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Los recursos ya sabemos muchos como funcionan. En muchos casos no te los rechazan aunque se tenga razón y pierdes el descuento. Seguir recurriendo subiendo a estamentos jerárquicamente superiores ya es una molestia enorme, en tiempo, viajes y... que no compensa vaya. Por cierto, trabajo en el gremio y por desgracia sé de lo que me hablo. Depende del cuerpo en el que trabajas para empezar el recurso va al departamento que se encarga de responder o va directo al guardia que rechaza o acepta según le parece el recursos. Tal cuál es.Mal. Recurres y no pagas ni esos 100 euros, porque llevas razón y todas las de ganar.Demuestra con hechos en tu recurso, que tienes suficiente sentido común....y explicas el por qué del beneficio del intercomunicador. El día que todos hagamos lo mismo, verás cómo se replantean el tema. Mientras alguien pague, seguirán poniendo multas. Amén de que habría que saber en cuánto cifras tú los puntos de tu carnet....no sólo son 200 euros de multa.
Es como cuando una falla un penalti y dice que se lo ha parado el portero. Pues lo mismo. La diosa fortuna no existe si no se busca, yo más bien creo que cuando vieron la montaña de papel que adjuntaba al escrito de recurso, pensaron mejor dejarlo para otro día con alguien más inocente. Eso un juez se lo tiene que leer, pero el municipal de Bilbao, te digo yo que no.
El motivo de la multa me parece totalmente injusto... y eso con la "ley" en la mano... enfin... no voy a entrar en temas de "interpretacion" juridica y eso que ya me he cansado de ponerlo por aqui... Eso si, con exactamente los mismos "hechos" podrian haber multado al compañero de manera totalmente justificada... y "legal"...
Ayer iba por Alemania escuchando musica, por supuesto, y con la camara encima del casco que la gente me miraba como diciendo... "qué lleva ése???"... En una rotonda estaba una policia alemana (que estaba bien buena, por cierto...)... y se me quedo mirando fija!!! Me dije, "ya esta!!!"... me va a multar por escuchar musica, por llevar intercomunicador, por ir grabando, por invalidar la homologacion de mi casco al llevar camara, por llevar pantalla ahumada, por llevar el kaoko (que en alemania esta prohibido), por no llegar con las dos plantas de los pies en el suelo (en Alemania esta prohibido), por llevar las antinieblas puestas... y por llevar pegatinas reflectantes negras en las maletas que no estan "autorizadas"!!!!!! En unos càlculos rapidos calculé que eso me iba a costar 18 puntos y unos 3.000 €... tendria que pagar en carne!!!! jajajaaa!!!
Bajé la cabeza en modo de saludo, ella hizo lo mismo, y sali por la primera salida de la rotonda que me indicaba mi gps, que por cierto, también es un "sistema de comunicacion" por el que nos podrian multar segun la interpretacion "taliban" del articulo ése, ya que se usa con las "manos"...
Suerte!
Esto me deja de piedra. La primera vez que lo leo!!! No podemos ir entonces los españoles "normales" a Alemania!!??
aqui en españa tambien , no se exactamente que posición , pero tienes que llegar con los dos pies al suelo
aqui en españa tambien , no se exactamente que posición , pero tienes que llegar con los dos pies al suelo
Creo que eso no viene establecido en ninguna normativa. Sí que debe llegar al suelo con seguridad, pero no hay al respecto un criterio fijo de si eso se consigue con los dos pies completos en el suelo, con las puntillas, con uno completamente y el otro con la puntita... si a criterio del agente, éste considera que un conductor no llega con seguridad la denuncia podría venir por el art. 3.1 del Reglamento, por conducción negligente, opino:
Artículo 3 Conductores
1. Se deberá conducir con la diligencia y precaución necesarias para evitar todo daño, propio o ajeno, cuidando de no poner en peligro, tanto al mismo conductor como a los demás ocupantes del vehículo y al resto de los usuarios de la vía. Queda terminantemente prohibido conducir de modo negligente o temerario (artículo 9.2 del texto articulado).
Saludos.
Os paso un enlace que me ha parecido interesante
Intercomunicadores de moto: Legalidad y funciones - Intercomunicadores de moto: Legalidad y funciones
Quien ha escrito eso no tiene demasiada idea, lo que va a hacer es confundir al personal.
Para empezar no el el Reglamento General de Conductores el que trata el tema sino el de Circulación.
El motivo que para mí justifica la denuncia no es el hecho de que sean altavoces lo que lleve en lugar de cascos/auriculares, sino este párrafo del 11.2: "Se prohíbe la utilización durante la conducción de dispositivos de telefonía móvil y cualquier otro medio o sistema de comunicación, excepto cuando el desarrollo de la comunicación tenga lugar sin emplear las manos ni usar cascos, auriculares o instrumentos similares".
Es lo que hay!
Y eso donde esta "escrito"? Cual es la diferencia entre escuchar a la parienta o escuchar las indicaciones del gps??? No se puede cantar en moto???
Pues a mi me parece muy logico y una persona verdaderamente enterada... de hecho comparto lo que dice... claro, que se vé que es alguien habituado a leer leyes y normas... y a entender el principio de "interpretacion" del derecho... casi nada!!!
Esta discusion ya empieza a ser cansina... y de lo que se trata es de disfrutar en la moto... siempre y cuando cumplamos normas "claras"!!!! y por supuesto sin poner en peligro a los demas... es tan dificil???
Os puedo repetir un monton de causas justas "legales" para multarnos, que por supuesto son absolutamente "injustas" desde un punto de vista de persona "normal" y "motera"... pero por lo que se vé no para otras!!! Enfin... no entiendo la "fijacion" de algunos con los intercomunicadores...
