PROHIBIDOS LOS INTERCOMUNICADORES II

weeman

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weeman dijo:
[quote author=R.E.I. link=1252058121/0#7 date=1252061398]RDL 339/1990


Artículo 11. Normas generales de conductores.
...
3. Queda prohibido conducir utilizando cascos o auriculares conectados a aparatos receptores o reproductores de sonido, excepto durante la realización de las pruebas de aptitud en circuito abierto para la obtención de permiso de conducción en las condiciones que se determinen reglamentariamente.
Se prohibe la utilización durante la conducción de dispositivos de telefonía móvil y cualquier otro medio o sistema de comunicación, excepto cuando el desarrollo de la comunicación tenga lugar sin emplear las manos ni usar cascos, auriculares o instrumentos similares.
Quedan exentos de dicha prohibición los agentes de la autoridad en el ejercicio de las funciones que tengan encomendadas. (Ley 19/2001)

Pues yo tengo un DAINESE AIRSTREAM bluetooth y en teoria vienen homologados con la pegatina E3 ya que solo traen un auricular, dejando un oido libre para escuchar al autobus que cambia de carril sin previo aviso.
Me gustaria saber si con este sistema tambien estoy fuera de la ley, de hecho la version anterior de mi caso (la 1.2) traia dos auriculares y los retiraron sustituyendolos por los de 1 solo auricular para poder homologarlos, ¿alguien sabe algo d esto?[/quote]

entonces, ¿nadie sabe si un caso homologado y con la pegatina E3 puesta en la pantalla y con su sistema bluetooth para intercomunicarse o escuchar musica o hablar por el movil cumple o no cumple?  :P :P :-/
 
Re: PROHIBIDOS LOS INTERCOMUNICADORES

He aquí la humilde opinión de un agente de la autoridad encargado de la vigilancia del tráfico, con respecto a la situación legal de los intercomunicadores y la conducción:

En primer lugar citar lo que establece la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial al respecto:

Queda prohibido conducir utilizando cascos o auriculares conectados a aparatos receptores o reproductores de sonido, excepto durante la realización de las pruebas de aptitud en circuito abierto para la obtención de permiso de conducción en las condiciones que se determinen reglamentariamente.

Se prohibe la utilización durante la conducción de dispositivos de telefonía móvil y cualquier otro medio o sistema de comunicación, excepto cuando el desarrollo de la comunicación tenga lugar sin emplear las manos ni usar cascos, auriculares o instrumentos similares



A continuación conviene conocer que se entiende por auricular:

Un auricular es un dispositivo para escuchar sonidos. Los auriculares son considerados como un aparato electrónico que se coloca sobre las orejas, o en el oído. Existen diferentes tipos de auriculares en función de sus características:

Auriculares abiertos. La principal característica de los auriculares abiertos, es que, al estar ligeramente separados del oído y dejar pasar parte del sonido externo generan una mayor y natural sensación del campo estéreo y una reproducción de frecuencias más lineal y precisa.

Auriculares cerrados. Los auriculares cerrados permiten el aislamiento auditivo más o menos completo del sujeto que escucha y asimismo, impiden que el sonido reproducido salga al exterior.

Intrauriculares. Los intrauriculares son pequeños audífonos, aproximadamente del tamaño de un botón que se introducen dentro del oído y permiten al oyente una mayor movilidad y confort
.



Conviene reseñar que, si bien en el caso de los intercomunicadores el dispositivo para esuchar sonidos no está colocado sobre las orejas ni en el interior del oído, bien es cierto que su ubicación en el interior del casco se sitúa muy próxima al oído, aunque éste no repose directamente sobre el mismo. No obstante para atajar el posible vacío legal derivado de tal situación el legislador ha optado por la introducción de la coletilla "o instrumentos similares", cortando de raíz la hipotética evasión de responsabilidad basada en la definición literal de auricular.

Una vez conocemos lo establecido en la normativa legal aplicada al efecto, así como la definición del principal elemento generador de la discordia (auricular), podemos llegar a la conclusión de que la utilización durante la conducción de los intercomunicadores no se realiza bajo amparo legal, estando por tanto prohibida, con independencia de si la citada utilización consiste en la reproducción de música, indicaciones procedentes del navegador GPS o de una comunicación entre conductor y pasajero, etc.

Asimismo, considero que el hecho de utilizar uno o dos dispositivos para escuchar sonidos no es determinante al objeto de de acreditar la comisión de la infracción, considerando como conducta infractora el hecho de utilizar un único dispositivo, con indedependencia de que un oído permanezca libre.

Desgranando el contenido de la LTSV, en la parte que nos afecta nos encontramos que la conducta tipificada como infracción consiste en la UTILIZACIÓN, entendiendo la misma como aprovecharse o servirse de algo, aplicado al  caso sería aprovecharse o servirse del objeto para el que ha sido fabricados los auriculares, siendo éste escuchar sonidos. Aquí precisamente es donde pudiera surgir cierta controversia, puesto que tanto la comercialización como la instalación de los citados aparatos es legal.

Por tanto, en caso de utilización de los aparatos comentados durante el ejercicio de la conducción, procede denuncia al art 18.2 que lleva aparejada sanción pecuniaria de 150 € y la detracción de 3 puntos de la autorización adminstrativa necesaria para conducir. En caso de conducir no utilizando el dispositivo, sólo queda apelar a la interpretación y benevolencia por parte del agente en cuestión, puesto que en caso denuncia deberíamos demostrar que no estábamos utilizando el dispositivo, ardua tarea, por no decir que misión cuasi imposible.

Esta pequeña laguna sería fácilmente solucionable con permutar en el texto legal utilización por instalación, en cuanto la descripción de la conducta infractora. ¿Qué sentido tiene permitir la instalación de un dispositivo cuya utilización está prohibida??? Ahhhhhhhhhh perdón, que sólo se prohibe su utilización durante la conducción..... En fin, que los posibles usuarios de estos dispositivos los adquieren para utilizarlos cuando no se encuentran conduciendo. Va a ser que sí........

Personalmente ésta es mi visión acerca de la situación legal de los intercomunicadores.

Saludos!

P.D.: Interpretación de la DGT:

La Ley de Seguridad Vial (art.11.3) prohíbe conducir usando cascos o auriculares conectados a aparatos receptores o reproductores de sonido. Realmente, los sistemas de comunicación integrados en el casco incorporan auriculares o altavoces adosados al interior del casco a la altura de la oreja. Como dicho casco va muy próximo a la misma, al incorporar los auriculares o altavoces se aproximarían aún más, con lo que no existirían diferencias con cascos de sonido. Con esa instalación, en el interior del casco se crea un espacio de ruído-sonido que haría imposible la audición de sonido exterior, por lo que se puede concluir que su uso puede perjudicar la seguridad vial. Como existe similitud con los auriculares o cascos de sonido, se debe considerar que entran dentro de la prohibición citada.
 
