)
 
Re: OJO-Multa por uso indebido de Chaleco Reflecta

Si esta historia es verdad, el guardia es un autentico.................... SINVERGUENZA :-/
 
Re: OJO-Multa por uso indebido de Chaleco Reflecta

Con todos mis respetos hacia quien haya enviado ese correo electrónico, esto es una LEYENDA URBANA como el Auditorio de Tenerife. :P :P :P :P
Como aquella otra que te mandaban a parar en un lugar determinado y luego te denunciaban por hacerlo donde había una línea amarilla.

El chaleco no se tiene que solicitar en un control.
Sólo en el caso de avería en vias interurbanas se debe hacer uso de él.
Nunca en vías urbanas.
No es denunciable el no llevarlo en el vehículo, es denunciable el no usarlo cuando es obligado.
Todo lo demás KK de la vaKa. :P :P :P :P
 
Re: OJO-Multa por uso indebido de Chaleco Reflecta

Murcielago dijo:
Tercer dato, yo no se de cuando será el texto, pero dice ayer 27/07, yo no se como va en el resto de españa, pero aqui en Sevilla el sol no se pone hasta las 21 por lo menos, y la norma indica que el chaleco no es obligatorio de día. Luego si la historia es cierta y el tio es listo el agente tendrá problemillas.......

Insisto en desconfiar de leyendas urbanas ;)

Bueno pues esta leyenda urbana nos está entreteniendo ;)

Murcielago, cuidadín que el chaleco hay que usarlo de día y de noche.

Transcribo literalmente:

"Los conductores de turismos, autobuses y vehículos destinados a transporte de mercancías, vehículos mixtos, conjuntos de vehículos no agricolas y los conductores y personal auxiliar de los vehículos pilotos de protección y acompañamiento, deberán utilizar un chaleco reflectante de alta visibilidad cuando salgan del vehículo y ocupen la calzada o el arcén de la vías interurbanas."

Un saludo!!

Juan Pedro
 
Re: OJO-Multa por uso indebido de Chaleco Reflecta

Mi cuñado es GC, le he contado esto y además d descojonarse me ha dicho q por salir del coche SIN el chaleco NO MULTAN, una cosa es q sea OBLIGATORIO, otra q sea SANCIONABLE, y d momento esa medida acarrea lo q ellos llaman AMONESTACIÓN, vamos, aviso verbal, nada d "receta".

Además, es obligatorio d noche o en condiciones d visibilidad reducida, a las 12 del mediodía te puedes bajar del coche como te dé la gana.

Por cierto, me dice mi cuñado q esto no es una leyenda urbana púramente, q en función del tipo d vía sería leyenda urbana, interurbana, secundaria, d vía d servicio...

;)

V´sss
 
Re: OJO-Multa por uso indebido de Chaleco Reflecta

No me creo nada.

Todavia no conozco un policia (y conozco muchos), que pidan el impuesto de circulación.

Ni Guardias Civiles que hagan esas barbaridades(y he cinocido muchos).
 
Re: OJO-Multa por uso indebido de Chaleco Reflecta

Textualmente:

"Artículo 118. Cascos y otros elementos de protección.

1. Los conductores y pasajeros de motocicletas o motocicletas con sidecar, de vehículos de tres ruedas y cuadriciclos y de ciclomotores deberán utilizar adecuadamente cascos de protección homologados o certificados según la legislación vigente, cuando circulen tanto en vías urbanas como en interurbanas.

Cuando las motocicletas, los vehículos de tres ruedas o los cuadriciclos y los ciclomotores cuenten con estructuras de autoprotección y estén dotados de cinturones de seguridad y así conste en la correspondiente tarjeta de inspección técnica o en el certificado de características de ciclomotor, sus conductores y viajeros quedarán exentos de utilizar el casco de protección, viniendo obligados a usar el referido cinturón de seguridad cuando circulen tanto en vías urbanas como interurbanas.