Algunos os sorprendéis con lo de no llegar con los dos pies al suelo... y qué tal con llevar un casco modular levantado? Es ILEGAL... en España no lo sé... en Francia es "susceptible" de 3 puntos y 325 €... legalmente!!! Claro que el poli franchute que te ponga eso pues es similar al que le ha puesto al compañero la multa ésta... En España pueden hacer lo mismo con la "ley" en la mano... En Alemania si no llevas tampoco botas, guantes y pantalones, o sea, equipamiento "motero" también te pueden multar... y es asi!!!
A veces te deja tu novia/mujer, otras tienes un accidente... otras tu jefe es un cabron... y otras la gente que trabaja para ti son unos "inutiles"... y en otras te peleas con el mundo entero... alguien te ha rayado el coche (aun "inconscientemente"), otras te dan un "cosqui", y otras te salta una piedra y te rompe el parabrisas... y mira! hasta se te pincha una rueda!!! Me puedo imaginar que el 99% de los que leen esto se identifican en una u otra cosa...
Siempre me gusto eso de "vive y deja vivir"...
El dia que me multen por llevar intercomunicador, o camara, o lo que sea, aun teniendo toda la razon del mundo y siendo "legal", al "poli" colega de turno lo mismo le doy una "propina" de 50€ p'arriba!!! Que sin duda me saldra "barato"!!! Y lo mismo le hago feliz!!! Pues ya esta!!! Eso si, quiero pensar que la mayor parte de "esos" son personas como nosotros... o sea, normales! Ningun@ ha tenido un "mal" dia con nadie???
Aqui lo dejo...
Suerte!
En España hay muy poca afición a las motos entre la clase política, se ve que como tienen que dedicar tanto tiempo a jod...a todos, no tienen tiempo para salidas moteras. En esto estamos un tanto atrasados con el resto de los países europeos. Deberíamos hacer una campaña para que aclaren las cosas de una vez y haya congruencia, no puede ser que si te pillan en Albacete te multen, recurras y como si nada, y en Zaragoza recurras y el juez diga que los intercomunicadores no son auriculares y que no se multa. No entiendo tampoco como no lo ven como algo que aporta seguridad, sin embargo puedes distraerte poniendo la radio del coche, ya que no hay ninguna norma que diga que buscar la frecuencia en la radio este prohibido. En fin, que vvivimos en un país que se legisla a golpe de pedal y eso a la larga supone una indefensión jurídica enorme para el ciudadano.
Se que hay otro hilo por ahi sobre este tema, pero no lo encuentro, por lo que si los administradores lo consideran, que lo muevan.
Me acaba de pasar hace 10´. Os cuento. Yo vivo en Zaragoza, llevo un casco Schuberth con el intercomunicador Cardo Q3 en un lado y con la plaquita para la GoPro pegada en el otro lado del casco. El caso es que me acaba de parar la policia municipal (los de la moto) y me han pedido la documentación, muy serios, y me han dicho que lo que llevaba en el casco estaba prohibido. Después de un rato "charlando", en muy buen plan, el "jefe" que era motero me comenta que me parar no por la utilización del intercomunicador, que eso ellos lo permiten, de hecho me comentó que el lo lleva en su casco cuando sale con amigos y escucha música y habla por teléfono y sin problemas; me paran porque he modificado el casco, el incorporar elementos que no venian con el casco hace que pierda la homologación, incluso la chapa de la GoPro. Me ponen el ejemplo de Scumacher y su accidente, que el casco de esqui partió por donde llevaba la camara y la chapa le impacto en la cabeza (yo eso no lo sabía). Bueno, al lío, el caso es que me comenta que si quiero llevar intercomunicador, que me ponga el original de Schuberth ya que ese no modifica la homologación del casco (él lleva uno de Schuberth) y que quite el soporte de la cámara. Que nunca me multarán por usar el intercomunicador siempre y cuando no modifique el casco (es como si le pongo un accesorio a la moto y ha de pasar la homologación -véase faros auxiliares-). Así que esa es la explicación. Al final muy majo no me puso multa, y eso que le hizo una foto al casco con el intercomunicador.
Gracias por info!
Creo que es otra forma de interpretación del muy ambiguo artículo que prohíbe los intercomunicadores; afortunadamente, esta vez a tu favor.
Gracias por la información
Ese policía ha debido estar leyendo este foro y se ha contaminado. Discrepo por completo de su interpretación que no es otra cosa que una interpretación subjetiva que no tiene por qué coincidir con el resto de profesionales que se dedican al tema y además me consta que no existen instrucciones de la DGT respecto de lo que te ha dicho.
No voy a repetir argumentos, ya se ha hablado largo y tendido sobre el tema.
Totalmente de acuerdo. En este mismo foro hace unos días un compañero puso escaneada la multa por llevar intercomunicador puesta por la GC. Ellos le alegaron que sólo autoescuelas y FFCC pueden llevarlo.
En ningún sitio se puede leer lo de la modificación estructural del casco, etc, etc....
Se han enrollado contigo y no te han multado, muy bien, pero lo que te ha contado es una milonga como un castillo de grande.
---Me alegro de que siga habiendo gente con sentido común. No sé qué es la chapita de la cámara. Pero lo que es intercomunicador, tuve la desgracia de tener un accidente con él puesto, me golpee precisamente en ese lado y salió el intercomunicador volando sin hacer ni un rasguño en el casco.
V'ssssssssssssssssssssssss![]()