Re: PROHIBIDOS LOS INTERCOMUNICADORES

civesnia dijo:
He aquí la humilde opinión de un agente de la autoridad encargado de la vigilancia del tráfico, con respecto a la situación legal de los intercomunicadores y la conducción:

En primer lugar citar lo que establece la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial al respecto:

Queda prohibido conducir utilizando cascos o auriculares conectados a aparatos receptores o reproductores de sonido, excepto durante la realización de las pruebas de aptitud en circuito abierto para la obtención de permiso de conducción en las condiciones que se determinen reglamentariamente.

Se prohibe la utilización durante la conducción de dispositivos de telefonía móvil y cualquier otro medio o sistema de comunicación, excepto cuando el desarrollo de la comunicación tenga lugar sin emplear las manos ni usar cascos, auriculares o instrumentos similares



A continuación conviene conocer que se entiende por auricular:

Un auricular es un dispositivo para escuchar sonidos. Los auriculares son considerados como un aparato electrónico que se coloca sobre las orejas, o en el oído. Existen diferentes tipos de auriculares en función de sus características:

Auriculares abiertos. La principal característica de los auriculares abiertos, es que, al estar ligeramente separados del oído y dejar pasar parte del sonido externo generan una mayor y natural sensación del campo estéreo y una reproducción de frecuencias más lineal y precisa.

Auriculares cerrados. Los auriculares cerrados permiten el aislamiento auditivo más o menos completo del sujeto que escucha y asimismo, impiden que el sonido reproducido salga al exterior.

Intrauriculares. Los intrauriculares son pequeños audífonos, aproximadamente del tamaño de un botón que se introducen dentro del oído y permiten al oyente una mayor movilidad y confort
.



Conviene reseñar que, si bien en el caso de los intercomunicadores el dispositivo para esuchar sonidos no está colocado sobre las orejas ni en el interior del oído, bien es cierto que su ubicación en el interior del casco se sitúa muy próxima al oído, aunque éste no repose directamente sobre el mismo. No obstante para atajar el posible vacío legal derivado de tal situación el legislador ha optado por la introducción de la coletilla "o instrumentos similares", cortando de raíz la hipotética evasión de responsabilidad basada en la definición literal de auricular.

Una vez conocemos lo establecido en la normativa legal aplicada al efecto, así como la definición del principal elemento generador de la discordia (auricular), podemos llegar a la conclusión de que la utilización durante la conducción de los intercomunicadores no se realiza bajo amparo legal, estando por tanto prohibida, con independencia de si la citada utilización consiste en la reproducción de música, indicaciones procedentes del navegador GPS o de una comunicación entre conductor y pasajero, etc.

Asimismo, considero que el hecho de utilizar uno o dos dispositivos para escuchar sonidos no es determinante al objeto de de acreditar la comisión de la infracción, considerando como conducta infractora el hecho de utilizar un único dispositivo, con indedependencia de que un oído permanezca libre.

Desgranando el contenido de la LTSV, en la parte que nos afecta nos encontramos que la conducta tipificada como infracción consiste en la UTILIZACIÓN, entendiendo la misma como aprovecharse o servirse de algo, aplicado al  caso sería aprovecharse o servirse del objeto para el que ha sido fabricados los auriculares, siendo éste escuchar sonidos. Aquí precisamente es donde pudiera surgir cierta controversia, puesto que tanto la comercialización como la instalación de los citados aparatos es legal.

Por tanto, en caso de utilización de los aparatos comentados durante el ejercicio de la conducción, procede denuncia al art 18.2 que lleva aparejada sanción pecuniaria de 150 € y la detracción de 3 puntos de la autorización adminstrativa necesaria para conducir. En caso de conducir no utilizando el dispositivo, sólo queda apelar a la interpretación y benevolencia por parte del agente en cuestión, puesto que en caso denuncia deberíamos demostrar que no estábamos utilizando el dispositivo, ardua tarea, por no decir que misión cuasi imposible.

Esta pequeña laguna sería fácilmente solucionable con permutar en el texto legal utilización por instalación, en cuanto la descripción de la conducta infractora. ¿Qué sentido tiene permitir la instalación de un dispositivo cuya utilización está prohibida??? Ahhhhhhhhhh perdón, que sólo se prohibe su utilización durante la conducción..... En fin, que los posibles usuarios de estos dispositivos los adquieren para utilizarlos cuando no se encuentran conduciendo. Va a ser que sí........

Personalmente ésta es mi visión acerca de la situación legal de los intercomunicadores.

Saludos!

P.D.: Interpretación de la DGT:

La Ley de Seguridad Vial (art.11.3) prohíbe conducir usando cascos o auriculares conectados a aparatos receptores o reproductores de sonido. Realmente, los sistemas de comunicación integrados en el casco incorporan auriculares o altavoces adosados al interior del casco a la altura de la oreja. Como dicho casco va muy próximo a la misma, al incorporar los auriculares o altavoces se aproximarían aún más, con lo que no existirían diferencias con cascos de sonido. Con esa instalación, en el interior del casco se crea un espacio de ruído-sonido que haría imposible la audición de sonido exterior, por lo que se puede concluir que su uso puede perjudicar la seguridad vial. Como existe similitud con los auriculares o cascos de sonido, se debe considerar que entran dentro de la prohibición citada.
Tod esto LO DIJE yo hace tiempo, aunque CISVESNIA lo explica DE MARAVILLA ;)
 
Re: PROHIBIDOS LOS INTERCOMUNICADORES

Se puede decir más alto, pero no más claro...  :o


Por cierto, civesnia: Bienvenido al foro!! ;)
 
Re: PROHIBIDOS LOS INTERCOMUNICADORES

civesnia dijo:
He aquí la humilde opinión de un agente de la autoridad encargado de la vigilancia del tráfico, con respecto a la situación legal de los intercomunicadores y la conducción:

En primer lugar citar lo que establece la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial al respecto:

Queda prohibido conducir utilizando cascos o auriculares conectados a aparatos receptores o reproductores de sonido, excepto durante la realización de las pruebas de aptitud en circuito abierto para la obtención de permiso de conducción en las condiciones que se determinen reglamentariamente.

Se prohibe la utilización durante la conducción de dispositivos de telefonía móvil y cualquier otro medio o sistema de comunicación, excepto cuando el desarrollo de la comunicación tenga lugar sin emplear las manos ni usar cascos, auriculares o instrumentos similares



A continuación conviene conocer que se entiende por auricular:

Un auricular es un dispositivo para escuchar sonidos. Los auriculares son considerados como un aparato electrónico que se coloca sobre las orejas, o en el oído. Existen diferentes tipos de auriculares en función de sus características:

Auriculares abiertos. La principal característica de los auriculares abiertos, es que, al estar ligeramente separados del oído y dejar pasar parte del sonido externo generan una mayor y natural sensación del campo estéreo y una reproducción de frecuencias más lineal y precisa.