Los conductores de bicicletas y, en su caso, los ocupantes estarán obligados a utilizar cascos de protección homologados o certificados según la legislación vigente, cuando circulen en vías interurbanas, salvo en rampas ascendentes prolongadas, o por razones médicas que se acreditarán conforme establece el artículo 119.3, o en condiciones extremas de calor.

Los conductores de bicicletas en competición, y los ciclistas profesionales, ya sea durante los entrenamientos o en competición, se regirán por sus propias normas.

2. La instalación, en cualquier vehículo, de apoya-cabezas u otros elementos de protección estará subordinada a que cumplan las condiciones que se determinen en las normas reguladoras de vehículos.

3. Los conductores de turismos, de autobuses, de automóviles destinados al transporte de mercancías, de vehículos mixtos, de conjuntos de vehículos no agrícolas, así como los conductores y personal auxiliar de los vehículos piloto de protección y acompañamiento deberán utilizar un chaleco reflectante de alta visibilidad, certificado según el Real Decreto 1407/1992, de 20 de noviembre, por el que se regulan las condiciones para la comercialización y libre circulación intracomunitaria de los equipos de protección individual, que figura entre la dotación obligatoria del vehículo, cuando salgan de éste y ocupen la calzada o el arcén de las vías interurbanas. "

Particularmente, creo que es una ley ambigua y con demasiadas interpretaciones. Pero a mi entender, es obligatorio sólo en vías interurbanas, independientemente de la hora (de día o de noche)
 
Re: OJO-Multa por uso indebido de Chaleco Reflecta

La verdad es que en un principio tiene toda la pinta de “leyenda urbana”, pero es bueno quedarse con la moraleja “por si acaso”, no sea que a los señores de la benemérita les de por ahí para sufragar sus pagas extras de vacaciones...

En cualquier caso, creo recordar algo que leí SU USO ES SÓLO EN CASO DE LUMINOSIDAD INSUFICIENTE. Es decir, que si el coche se te avería en la Gran Vía o en las Ramblas, NO ES OBLIGATORIO EL USO DEL CHALECO. ¿Alguno puede confirmar lo presente?

Saludos.
 
Re: OJO-Multa por uso indebido de Chaleco Reflecta

Quiero puntualizar que mi intención no es o ha sido generar polémica contra la GC, pues estoy a su favor.
Aclaré al inicio que es un e-mail que he recibido y que transcribia su texto sin añadir ni quitar nada. No he siquiera opinado.
Supongo y estoy de acuerdo que sea una "leyenda" de las muchas que hay sueltas.
Mi objetivo era reflexionar sobre ello y creo se ha conseguido.
Indicaba también que si alguien del Cuerpo o como en el caso de Ankor, tenían información más contrastada la pusieran y expresaran su opinión.
Todo nos ayuda en nuestro día a día.

Un saludo.
 
Re: OJO-Multa por uso indebido de Chaleco Reflecta

docemonos dijo:
Por cierto, me dice mi cuñado q esto no es una leyenda urbana púramente, q en función del tipo d vía sería leyenda urbana, interurbana, secundaria, d vía d servicio...

;)

V´sss

Je,je, muy bueno....... ;D ;D ;D ;D ;D ;D
 
Re: OJO-Multa por uso indebido de Chaleco Reflecta

Los conductores de turismos, autobuses y vehículos destinados a transporte de mercancías, vehículos mixtos, conjuntos de vehículos no agricolas y los conductores y personal auxiliar de los vehículos pilotos de protección y acompañamiento, deberán utilizar un chaleco reflectante de alta visibilidad cuando salgan del vehículo y ocupen la calzada o el arcén de la vías interurbanas."
...entonces las motocicletas creo que no estan reflejadas en ninguno de estos grupos ....
¿ no necesitamos ponernos el chaleco?
 
