No es verdad. Otra cosa es que el Guardia Civil haya hecho la vista gorda. La pegatina hay que llevarla visible. Copio y pego.
Este distintivo, denominado técnicamente como
V-19, sigue la norma del Real Decreto 2822/1998 de 23 de diciembre por el que se aprobaba el
Reglamento General de Vehículos. Sin embargo, el texto sufrió una modificación en 2008 (
Real Decreto 224/2008 de 15 de febrero) a través de la cual quedaba un poco más clara su obligatoriedad en las motos:
"En el caso de vehículos que tengan parabrisas, el distintivo se colocará en el ángulo superior derecho del parabrisas por su cara interior. La cara impresa del distintivo será autoadhesiva.
En el resto de los vehículos, el distintivo se colocará en sitio bien visible. La cara sin imprimir del distintivo será autoadhesiva."
Así pues, de llevar parabrisas en tu moto, tendrás que colocar en esa posición el
adhesivo. De lo contrario, busca
una zona donde lógicamente sea fácil su visión: Carenado, horquilla, chasis... Aun así, la ley no es muy concreta con la colocación y muchas veces depende de la opinión subjetiva del agente de tráfico. A la hora de solicitar el adhesivo pídelo con la cara sin imprimir autoadhesiva. También puede ser redondeado para facilitar su colocación en superficies curvas.