Auriculares cerrados. Los auriculares cerrados permiten el aislamiento auditivo más o menos completo del sujeto que escucha y asimismo, impiden que el sonido reproducido salga al exterior.

Intrauriculares. Los intrauriculares son pequeños audífonos, aproximadamente del tamaño de un botón que se introducen dentro del oído y permiten al oyente una mayor movilidad y confort
.



Conviene reseñar que, si bien en el caso de los intercomunicadores el dispositivo para esuchar sonidos no está colocado sobre las orejas ni en el interior del oído, bien es cierto que su ubicación en el interior del casco se sitúa muy próxima al oído, aunque éste no repose directamente sobre el mismo. No obstante para atajar el posible vacío legal derivado de tal situación el legislador ha optado por la introducción de la coletilla "o instrumentos similares", cortando de raíz la hipotética evasión de responsabilidad basada en la definición literal de auricular.

Una vez conocemos lo establecido en la normativa legal aplicada al efecto, así como la definición del principal elemento generador de la discordia (auricular), podemos llegar a la conclusión de que la utilización durante la conducción de los intercomunicadores no se realiza bajo amparo legal, estando por tanto prohibida, con independencia de si la citada utilización consiste en la reproducción de música, indicaciones procedentes del navegador GPS o de una comunicación entre conductor y pasajero, etc.

Asimismo, considero que el hecho de utilizar uno o dos dispositivos para escuchar sonidos no es determinante al objeto de de acreditar la comisión de la infracción, considerando como conducta infractora el hecho de utilizar un único dispositivo, con indedependencia de que un oído permanezca libre.

Desgranando el contenido de la LTSV, en la parte que nos afecta nos encontramos que la conducta tipificada como infracción consiste en la UTILIZACIÓN, entendiendo la misma como aprovecharse o servirse de algo, aplicado al  caso sería aprovecharse o servirse del objeto para el que ha sido fabricados los auriculares, siendo éste escuchar sonidos. Aquí precisamente es donde pudiera surgir cierta controversia, puesto que tanto la comercialización como la instalación de los citados aparatos es legal.

Por tanto, en caso de utilización de los aparatos comentados durante el ejercicio de la conducción, procede denuncia al art 18.2 que lleva aparejada sanción pecuniaria de 150 € y la detracción de 3 puntos de la autorización adminstrativa necesaria para conducir. En caso de conducir no utilizando el dispositivo, sólo queda apelar a la interpretación y benevolencia por parte del agente en cuestión, puesto que en caso denuncia deberíamos demostrar que no estábamos utilizando el dispositivo, ardua tarea, por no decir que misión cuasi imposible.

Esta pequeña laguna sería fácilmente solucionable con permutar en el texto legal utilización por instalación, en cuanto la descripción de la conducta infractora. ¿Qué sentido tiene permitir la instalación de un dispositivo cuya utilización está prohibida??? Ahhhhhhhhhh perdón, que sólo se prohibe su utilización durante la conducción..... En fin, que los posibles usuarios de estos dispositivos los adquieren para utilizarlos cuando no se encuentran conduciendo. Va a ser que sí........

Personalmente ésta es mi visión acerca de la situación legal de los intercomunicadores.

Saludos!

P.D.: Interpretación de la DGT:

La Ley de Seguridad Vial (art.11.3) prohíbe conducir usando cascos o auriculares conectados a aparatos receptores o reproductores de sonido. Realmente, los sistemas de comunicación integrados en el casco incorporan auriculares o altavoces adosados al interior del casco a la altura de la oreja. Como dicho casco va muy próximo a la misma, al incorporar los auriculares o altavoces se aproximarían aún más, con lo que no existirían diferencias con cascos de sonido. Con esa instalación, en el interior del casco se crea un espacio de ruído-sonido que haría imposible la audición de sonido exterior, por lo que se puede concluir que su uso puede perjudicar la seguridad vial. Como existe similitud con los auriculares o cascos de sonido, se debe considerar que entran dentro de la prohibición citada.


Señores:
Aunque no nos guste.
ESTO VA A MISA :'( :'( :'(
 
Re: PROHIBIDOS LOS INTERCOMUNICADORES

De acuerdo, pero este pasado mes de agosto me he comprado unos Cardo Bluethoot.

Me lo podían haber advertido los de la tienda ¿no?.

Y, con todos los respetos, conducen sin problemas los sordomudos (insisto en que con todos mis respetos hacía ell@s) y los que van en coche con la música a 300.000 watios o más.

Total, que me he gastado una pasta para que ahora lo prohiban.
 
Re: PROHIBIDOS LOS INTERCOMUNICADORES

Bueno, bueno, bueno. Después de leerme las 11 páginas, voy a dar mi opinión.

Le pregunté a mi hermano 'mosso', pero como no está en tráfico, me dijo que no estaba al día.

Él le preguntó a un compañero, y este le vino a decir que todo dependía del agente que le tocara en ese momento y de las 'ganas de marcha' que tuviera de tocar los cataplines.

Pues nada, otro punto de vista teneis...

Jordi
 
Re: PROHIBIDOS LOS INTERCOMUNICADORES

Chan dijo:
De acuerdo, pero este pasado mes de agosto me he comprado unos Cardo Bluethoot.

Me lo podían haber advertido los de la tienda ¿no?.

Y, con todos los respetos, conducen sin problemas los sordomudos (insisto en que con todos mis respetos hacía ell@s) y los que van en coche con la música a 300.000 watios o más.

Total, que me he gastado una pasta para que ahora lo prohiban.


Con respecto a si deberías haber sido advertido por parte del vendedor, posiblemente en muchos casos desconozacan la situación legal de la utilización de los intercomunicadores durante el ejercicio de la conducción, recordemos que su venta y posterior instalación es legal. No obstante, considero que si realizaran dicha advertencia en el momento de la compra por parte de los usuarios, las ventas se verían negativamente afectadas con el consiguiente perjuicio económico.

Considero que la utilización de los dispositivos objeto de debate durante el ejercicio de la conducción no debería equipararse a la situación que presentan las personas con problemas de agudeza auditiva. Este colectivo, si presenta hipoacusia que supere un determinado porcentaje no pueden obtener una autorización administrativa para conducir ordinaria, debiendo obtener un permiso de conducir especial con limitaciones. Lógicamente estas limitaciones implican una serie de adaptaciones en los vehículos, afectando en este caso en concreto a los espejos retrovisores. Como puedes ver no es equiparable esta situación a la de conducción con intercomunicadores, eso sin tener en cuenta que las personas que sufren hipoacusia, presentan con carácter general una atención visual superior al resto de personas.

Por cierto, cuando adquiriste el dispositivo ya existía la prohibición comentada.

Un saludo!
 