Re: OJO-Multa por uso indebido de Chaleco Reflecta

Al parecer no pero yo, si voy a viajar de noche o con lluvia, tengo claro que lo voy a llevar puesto.
¡Hay que dejarse ver! ;)
 
Re: OJO-Multa por uso indebido de Chaleco Reflecta

En CONSULTAS LEGALES hemos tocado este tema de los chalecos hasta la saciedad, y creo que es mayoritaria la opinión con base en la literalidad del texto de la ley, en el sentido de que los conductores de motocicletas no están obligados a llevar el chaleco de alta visibilidad para su utilización cuando paremos la motocicleta por razón de avería, accidente o cualquier otro motivo en vía interurbana, lo que por otro lado resultaría absurdo, porque nunca vamos protegidos por nada, ni cambia nuestra situación de visibilidad cuando vamos montados en ella, de cuando nos bajamos.

No obstante, y con independencia de que el mensaje del inicio pueda ser una leyenda o no (los juristas lo llamamos "caso de laboratorio", aunque pueda ser real), coincido plenamente con RODICIO, en el sentido de la recurrabilidad de la denuncia por tratarse de una infracción "provocada", figura jurídica que encontró su auge en la jurisdicción penal hace aproximadamente unos diez años, se ha discutido, y zanjado la discusión después por el Tribunal Supremo, en el sentido de que no es condenable y por tanto punible la conducta sancionable (típica) cuando ésta ha sido previamente provocada precisamente por quien tiene la obligación de evitarla (la figura nació fundamentalmente con ocasión de los delitos contra la salud pública, y más en concreto el tráfico de drogas, en los que el agente se hacía pasar por traficante -en modalidad de comprador o vendedor- y hacía mediante engaño que por el provocado se llevara a cabo la conducta típica). Como se afirma en el foro: la conducta es típica, pero no antijurídica.

Aparte de lo anterior, no es cierto en absoluto, que la utilización del chaleco de alta visibilidad esté restringido para los casos en que la visibilidad en la vía sea reducida. Porque el legislador no distingue, y es sabido que "donde el legislador no distingue, no lo es dado hacerlo al intérprete".

Más aún: en CONSULTAS LEGALES, se planteó incluso la posibilidad de que fuera sancionable la conducta en la que muchos de los moteros incurren de llevar puesto el chaleco incluso cuando están circulando, y no en los casos expresamente previstos en la norma. Porque el objeto y finalidad del chaleco de alta visibilidad es uno concreto y determinado, que es avisar al resto de los usuarios de la vía de la existencia en la misma de una persona fuera de su vehículo, y que puede suponer un obstáculo para la circulación. Se puede decir que los moteros siempre vamos fuera de nuestro vehículo, y es cierto (excepto en las C1 y similares, a quienes se refiere expresamente la ley al hablar d elas medidas de protección), pero no somos considerados como un obstáculo para la circulación (al menos no por el legislador  ;D ;D ;D ;D que por no considerarnos ni siquiera nos considera: estamos en los confines de su olvido).

Sobre en qué vías se debe utilizar, el texto de la ley no lo especifica de forma concreta, pues se limita a disponer que "cuando salgan de éste y ocupen la calzada o el arcén de las vías interurbanas", de cuya dicción se desprende, al menos en mi opinión que hay que ponérselo:

1º.- Cuando se salga del vehículo (y por tanto sin distinción de la vía en que uno salga del vehículo), y ADEMÁS se ocupe la calzada.

2º.- Cuando se salga del vehículo y, aunque no se ocupe la calzada, se ocupe el arcén en las vías interurbanas.

En fin, y por no aburriros más: es recurrible la denuncia, NO HAY OBLIGACIÓN para los moteros de llevar chaleco en la moto, y los conductores de los demás vehículos deben ponérsolo cuando se vayan a bajar del coche aunque haya óptimas condiciones de visibilidad y ocupen la calzada o el arcen cuando lo hacen en vías interurbanas.

Vssssssssssssssss
 
Re: OJO-Multa por uso indebido de Chaleco Reflecta

Con respecto a este tema hay dos cosas que no me cuadran:

1º.- La Guardia Civil no tiene competencia para revisar el impuesto de circulación de vehiculos, es competencia municipal y desde luego no es impedimento para circular, por lo que puedes negarte a enseñarlo.

