
Hoy me han parado en Barcelona por no llevar la pegatina ITV visible en la moto (es de un amigo que me la ha prestado mientras tengo la mia en dique seco); como ha habido mucha controversia en con el tema ya tocado en otro post anterior, os pongo la normativa y comentarios que he sacado de un foro de policias:
Real Decreto 224/2008, de 15 de febrero, sobre normas generales de instalación y funcionamiento de las estaciones de inspección técnica de vehículos.
Artículo 11. Distintivo de inspección técnica periódica.
1. Los vehículos que hayan superado favorablemente la inspección técnica periódica ostentarán en sitio bien visible un distintivo, en el que se señale la fecha en que deben pasar la próxima inspección, cuyo diseño y formato aparece en el anexo III de este Real Decreto.
2. La colocación del distintivo de inspección es obligatoria para todos aquellos vehículos que están sometidos al régimen de inspección técnica periódica.
ANEXO III.
Características y normas de aplicación del distintivo de inspección.
Las características y normas de aplicación del distintivo de inspección, a que se hace referencia en el artículo 11.1 del Real Decreto, son las siguientes:
El distintivo de inspección tendrá el diseño y dimensiones que se indican para la señal V-19 Distintivo de Inspección Técnica Periódica del Vehículo que se establece en el anexo XI del Reglamento General de Vehículos.
El distintivo de inspección debe estar hecho de tal forma que, durante su periodo de validez, sea capaz de resistir las solicitaciones derivadas del servicio del vehículo y no sea posible su reutilización. Los colores del fondo y los de los caracteres se determinarán de acuerdo con el año civil en que caduque el plazo de validez de la inspección. Dichos colores son para cada año los que se indican para la señal V-19.
El número situado sobre el escudo constitucional indica las dos últimas cifras del año de caducidad de la inspección. Los números romanos de la parte superior, que van del I al XII señalan el mes de caducidad de la inspección. El mes que corresponda será perforado con un taladrador que deja una huella circular de 4 milímetros de diámetro.
En la zona lateral izquierda del distintivo se identificará de forma indeleble, mediante caracteres de imprenta preimpresos o mediante máquina de perforar números de cuenta, el número de la estación ITV donde se realizó la inspección. La altura de los caracteres será de 6,5 milímetros.
En el caso de vehículos que tengan parabrisas, el distintivo se colocará en el ángulo superior derecho del parabrisas por su cara interior. La cara impresa del distintivo será autoadhesiva.
En el resto de los vehículos, el distintivo se colocará en sitio bien visible. La cara sin imprimir del distintivo será autoadhesiva.
DISPOSICIÓN FINAL SEGUNDA. Modificación del anexo XI del Reglamento General de Vehículos, aprobado por Real Decreto 2822/1998, de 23 de diciembre, para la actualización de la señal V-19 "Distintivo de Inspección Técnica Periódica del Vehículo.
El punto 2 del apartado correspondiente a la señal V-19 DISTINTIVO DE INSPECCIÓN TÉCNICA PERIÓDICA DEL VEHÍCULO, del anexo XI del Reglamento General de Vehículos, aprobado por Real Decreto 2822/1998, de 23 de diciembre, queda redactado de la siguiente forma:
En el caso de vehículos que tengan parabrisas, el distintivo se colocará en el ángulo superior derecho del parabrisas por su cara interior. La cara impresa del distintivo será autoadhesiva.
En el resto de los vehículos, el distintivo se colocará en sitio bien visible. La cara sin imprimir del distintivo será autoadhesiva.
Con esto esta todo dicho.
Un saludo






pysoni escribió:
pues hay motos que no se donde las vaoms a poner... de todos modos, para los de trafico, que tipo de sancion es el no llevar puesta la pegatina?? esta recogido en alguna parte?¿??? en uno de mis coches no he puesto la pegatina, ni creo que la vaya a poner, es muy cutre un coche perfecto de todo, limpio y liso, sin pegatinas de ningun tipo y una pegatina de la itv del tamaño de din a4... casi...
Art. 18 1 1B 150 euros y viene recogido en el Anexo XI del RGVeh
V-19 DISTINTIVO DE INSPECCIÓN TÉCNICA PERIÓDICA DEL VEHÍCULO
1. Indica que el vehículo ha superado favorablemente la inspección técnica periódica, así como la fecha en que debe pasar la próxima inspección.
2. Redacción según Real Decreto 224/2008, de 15 de febrero. En el caso de vehículos que tengan parabrisas, el distintivo se colocará en el ángulo superior derecho del parabrisas por su cara interior. La cara impresa del distintivo será autoadhesiva.
En el resto de los vehículos, el distintivo se colocará en sitio bien visible. La cara sin imprimir del distintivo será autoadhesiva.
Si te paro y veo que tienes la pegatina entre los papeles te la hago poner y si no quieres ya sabes lo que hay.
Esta última es una respuesta de un policia a otro.
Por suerte yo llevaba la pegatina debajo del sillin y no me sancionó, además fué muy correcto en el trato.
Saludos