Re: PROHIBIDOS LOS INTERCOMUNICADORES

civesnia dijo:
[quote author=Chan link=1252058121/150#153 date=1254854708]De acuerdo, pero este pasado mes de agosto me he comprado unos Cardo Bluethoot.

Me lo podían haber advertido los de la tienda ¿no?.

Y, con todos los respetos, conducen sin problemas los sordomudos (insisto en que con todos mis respetos hacía ell@s) y los que van en coche con la música a 300.000 watios o más.

Total, que me he gastado una pasta para que ahora lo prohiban.


Con respecto a si deberías haber sido advertido por parte del vendedor, posiblemente en muchos casos desconozacan la situación legal de la utilización de los intercomunicadores durante el ejercicio de la conducción, recordemos que su venta y posterior instalación es legal. No obstante, considero que si realizaran dicha advertencia en el momento de la compra por parte de los usuarios, las ventas se verían negativamente afectadas con el consiguiente perjuicio económico.

Considero que la utilización de los dispositivos objeto de debate durante el ejercicio de la conducción no debería equipararse a la situación que presentan las personas con problemas de agudeza auditiva. Este colectivo, si presenta hipoacusia que supere un determinado porcentaje no pueden obtener una autorización administrativa para conducir ordinaria, debiendo obtener un permiso de conducir especial con limitaciones. Lógicamente estas limitaciones implican una serie de adaptaciones en los vehículos, afectando en este caso en concreto a los espejos retrovisores. Como puedes ver no es equiparable esta situación a la de conducción con intercomunicadores, eso sin tener en cuenta que las personas que sufren hipoacusia, presentan con carácter general una atención visual superior al resto de personas.

Por cierto, cuando adquiriste el dispositivo ya existía la prohibición comentada.

Un saludo!
[/quote]

aunque estoy de acuerdo contigo en muchos puntos o en casi todos, lástima que las leyes de este pais estan mal hechas, que fué primero el huevo o la gallina... deberian de haber homologado o no estos dispositivos que casi todos ternemos, antes de ponerlos a la venta

pero ante todo prudencia, y poner todos ls sentidos en la carretera, loas oidos también ;)
 
Re: PROHIBIDOS LOS INTERCOMUNICADORES

Está claro. las mujeres tienen una ley de igualdad, y los moteros de desigualdad.

En coche puedes encender un cigarro, poner musica a tope, hablar por teléfono, e incluso que la suegra te moleste desde el asiento trasero. Esto no es delito. Pero tener un manos libres en la moto o hablar con el pasajero en lugar de abrir bisera y preguntar ¿que dices? eso está multado.

Vaya M de leyes, y de abuso de poder por el hecho de recaudar a toda costa :-X
 
Re: PROHIBIDOS LOS INTERCOMUNICADORES

Por ser ley no tiene que ser infalible.
En este pais se hacen leyes sin conocer lo que hay. Estoy seguro que ningun legislador, a la hora de hacer esta ley, se le ha pasado por la cabeza que los motoristas podian tener un dispositivo inalambrico para hablar por telefono o con el pasajero.... de ahi las "lagunas" y las coletillas "dispositivos similares". "Ñapas" hechas a ultima hora.

En este pais se legisla hacia el coche. Asi nos va.
 
Re: PROHIBIDOS LOS INTERCOMUNICADORES

Darkside dijo:
Por ser ley no tiene que ser infalible.
En este pais se hacen leyes sin conocer lo que hay. Estoy seguro que ningun legislador, a la hora de hacer esta ley, se le ha pasado por la cabeza que los motoristas podian tener un dispositivo inalambrico para hablar por telefono o con el pasajero.... de ahi las "lagunas" y las coletillas "dispositivos similares". "Ñapas" hechas a ultima hora.

En este pais se legisla hacia el coche. Asi nos va.

Cuando hacen una mención específica a que está permitido su uso a los agentes de la autoridad que usan moto en el cumplimiento de sus funciones y durante el aprendizaje y examen del permiso de conducción de motocicletas, yo creo que si que tenían bién claro la prohibicíon del uso de estos dispositivos en motocicletas. Y enciman redactan la ley tan chapuceramente que da pié a malos entendidos y de paso recaudan unos buenos euros gracias a eso. Lamentable la prohibición y más lamentable la manera de hacerla. >:(

;)
 
Re: PROHIBIDOS LOS INTERCOMUNICADORES

Chan dijo:
De acuerdo, pero este pasado mes de agosto me he comprado unos Cardo Bluethoot.

Me lo podían haber advertido los de la tienda ¿no?.

No sé porqué, tu moto probablemente pase sobradamente de los 120 km/h y en cambio eres tú el que tiene la obligación de conocer las normas de tráfico, no te van a recomendar en la tienda que no te la quedes porque corre mucho.

Es responsabilidad tuya saber si puedes usarlo o no mientras el artículo que se vende no sea ilegal, como los xenon y tantas otras cosas.

Bueno... entonces que... después de 11 páginas lo vamos teniendo claro? ;D

Saludos
 
Re: PROHIBIDOS LOS INTERCOMUNICADORES

Pues entonces será cuestión de buscar algun dispositivo más pequeño y con similar sistema que podamos instalar dentro del casco ,fuera de la vista de los agentes de la autoridad.

Saludos.
 
Re: PROHIBIDOS LOS INTERCOMUNICADORES

Lo que sí está claro es que nunca llueve a gusto de todos. Que las leyes no son perfectas no se le escapa a nadie, pero de ahí a la afirmación de que están mal hechas, media un trecho... Particularmente en materia de tráfico y seguridad vial lo que nos encontramos resulta hasta cierto punto un contrasentido. Me explico, por un lado tenemos una normativa cada vez más restrictiva por parte de la administración y por otro la puesta a disposición de los usuarios por parte de los fabricantes de productos con mayores prestaciones o aplicaciones.

A modo de ejemplo, sirva como la fabricación de vehículos cada vez más potentes (a nadie se le escapa la escalada en potencia de los vehículos en los últimos años) resulta un contransentido en estos tiempos de mayores controles de velocidad (aumento significativo del número de cinemómetros), límites de velocidad anclados en el pasado que no guardan relación ni con la seguridad de los vehículos modernos ni con las infraestructuras actuales...

El poder legislativo en aras de una mayor seguridad vial, éste debería ser el objetivo prioritario a la hora de legislar en materia de tráfico y seguridad vial (no el afán recaudatorio), "pone en escena" una reglamentación más restrictiva y, por su parte los fabricantes únicamente desarrollan lo que el mercado demanda (vehículos más potentes, detectores de radar, intercomunicadores, kits xenón, etc...)

Por tanto, considero que cada uno es libre de adquirir lo que le plazca, eso sí, conviene estar informados acerca de la instalación y/o utilización del producto en cuestión, al objeto de evitar infringir algún precepto legal con la consiguiente sanción pecuniaria, detracción de puntos o suspensión temporal de la autorización administrativa necesaria para conducir.
 