2º.- Está sancionado "bajar del vehiculo a la calzada sin chaleco reflectante", no está sancionado el no llevarlo, siempre que no te bajes del coche claro. Pôr tanto, el chaleco debe estar en el coche, no en el maletero. Pueden sancionar por bajarte sin él, pero parece abusiva la multa porque está provocada por la propia guardia civil en este caso.

Es recurrible
 
Re: OJO-Multa por uso indebido de Chaleco Reflecta

Esto es una nueva "leyenda urbana", aqui copio el mensaje posteado en es.charla.moteros el día 22

Me acaba de mandar un mail un amiguete realtando lo siguiente, aunque con
más detalle.

Ayer, 19:00 por la NII a la altura de Coslada.

Control rutinario. Revisión de todos los papeles, el chaleco que lo tenía en
la bolsa del
asiento, etc.

Pico: ¿Los triángulos?
Amigo: En el maletero
Pico: ¿Me los enseña?
Amigo: Se baja. Todo ok.

Al final ¡¡¡¡ !!!!!

Le tengo que sancionar porque se ha bajado del vehículo sin ponerse el
chaleco.

Tocate los c****es !!!!!!!!!!

¿a qué os suena la historia?
 
Re: OJO-Multa por uso indebido de Chaleco Reflecta

Leyenda o no... si nos sucede esta situación alguna vez bastará con preguntar al agente de turno, ante su requerimiento de bajarnos del coche, sobre si podemos hacerlo con su consentimiento sin ponernos el chaleco.

Si dice que no, pues no nos ponemos el chaleco y punto. Cosa que por otro lado tampoco estaría de más aún sin preguntar porque se han visto imágenes de agentes denunciando a conductores de vehículos junto al arcén y llegar otro vehículo a toda pastilla arrollando a tó dios...

Imagina que el seguro te busca las vueltas luego porque no llevabas puesto el chaleco. :P
 
Re: OJO-Multa por uso indebido de Chaleco Reflecta

Estamos ante un típico caso de HOAX. Así tengo entendido que se denomina estos bulos a través de internet.
Saludos.
 
Re: OJO-Multa por uso indebido de Chaleco Reflecta

Donald dijo:
Sobre en qué vías se debe utilizar, el texto de la ley no lo especifica de forma concreta, pues se limita a disponer que "cuando salgan de éste y ocupen la calzada o el arcén de las vías interurbanas", de cuya dicción se desprende, al menos en mi opinión que hay que ponérselo:

1º.- Cuando se salga del vehículo (y por tanto sin distinción de la vía en que uno salga del vehículo), y ADEMÁS se ocupe la calzada.

2º.- Cuando se salga del vehículo y, aunque no se ocupe la calzada, se ocupe el arcén en las vías interurbanas.

En fin, y por no aburriros más: es recurrible la denuncia, NO HAY OBLIGACIÓN para los moteros de llevar chaleco en la moto, y los conductores de los demás vehículos deben ponérsolo cuando se vayan a bajar del coche aunque haya óptimas condiciones de visibilidad y ocupen la calzada o el arcen cuando lo hacen en vías interurbanas.

Vssssssssssssssss

Siento discrepar de tu opinión 8)

El texto "cuando salgan de éste y ocupen la calzada o el arcén de las vías interurbanas" creo que hay que interpretarlo en su conjunto, es decir, como una oración completa: mi interpretación es que hay que ponerse el chaleco sólo en vías interurbanas cuando se esté fuera del vehículo ocupando, indistintamente, o la calzada o el arcén. Para que pudiese interpretarse en la manera que tú lo has hecho, la frase sería bastante diferente, tengo varias opciones pero voy a hacer mención a la más simple; "cuando salgan de éste y ocupen la calzada, o el arcén de las vías interurbanas", ¿a qué cambia bastante?, obviamente, habría formas mucho más claras de indicarlo, pero he querido hacer notar que, la única inclusión de una "coma" hace cambiar la expresión radicalmente.

