La obligación de hacer los trámites de la compraventa siempre ha sido del comprador del vehículo, pero dado que había muchos que pasaban de hacerlo tráfico saco esto de la "notificación de venta", que no es más que el comprador da parte de que ha vendido el vehículo a fulanito y eso queda registrado, y es como si el vehículo perdiese el permiso de circulación, en el momento que en un control paran a fulanito con el vehículo le cae la del pulpo por circular con un permiso de circulación no válido y no haber hecho el cambio de titular en su momento.
Pero vamos que en la página de la DGT lo deja claro, la obligación es del que compra, y si este por desgana no lo hace pues el que vende tiene la opción de hacer él la notificación de venta (que no es lo mismo que cambio de titularidad) para quitarse de responsabilidad si pasa algo.
Pero vamos que en la página de la DGT lo deja claro, la obligación es del que compra, y si este por desgana no lo hace pues el que vende tiene la opción de hacer él la notificación de venta (que no es lo mismo que cambio de titularidad) para quitarse de responsabilidad si pasa algo.