Re: PROHIBIDOS LOS INTERCOMUNICADORES

A mi me sigue fascinando que digan que estan prohibidos los manos libres en moto por mi seguridad........

No logro entenderlo.

;)
 
Re: PROHIBIDOS LOS INTERCOMUNICADORES

mbereng3 dijo:
A mi me sigue fascinando que digan que estan prohibidos los manos libres en moto por mi seguridad........

No logro entenderlo.

;)


Tu no sabes lo que es bueno. No sabes como tienes que hacer las cosas. Menos mal que papa estado esta ahi, para guiarte y educarte.

Si ves que no te gusta, hay mecanismos para quejarte..... uno es cada 4 años, por ejemplo.


Aunque siempre puedes sacarte el carnet de gitano, es un poco dificil, pero te permitira hacer muchas cosas que a dia de hoy estan prohibidas y vetadas a los contribuyentes.


notese la ironia ;D
 
Re: PROHIBIDOS LOS INTERCOMUNICADORES

No se porqué tanto jaleo, ´ponedle a vuestras motos un Akravovic como yo, cuando me paran nos tiramos un rato debatiendo si hace demasiado ruido, si tiene papeles, al final les digo que está homologado y me dejan marchar, y no se fijan en los intercomunicadores ;D ;D ;D ;D ;D ;D ;D Quizá sea que no he dado con ningun GC cabreado ;) Saludos
 
Re: PROHIBIDOS LOS INTERCOMUNICADORES

siempre nos quedara Paris
 
Re: PROHIBIDOS LOS INTERCOMUNICADORES

[quote author=civesnia link=1254780788/0#1 date=1254839261]
Esta pequeña laguna sería fácilmente solucionable con permutar en el texto legal utilización por instalación, en cuanto la descripción de la conducta infractora. ¿Qué sentido tiene permitir la instalación de un dispositivo cuya utilización está prohibida??? Ahhhhhhhhhh perdón, que sólo se prohibe su utilización durante la conducción..... En fin, que los posibles usuarios de estos dispositivos los adquieren para utilizarlos cuando no se encuentran conduciendo. Va a ser que sí........
Esto me suena de otras leyes "incoherentes" por ejemplo:
La Ley de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas vigente que penaliza el tráfico, la producción y la tenencia, pero no el consumo (sea o no con fines terapéuticos). Pero el consumo es parte de la cadena, así que tambien se penaliza de una manera soslayada, ¿no? joder no me aclaro.... :-/
 
A mi lo que mas rabia me da y me parece sumamente injusto y discriminatorio es que las diversas policias motorizadas si estén autorizados a utilizar sistemas de comunicación en sus cascos y al resto de motoristas se nos multe por ello.

Si ellos tienen una preparación especial, que no lo dudo, yo quiero tener la misma oportunidad de demostrar ante quien corresponda que puedo pilotar perfectamente una moto y contestar una llamada o una pequeña conversación puntual con mi acompañante sin que ello suponga un peligro para la circulación.

Esto es otra mierda mas de legisladores estúpidos que se eligen en padres de no se muy bién qué y preservadores de medidas de seguridad ..... que son mas que discutibles.

Yo NO ACATARÉ ninguna de estas leyes de mierda mientras el legislativo vulnere los derechos de los motoristas de manera fragante con leyes y normativas injustas y discriminatorias y me refiero en concreto a la libertad de poder pilotar una moto, sea cual sea su cilindrada, una vez obtenido el correspondiente permiso administrativo sin limitaciones cuando a los conductores de automoviles nadie les vulnera su derecho a conducir el automovil que deseen o puedan pagarse sin ningun tipo de limitación técnica en cv. o demostraciones de capacidad y habilidad para conducir, por ejemplo coches deportivos.

Estoy quemao .....

Ráfagas a tod@s, aunque la DGT lo prohiba
 
GUS - K 12R, es que vivimos en un pais tercermundista.

En ningún pais civilizado pasa como en España que la policía ademas de llevar aparatos de comunicación pueden ir a mas velocidad de la permitida, adelantan el línea contínua, pueden llevar luces que a ti no te permiten, se pueden saltar los semáforos en rojo, pueden circular por el arcén y una serie de cosas para lo que la mayoría de nosotros estamos mas que preparados, ¡¡Qué injusticia, por Dios!!
Es que vivimos en un pais bananero.
:) :) :)
 
Basilio dijo:
GUS - K 12R, es que vivimos en un pais tercermundista.

En ningún pais civilizado pasa como en España que la policía ademas de llevar aparatos de comunicación pueden ir a mas velocidad de la permitida, adelantan el línea contínua, pueden llevar luces que a ti no te permiten, se pueden saltar los semáforos en rojo, pueden circular por el arcén y una serie de cosas para lo que la mayoría de nosotros estamos mas que preparados, ¡¡Qué injusticia, por Dios!!
Es que vivimos en un pais bananero.
:) :) :)
Eso lo repetirias si fueras tu el que los ha llamado por que te estan robando, has tenido un accidente, etc... y te llegan a las dos horas por que han parado ha recibir la comunicación de que tu solicitas ayuda, han tardado 5 minutos en encotrar sitio para parar y comunicarse, han tenido que respetar los limites y señales, y como habia atasco se han quedado en medio hasta que se ha solucionado el atasco y demas serie de cosas.
Y creo que en los demas paises avanzados, estas cosas que a ti no te gusta que hagan, lo tienen mas que asumido por ser necesario; y no creo que tu por ejemplo estes más preparado que culaquier Guardia Civil de Trafico para conducir la moto, corrijeme si me equivoco y de paso dime doinde hiciste el curso de pilotaje de motos para preguntar precio, ya que seria muy interesante
 
Como han dicho por ahí, y por testimonios cercanos, más que a la ley hay que atenerse a si el agente que te para ha "mojado" la noche anterior o su equipo ha sido eliminiado de la Champions. El resto es burocracia y dificilmente podrás debatirlo con la autoridad si tienen ganas de empapelarte.

Enhorabuena a todos los que han aportado la base legal de este excelente post. Sois unos hachas!
 