Estoy de acuerdo contigo en lo mencionado en el punto 2º, pero no con lo indicado en el punto 1º, me explico con un ejemplo "urbano" ;D: aparcas el coche, en línea, en una vía urbana en un aparcamiento situado a la derecha del sentido de la circulación, te bajas por la puerta izquierda y ocupas la calzada hasta que rodeas el coche y llegas a la acera...¿tienes entonces que ponerte el manido chaleco? :o. Es por esto que pienso lo descrito al inicio, que el uso del mismo está circunscrito únicamente a las vías interurbanas, en cualquier condición de visibilidad y siempre que descendamos de un vehículo que no sea una motocicleta.

De todas formas, y en esto creo que estaremos de acuerdo todos, o modifican el texto de la ley o van a conseguir que nos volvamos majaras :P.

Por último, y pa'echar más leña al fuego ;), ¿os habéis dado cuenta que no se hace mención a los acompañantes de, por ejemplo, un vehículo particular? ::)...ejemplo práctico: pinchas un neumático, los cinco ocupantes bajan del coche para poder utilizar el gato y, hala, el conductor vestido de romano y los otros cuatro correteando por el arcén ;D ;D ;D

En fin, espero haber conseguido que nos liemos aún más y, poldió, que enuncien los textos en cristiano, joé!! ;D

Saludossssss
 
Re: OJO-Multa por uso indebido de Chaleco Reflecta

andy dijo:
.....no conozco un policia (y conozco muchos), que pidan el impuesto de circulación......
El impuesto de circulación no me lo han pedido, pero el informe de la úlitma ITV si.

Tras pedirme todo lo pedible en documentación, incluida la tarjeta técnica con la ITV al día, revisar todo lo revisable en la moto, incluida la revisión 1 a 1 de todas las bombillas de repuesto -las llevo a granel y hasta repes en una bolsita, y no en cajita ordenadas ;D- por si me faltaba alguna, y ver que todo estaba en regla en un arrevata de desesperación -me figuro- y antes de dejarme ir inmaculado me pidieron el informe detallado de la ITV, ese folio con muchas cosas para señarlar de la moto y que TAMBIÉN LO LLEVABA Y SIN NINGUNA OBSERVACIÓN.

Tras todo a alguien no se le borró un sonrisa durante unos cuantos km y de seguro que alguien habrá permanecido algo frustrado hasta, al menos, la recepción del próximo "usuario" ;D
 
Re: OJO-Multa por uso indebido de Chaleco Reflecta

En vez de top case supongo que llevarás un archivador... ;) ;D ;D ;D

Un saludo!

Juan Pedro
 
Re: OJO-Multa por uso indebido de Chaleco Reflecta

Donald dijo:
..........Más aún: en CONSULTAS LEGALES, se planteó incluso la posibilidad de que fuera sancionable la conducta en la que muchos de los moteros incurren de llevar puesto el chaleco incluso cuando están circulando, y no en los casos expresamente previstos en la norma. Porque el objeto y finalidad del chaleco de alta visibilidad es uno concreto y determinado, que es avisar al resto de los usuarios de la vía de la existencia en la misma de una persona fuera de su vehículo, y que puede suponer un obstáculo para la circulación..........

He estado buscando en CONSULTAS LEGALES y he visto algún post sobre el tema pero no me ha quedado claro.

Según dices... ¿es sancionable llevar el chaleco cuando circulas con la moto? De ser así, me parece una contradicción (y hablo en condiciones de lluvia o por la noche) pues lo que conseguimos es hacernos ver más y evitar un posible accidente. Y no sé si la GC lo lleva puesto cuando circula...
 