La semana pasada pensé en comprarme unos x-lite con bluetooth y después de ver los mensajes sobre su ilegalidad me fui a un puesto de la Guardia Civil. Me dijeron lo mismo que dice civesnia, que son ilegales. Luego fui a la tienda donde había visto los x-lite y restó importancia por supuesto vacío legal y todas esas cosas. En fin, que no me los compré
 
Pues mi opinion es que este prohibido o no los seguire llevando, pues me evitan un monton de situaciones de riesgo, como tener que girar la cabeza para hablar con el acompañante, que este me pueda avisar de algo que no he visto, hablar con otras motos por emisora y que estas me avisen de incidentes etc..........tambien esta prohibido ir a mas de 120 y todos vamos o hemos ido . En fin que creo que es mas importante lo que me dan que el riesgo que puedan suponer,
Por cierto los llevo desde hace 7 años y ademas son de los de cable a la moto con lo cual se ve claramente y nunca he tenido ningun problema( toco madera jeje)
 
Re: PROHIBIDOS LOS INTERCOMUNICADORES

civesnia dijo:
P.D.: Interpretación de la DGT:

La Ley de Seguridad Vial (art.11.3) prohíbe conducir usando cascos o auriculares conectados a aparatos receptores o reproductores de sonido. Realmente, los sistemas de comunicación integrados en el casco incorporan auriculares o altavoces adosados al interior del casco a la altura de la oreja. Como dicho casco va muy próximo a la misma, al incorporar los auriculares o altavoces se aproximarían aún más, con lo que no existirían diferencias con cascos de sonido. Con esa instalación, en el interior del casco se crea un espacio de ruído-sonido que haría imposible la audición de sonido exterior, por lo que se puede concluir que su uso puede perjudicar la seguridad vial. Como existe similitud con los auriculares o cascos de sonido, se debe considerar que entran dentro de la prohibición citada.

Lo triste es que no haya manera de demostrar que eso es falso, que es al fin y al cabo en lo que se han basado para hacer la ley...en la afirmación hecha por alguien que ó bien no los ha probado ó bien no entiende del tema.

A mí no me impiden ni oir el ruido del trafico ni del motor y si fuera así, estoy seguro de que tampoco se los dejarían usar a los agentes de la autoridad y mucho menos a un principiante que está aprendiendo a ir en moto y que le hablen seguramente es lo último que necesita...

Entiendo que en parte la ley estará hecha, porque siempre habría algun descerebrado capaz de instalar en el casco unos altavoces de discoteca capaz de dejarle sordo...pero eso se soluciona autorizando equipos homologados que sólo ofrezcan el nivel sonoro adecuado para poder oir las indicaciones y seguir oyendo lo que te rodea...como que yo sepa, es el caso de los que se venden hoy en día tipo "blutú"

Si las leyes se hacen mal, crean el sentimiento contrario en el que las debe cumplir y de eso veo que aquí sabemos mucho...no se si más ó menos que en otros paises, pero mucho seguro

Si se puede ir con tapones, aislado al 100% del exterior ó con tropecientos watios dentro del coche, aunque no sea el objeto de la norma, el agravio comparativo creado por culpa de un ignorante y mal legislador, es malo...y a la vista de la gente que piensa seguir usandolos me remito; al final es verdad que una mala ley no consigue nada mas que recaudar cuando toca con lo cual, flaco favor a la conciencia del ciudadano

saludos
 
Basilio dijo:
GUS - K 12R, es que vivimos en un pais tercermundista.

En ningún pais civilizado pasa como en España que la policía ademas de llevar aparatos de comunicación pueden ir a mas velocidad de la permitida, adelantan el línea contínua, pueden llevar luces que a ti no te permiten, se pueden saltar los semáforos en rojo, pueden circular por el arcén y una serie de cosas para lo que la mayoría de nosotros estamos mas que preparados, ¡¡Qué injusticia, por Dios!!
Es que vivimos en un pais bananero.
:) :) :)


De verdad que hay veces que me cuesta entender ciertas cosas y, sobre todo, me cuesta creer que lo que escribis algunos lo digais en serio. Mira que os gusta compararos con los cuerpos de Seguridad del Estado y con los supuestos privilegios que tienen sobre el resto de ciudadanos. También os cuesta pensar que ese supuesto privilegio no es tal y que más bien se debería considerar como una lógica consecuente del trabajo que realizan. Y claro, tampoco entendeis que un policía cuando se salta un semáforo o pisa el arcén es porque está yendo a una urgencia, aunque en ocasiones no lleven puestos los prioritarios, esto es: las luces y/o la sirena. La misma urgencia que cualquier ciudadano, incluído tú, reclamaría en caso de que los necesitara. Por supuesto, que tampoco entendeis que el uso que un policia da a un intercomunicador no tiene nada que ver con el que le damos el resto de usuarios en moto y que dicho aparatito se trata más bien de un instrumento encaminado a facilitar el trabajo que han de desempeñar. En fin, tal vez algún día... ::)


Saludos :).
 
Esto... perdón... pero... entonces se sabe ya si ha sido niña o niño? ::) :o ;D

Saludos
 
Ramesses dijo:
Esto... perdón... pero... entonces se sabe ya si ha sido niña o niño?  ::)  :o  ;D

Saludos


Seguro que va a ser NIÑA O NIÑO, si sale otra cosa me mosqueo con la "parienta". :P ;D

Yo cuando me compre otro casco me lo compro con el "NIÑO/NIÑA" puesto, y a rezar me toca........cuando un poli me mire a lo lejos. :'(
 
Hola a todos:

Creo que los intercomunicadores en algunos casos aportan un plus de seguridad.

Poder escuchar el navegador sin tener que mirar a la pantalla.

Dudo mucho que los comentarios que te haga tu copiloto pueda ser peligroso, incluso te puede advertir de forma clara de un peligro.

La comunicación moto a moto puede ayudar a evitar situaciones de peligro que los más adelantados hayan pasado o visto.

El único inconveniente que le veo es el mal uso.....MUSICA A TODO TRAPO.....,


Un saludo, ;) ;) ;)


PD: Lo seguiré utilizando aunque me multen, mi seguridad es lo primero, no tiene precio.

Ah! NO, llevo música. :o :o :o
 
Lastima que las autoridades no piensen así.
Mi copi y yo estamos acostumbrados a conducir en silencio y tenemos un código de comunicación desarrollado tras largos años de compartir sillín, y la verdad es que se puede conducir sin intercomunicadores y tener buena comunicación con el acompañante. También es verdad que yo me he hecho muy maniatico y si no es a ella, no me gusta llevar a nadie en la moto porque no se como me puede reaccionar en determinados momentos, para eso el intercomunicador se puede hacer imprescindible, pues si llevas a alguien que no está excesivamente acostumbrado/a la moto, a veces un "agarrate que vienen curvas" puede evitar un grave accidente o que esa persona no se vuelva a subir a la moto.
En fin, no deja de ser otra muestra de la falta de sensibilidad de las autoridades hacia los motoristas.
 
Hola a todos, leyendo el tema que aquí se trata, se me han puesto los pelos de punta viendo como una vez más los legisladores no perjudican a los que conducimos motocicletas habitualmente. Me pregunto por que no sacan algo más especifico para las motos y que no sea sólo para perjudicarnos, me explico:

En las autopistas me cobran igual que un coche cuando que la moto produce un desgaste menor del asfalto: 2 ruedas, menos peso...

En la carretera hay señales que prohiben el adelantamiento sólo a los camiones en ciertos tramos, ¿porque en algunos tramos no se permite adelantar sólo las motos ( de todos es bien sabido que una moto adelanta en menos tiempo que un coche y ocupa menos sitio, en resumen, el adelantamiento de una moto implica menos riesgo que el de un coche)? ¿Y el peligro que entraña ir en una caravana con el coche de atras rozandote el culo de la moto?

Se nos obliga a ir con las luces puestas "por nuestra seguridad" por que no se les obliga a los coches y a los camiones, siempre será mejor y sería por la seguridad de todos, no?

Simplemente andar en moto ya implica perder capacidad auditiva por el casco, ¿por que no se ve el interfono como una ayuda a esta situacion puesto que el copiloto te puede ayudar ante un peligro que para el piloto pudo pasar inadvertido? a parte que igual que los sordos, los que rodamos en moto vamos más pendientes de los espejos y posiblemente vamos desarroyando más nuestra capacidad visual que en el coche.

Que sucede si el ruido que produce el casco me molesta y me ocasiona dolor de cabeza y me pongo unos tapones en los oidos? Esta situacion es dificil que se produzca conduciendo un coche, ¿no deberian sacar leyes distintas para los diferentes tipos de vehiculos que hay en la carretera má acordes con sus caractersiticas (numero de ruedas, peso, dimensiones,...)?

Ya esta bien que para lo malo nos encasillan en todo tipo de vehiculos y para lo peor nos sacan algo especifico, como el caso del modo de sacar el carnet de moto, cuando que de todos es sabido, y las estadisticas están ahí, en muchos accidentes de moto y coche el culpable es el coche en un porcentaje muy alto... a lo mejor los de las motos iban todos con intercomunicador.


Un saludo a todos
 
Aunque no venga al caso. CIVESNIA, es un placer leerte. Resulta difícil encontrar a alguien que escriba tan bien, sobretodo cuando de foros se trata. No sólo por tu corrección ortográfica, sino por la coherencia y claridad de tus razonamientos. En fin, un auténtico placer. Enhorabuena.

V´ssssssssss

P.D. Otro motivo más para manifestarnos en Madrid ;D
 
Es legal su venta y su instalación pero ilegal su uso, curioso. Podrian hacer lo mismo con las drogas (éxtasis, heroina, cocaina, etc) total la relación causa/efecto vendria a ser la misma ¿no?
 
Basilio dijo:
GUS - K 12R, es que vivimos en un pais tercermundista.

En ningún pais civilizado pasa como en España que la policía ademas de llevar aparatos de comunicación pueden ir a mas velocidad de la permitida, adelantan el línea contínua, pueden llevar luces que a ti no te permiten, se pueden saltar los semáforos en rojo, pueden circular por el arcén y una serie de cosas para lo que la mayoría de nosotros estamos mas que preparados, ¡¡Qué injusticia, por Dios!!
Es que vivimos en un pais bananero.
:) :) :)

Por favor me puedes explicar los siguientes razonamientos:
1º.-Como le comunicarías a los agentes de la Guardia Civil de Tráfico cuando pilotan las motocicletas una incidencia(accidente,avería,o cualquier tipo de auxilio).
2º.-Ves normal que cuando sean requeridos para cualquier servicio se detengan en los semáforos,respeten líneas continúas o vayan a buscar una línea discontínua para hacer el cambio de sentido.
3º.-Cuando las necesidades del tráfico lo requieran,bien por retenciones o accidentes,crees que no está justificado que circulen por el arcén.
4º.-Si no hicieran uso de la señalización de urgencias(sirenas y prioritarios),como nos percatamos de la presencia de los Agentes.
Razonando un poco,creo que nosotros no tenemos ningún tipo de cometido encomendado como ellos,por lo tanto no debes comparate con un Agente de Tráfico de la Guardia Civil.
;)
 
Re: PROHIBIDOS LOS INTERCOMUNICADORES

civesnia dijo:
[quote author=Chan link=1252058121/150#153 date=1254854708]De acuerdo, pero este pasado mes de agosto me he comprado unos Cardo Bluethoot.

Me lo podían haber advertido los de la tienda ¿no?.

Y, con todos los respetos, conducen sin problemas los sordomudos (insisto en que con todos mis respetos hacía ell@s) y los que van en coche con la música a 300.000 watios o más.

Total, que me he gastado una pasta para que ahora lo prohiban.


Con respecto a si deberías haber sido advertido por parte del vendedor, posiblemente en muchos casos desconozacan la situación legal de la utilización de los intercomunicadores durante el ejercicio de la conducción, recordemos que su venta y posterior instalación es legal. No obstante, considero que si realizaran dicha advertencia en el momento de la compra por parte de los usuarios, las ventas se verían negativamente afectadas con el consiguiente perjuicio económico.

Considero que la utilización de los dispositivos objeto de debate durante el ejercicio de la conducción no debería equipararse a la situación que presentan las personas con problemas de agudeza auditiva. Este colectivo, si presenta hipoacusia que supere un determinado porcentaje no pueden obtener una autorización administrativa para conducir ordinaria, debiendo obtener un permiso de conducir especial con limitaciones. Lógicamente estas limitaciones implican una serie de adaptaciones en los vehículos, afectando en este caso en concreto a los espejos retrovisores. Como puedes ver no es equiparable esta situación a la de conducción con intercomunicadores, eso sin tener en cuenta que las personas que sufren hipoacusia, presentan con carácter general una atención visual superior al resto de personas.

Por cierto, cuando adquiriste el dispositivo ya existía la prohibición comentada.

Un saludo!
[/quote]

Y que sabe el vendedor si tu trabajas en el boxes de Fernando Alonso :o ;D ;D ;D ;Dy te pasas la carrera con el casco puesto, o es que le dijiste que era para conducir, si él no pregunta y tu no le cuentas... ;)
En fin que efectivamente las leyes están pensadas para que creen trabajo a los vendedores y para fastidiar a los consumidores :'( :'(, a mi me ha faltado el canto de un duro para no picar, se debería de presentar una reclamación en consumo por engañarte, y si te vende una cosa desconociendo que no es legal, que se hubiese informado, o es que se pueden vender bombas y luego te dicen que está prohibido utilizarlas, vya escusa, si est´ña prohibido utilizar el producto en determinados momentos, deberían de avisarte antes de adquirirlo.
Saludos. ;)
 
Slaughter dijo:
[quote author=Basilio link=1254780788/15#21 date=1256236032]GUS - K 12R, es que vivimos en un pais tercermundista.