Re: OJO-Multa por uso indebido de Chaleco Reflecta

tempranillo dijo:
Siento discrepar de tu opinión 8)

El texto "cuando salgan de éste y ocupen la calzada o el arcén de las vías interurbanas" creo que hay que interpretarlo en su conjunto, es decir, como una oración completa: mi interpretación es que hay que ponerse el chaleco sólo en vías interurbanas cuando se esté fuera del vehículo ocupando, indistintamente, o la calzada o el arcén. Para que pudiese interpretarse en la manera que tú lo has hecho, la frase sería bastante diferente, tengo varias opciones pero voy a hacer mención a la más simple; "cuando salgan de éste y ocupen la calzada, o el arcén de las vías interurbanas", ¿a qué cambia bastante?, obviamente, habría formas mucho más claras de indicarlo, pero he querido hacer notar que, la única inclusión de una "coma" hace cambiar la expresión radicalmente.

Lo que más me sorprende TEMPRANILLO es que te hayas leido el ladrillo entero ;D ;D ;D ;D . Me parece muy acertada tu apreciación, e incluso se me ocurren algunos argumentos para apoyarla. Es también cierto que una coma (,) puede cambiar totalmente el sentido, pero es igualmente cierto que una cosa es la conjunción copulativa y otra la disyuntiva.

Para mí es claro que se trata de una conjunción disyuntiva, pues no es posible ocupar la calzada y el arcén al mismo tiempo por el conductor del vehículo (no al menos sin caer en el absurdo), y por eso, tratándose de una conjunción disyuntiva, no es necesaria la coma. Máxime cuando por ejemplo en vías urbanas bo hat arcén :D :D



Estoy de acuerdo contigo en lo mencionado en el punto 2º, pero no con lo indicado en el punto 1º, me explico con un ejemplo "urbano" ;D: aparcas el coche, en línea, en una vía urbana en un aparcamiento situado a la derecha del sentido de la circulación, te bajas por la puerta izquierda y ocupas la calzada hasta que rodeas el coche y llegas a la acera...¿tienes entonces que ponerte el manido chaleco? :o. Es por esto que pienso lo descrito al inicio, que el uso del mismo está circunscrito únicamente a las vías interurbanas, en cualquier condición de visibilidad y siempre que descendamos de un vehículo que no sea una motocicleta.

Ciertamente el ejemplo que pones es significativo, pero nada tiene que ver con el objeto y espíritu de la ley. El artículo en cuestión tiene que ser interpretado conforme establece el Código Civil para la intepretación. Y es obvio que en una interpretación sistemática e integradora con el resto de los preceptos del capítulo, se está refiriendo a las medidas de protección y seguridad necesarias para detemrinados casos, excepcionales aunque sean habituales. Si te quedas tirado en el Paseo de la Castellana, y tienes que ocupar la calzada, debes ponerte el chaleco para bajarte, y sin embargo no es vía interurbana. :D

POr otra parte, coincido plenamente contigo TEMPRANILLO en la dificiente calidad de la redacción de muchas de las leyes. El por qué ocurre eso, es un debate largo y muy probablmente tedioso para los muchos de los foreros, aunque por otra parte precioso. Sólo te pongo un ejemplo: en la época de Alonso Martínez no ocurría lo que está ocurriendo ahora, al menos no coin tanta asiduidad. Y los problemas que se daban no eran por deficiente redacción sino por dificultad de encuadrar en su ámbito una determinada situación de hecho.
pastis dijo:
He estado buscando en CONSULTAS LEGALES y he visto algún post sobre el tema pero no me ha quedado claro.

Según dices... ¿es sancionable llevar el chaleco cuando circulas con la moto? De ser así, me parece una contradicción (y hablo en condiciones de lluvia o por la noche) pues lo que conseguimos es hacernos ver más y evitar un posible accidente. Y no sé si la GC lo lleva puesto cuando circula...

PASTIS, el supuesto al que te refieres y que se comentó en CONSULTAS LEGALES, es un caso de "laboratorio". Ni estoy cualificado, ni investido de la facultad de resolver de nforma inatacable los problemas jurídicos que s eplantean en la práctica. Eso es competencia de los jueces, no d elos abogados ;D ;D ;D que nos limitamos a tratar de convencer al Juez de que nuestra opinión e interpretación de la norma es la más ajustada a su espíritu y a la Justicia.

No me parece una contradicción el supuesto que planteas de lluvia o poca visibilidad, por que conforme al criterio que expones, los coches deberían llevar el triángulo pegado a la parte trasera del vehículo cuando la visibilidad sea reducida. Para hacerte ver ya es obligatorio que incluso con buena visibilidad lleves la luz de posición de la moto encendida. ¿que hay medios para hacerte ver más? Cierto, puedes poner en la trasera de la moto, de las maletas, etc, los catadióptricos que quieras, que nadie te lo prohibe, pero no utilizar un sistema que está previsto con otro objeto y fin. Pero reitero que e smi opinión. No co0nozco nadie que haya sido multado por llevar el chaleco puesto en conducción, a pesar de que el título del post induzca a pensar que ha sido así.

Vsssssssssssssss
 
Re: OJO-Multa por uso indebido de Chaleco Reflecta

Muy cierto, Donald, tan acertao como siempre; pero también es cierto que en indumentaria moteril, lo único legislao, y por ende, obligatorio, es lo referente al casco, de manera que se puede conducir una moto vestido de gallina Caponata siempre que se lleve la visera abierta para sacar el pico. Así, bien se puede conducir con un chaleco verde chillón (particularmente, no lo hago) y nadie -repito, NA-DIE- puede decir nada salvo algún comentario sobre gustos en el vestir (o la falta del mismo, según se mire). Naturalmente, y para evitar susceptibilidades, en esta ocasión sería deseable que el mencionao chaleco NO fuera de los homologaos...
 
Re: OJO-Multa por uso indebido de Chaleco Reflecta

carolus dijo:
Muy cierto, Donald, tan acertao como siempre; pero también es cierto que en indumentaria moteril, lo único legislao, y por ende, obligatorio, es lo referente al casco, de manera que se puede conducir una moto vestido de gallina Caponata siempre que se lleve la visera abierta para sacar el pico. Así, bien se puede conducir con un chaleco verde chillón (particularmente, no lo hago) y nadie -repito, NA-DIE- puede decir nada salvo algún comentario sobre gustos en el vestir (o la falta del mismo, según se mire). Naturalmente, y para evitar susceptibilidades, en esta ocasión sería deseable que el mencionao chaleco NO fuera de los homologaos...


Pues yo antes que ponerme un chaleco no homologado me pongo el traje de la gallina Caponata, a saber color de alta visibilidad, plumaje aislante de la intemperie y pico de alto grado de penetración al aire... 8)

Un saludo!

Juan Pedro
 
Re: OJO-Multa por uso indebido de Chaleco Reflecta

Tú sí que sabes... ;)
 
Re: OJO-Multa por uso indebido de Chaleco Reflecta

carolus dijo:
Muy cierto, Donald, tan acertao como siempre; pero también es cierto que en indumentaria moteril, lo único legislao, y por ende, obligatorio, es lo referente al casco, de manera que se puede conducir una moto vestido de gallina Caponata siempre que se lleve la visera abierta para sacar el pico. Así, bien se puede conducir con un chaleco verde chillón (particularmente, no lo hago) y nadie -repito, NA-DIE- puede decir nada salvo algún comentario sobre gustos en el vestir (o la falta del mismo, según se mire). Naturalmente, y para evitar susceptibilidades, en esta ocasión sería deseable que el mencionao chaleco NO fuera de los homologaos...

CAROLUS, es cierto que con respecto a la moto se legisla sobre la ultilización del casco. En cierto modo es como dices: eso es lo único legislao. Pero aún así, no puedes ir vestido como te de la gana: no puedes ir vestido de Guardia Civil, no puedes llevar sirenas colgadas de las orejas, ni puedes ir de Caponata si ello te impide la movilidad :) :) :) :) :)

Vsssssssssssssssss
:)
 
Re: OJO-Multa por uso indebido de Chaleco Reflecta

;D...... Lo mejor casi es que te multen antes de tener que aprender todo el codigo....... ;D

Yo de todas formas agradezco este post y si me pasa algo por el estilo le preguntare.....
 
Re: OJO-Multa por uso indebido de Chaleco Reflecta

yo no me lo creo, por una razon muy sencilla, ningun agente de trafico va a pedir:

el impuesto de circulación (numerito),

eso no es obligatorio llevarlo en el vehiculo ni ningun agente os lo va a pedir, desde hace ya............tantos años ;D, ni me acuerdo cuanto hace que no es obligatorio llevarlo, yo era un crio.

Por otro lado, ¿donde dice que sea obligatorio ponerselo cada vez que te bajes del vehiculo?, que yo sepa dice que hay que ponerselo en caso de averia que nos obligue a bajar del vehiculo en zonas donde pueda peligrar nuestra integridad, pero si por ej. yo paro en la carretera ........(entiendase la que os parezca), que atraviesa una poblacion cualquiera, y me bajo del vehiculo a comprar tabaco (por poner un ej.), al bajarme ¿si no me pongo el chaleco me van a denunciar?, pues eso, que no queramos ser mas papistas que el papa, y no hagais caso de los bulos que sueltan por ahi ;)
 
Re: OJO-Multa por uso indebido de Chaleco Reflecta

Donald dijo:
CAROLUS, es cierto que con respecto a la moto se legisla sobre la ultilización del casco. En cierto modo es como dices: eso es lo único legislao. Pero aún así, no puedes ir vestido como te de la gana: no puedes ir vestido de Guardia Civil, no puedes llevar sirenas colgadas de las orejas, ni puedes ir de Caponata si ello te impide la movilidad  :) :) :) :) :)

Vsssssssssssssssss
:)

Pues buen disgusto me das Donald, ya me estaba ilusionando el tema del traje touring Caponata Stile 8)

Seguro que iba a ser la envida del foro, tumbando hasta rozar los espolones... ;)

En fin.

Un saludo!

Juan Pedro
 
Re: OJO-Multa por uso indebido de Chaleco Reflecta

JAJAJAJAJA, muy oportuna la precisión sobre la vestimenta, Donald, nada que objetar...
 
Re: OJO-Multa por uso indebido de Chaleco Reflecta

Después de leer esta historieta y sin ánimo de ofender a nadie.......


¡¡¡NO ME CREO NADA!!!

¡Ale! hasta luego.

;)
 
Re: OJO-Multa por uso indebido de Chaleco Reflecta

Meca dijo:
Después de leer esta historieta y sin ánimo de ofender a nadie.......


¡¡¡NO ME CREO NADA!!!

¡Ale! hasta luego.

;)

Hombre de poca fe!! :o

Si no te crees esto, tu pareja se escapara con el butanero aunque tengas gas ciudad, tu ordenador se volverá loco y facilitará todas tus claves a tus peores enemigos, tu moto no pasará de 60 ni cuesta abajo... ;) ;D ;D ;D
 
Re: OJO-Multa por uso indebido de Chaleco Reflecta

Yo tampoco me lo creo, la verdad. No creo que esas cosas pasen, y si pasa, habrá un mando a cargo del control, se comenta lo primero con el. En el supuesto remoto de que fuese verdad, que lo dudo, y muchísimo; el control debe estar correctamente señalizado, por lo que no es una "zona de peligro", que tu te bajes a sacar los triángulos de pre-señalización, y mucho menos por imperativo del agente, así que un recurso a la multa, y pidiéndole al agente que te la pone, su correspondiente número de identificación que tiene el deber de darte, para así poder reclamar a mas altas "esferas".
En el tema de la moto, yo llevo siempre el chaleco en la maleta y el juego de lámparas, los triángulos no caben :P, es por seguridad.

Saludos y V´ss
 
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