En ningún pais civilizado pasa como en España que la policía ademas de llevar aparatos de comunicación pueden ir a mas velocidad de la permitida, adelantan el línea contínua, pueden llevar luces que a ti no te permiten, se pueden saltar los semáforos en rojo, pueden circular por el arcén y una serie de cosas para lo que la mayoría de nosotros estamos mas que preparados, ¡¡Qué injusticia, por Dios!!
Es que vivimos en un pais bananero.
:) :) :)
Eso lo repetirias si fueras tu el que los ha llamado por que te estan robando, has tenido un accidente, etc... y te llegan a las dos horas por que han parado ha recibir la comunicación de que tu solicitas ayuda, han tardado 5 minutos en encotrar sitio para parar y comunicarse, han tenido que respetar los limites y señales, y como habia atasco se han quedado en medio hasta que se ha solucionado el atasco y demas serie de cosas.
Y creo que en los demas paises avanzados, estas cosas que a ti no te gusta que hagan, lo tienen mas que asumido por ser necesario; y no creo que tu por ejemplo estes más preparado que culaquier Guardia Civil de Trafico para conducir la moto, corrijeme si me equivoco y de paso dime doinde hiciste el curso de pilotaje de motos para preguntar precio, ya que seria muy interesante[/quote]

Me parece que no has captado el tono irónico del mensaje o que te has tirado a la piscina sin terminar de leerlo.
 
ojukillo dijo:
[quote author=Basilio link=1254780788/15#21 date=1256236032]GUS - K 12R, es que vivimos en un pais tercermundista.

En ningún pais civilizado pasa como en España que la policía ademas de llevar aparatos de comunicación pueden ir a mas velocidad de la permitida, adelantan el línea contínua, pueden llevar luces que a ti no te permiten, se pueden saltar los semáforos en rojo, pueden circular por el arcén y una serie de cosas para lo que la mayoría de nosotros estamos mas que preparados, ¡¡Qué injusticia, por Dios!!
Es que vivimos en un pais bananero.
:) :) :)

Por favor me puedes explicar los siguientes razonamientos:
1º.-Como le comunicarías a los agentes de la Guardia Civil de Tráfico cuando pilotan las motocicletas una incidencia(accidente,avería,o cualquier tipo de auxilio).
2º.-Ves normal que cuando sean requeridos para cualquier servicio se detengan en los semáforos,respeten líneas continúas o vayan a buscar una línea discontínua para hacer el cambio de sentido.
3º.-Cuando las necesidades del tráfico lo requieran,bien por retenciones o accidentes,crees que no está justificado que circulen por el arcén.
4º.-Si no hicieran uso de la señalización de urgencias(sirenas y prioritarios),como nos percatamos de la presencia de los Agentes.
Razonando un poco,creo que nosotros no tenemos ningún tipo de cometido encomendado como ellos,por lo tanto no debes comparate con un Agente de Tráfico de la Guardia Civil.
;)[/quote]

Te digo lo mismo que al otro compañero, parece que no he expresadp bien el tono irónico del mensaje. De todas formas si lo lees con detenin¡miento hago alusión a que en ningún pais la policia va a mas velocidad de la permitida, ni se salta un semáforo en rojo etc, por eso deberías de haber sabido que era una respuesta irónica porque hay que ser demasiado tonto para saber que en cualquier pais los cuerpos de seguridad tienen mas o menos los mismos privilegios que en España.

De todas formas, de aquí en adelante mediré muy mucho mis respuestas ya que no todo el mundo sabe leer entre líneas, siento el malentendido
 
Iceman dijo:
[quote author=Basilio link=1254780788/15#21 date=1256236032]GUS - K 12R, es que vivimos en un pais tercermundista.

En ningún pais civilizado pasa como en España que la policía ademas de llevar aparatos de comunicación pueden ir a mas velocidad de la permitida, adelantan el línea contínua, pueden llevar luces que a ti no te permiten, se pueden saltar los semáforos en rojo, pueden circular por el arcén y una serie de cosas para lo que la mayoría de nosotros estamos mas que preparados, ¡¡Qué injusticia, por Dios!!
Es que vivimos en un pais bananero.
:) :) :)


De verdad que hay veces que me cuesta entender ciertas cosas y, sobre todo, me cuesta creer que lo que escribis algunos lo digais en serio. Mira que os gusta compararos con los cuerpos de Seguridad del Estado y con los supuestos privilegios que tienen sobre el resto de ciudadanos. También os cuesta pensar que ese supuesto privilegio no es tal y que más bien se debería considerar como una lógica consecuente del trabajo que realizan. Y claro, tampoco entendeis que un policía cuando se salta un semáforo o pisa el arcén es porque está yendo a una urgencia, aunque en ocasiones no lleven puestos los prioritarios, esto es: las luces y/o la sirena. La misma urgencia que cualquier ciudadano, incluído tú, reclamaría en caso de que los necesitara. Por supuesto, que tampoco entendeis que el uso que un policia da a un intercomunicador no tiene nada que ver con el que le damos el resto de usuarios en moto y que dicho aparatito se trata más bien de un instrumento encaminado a facilitar el trabajo que han de desempeñar. En fin, tal vez algún día... ::)


Saludos :).[/quote]

Y con éste van tres, espero que sea el último. ¿De veras crees que soy tan tonto como para escribir en serio ésta respuesta? Leedla con detenimiento y no seais tan críticos a la primera de cambio que estais deseando saltarle al cuello a alguien a la primera de cambio.

Vuelvo a repetir que la intención fué de responder en tono irónico, que hay que saber leer entre líneas

No comprendo como alguien puede tomar en serio un escrito en el que se dice que la policía en ningún pais puede correr mas de la cuenta o saltarse un semáforo en rojo.

Por favor, la próxima vez que vayais a crucificar a alguien volved a leer su texto de nuevo y razonar un poco.
 
Basilio dijo:
[quote author=Iceman link=1254780788/15#27 date=1256303976][quote author=Basilio link=1254780788/15#21 date=1256236032]GUS - K 12R, es que vivimos en un pais tercermundista.

En ningún pais civilizado pasa como en España que la policía ademas de llevar aparatos de comunicación pueden ir a mas velocidad de la permitida, adelantan el línea contínua, pueden llevar luces que a ti no te permiten, se pueden saltar los semáforos en rojo, pueden circular por el arcén y una serie de cosas para lo que la mayoría de nosotros estamos mas que preparados, ¡¡Qué injusticia, por Dios!!
Es que vivimos en un pais bananero.
:) :) :)


De verdad que hay veces que me cuesta entender ciertas cosas y, sobre todo, me cuesta creer que lo que escribis algunos lo digais en serio. Mira que os gusta compararos con los cuerpos de Seguridad del Estado y con los supuestos privilegios que tienen sobre el resto de ciudadanos. También os cuesta pensar que ese supuesto privilegio no es tal y que más bien se debería considerar como una lógica consecuente del trabajo que realizan. Y claro, tampoco entendeis que un policía cuando se salta un semáforo o pisa el arcén es porque está yendo a una urgencia, aunque en ocasiones no lleven puestos los prioritarios, esto es: las luces y/o la sirena. La misma urgencia que cualquier ciudadano, incluído tú, reclamaría en caso de que los necesitara. Por supuesto, que tampoco entendeis que el uso que un policia da a un intercomunicador no tiene nada que ver con el que le damos el resto de usuarios en moto y que dicho aparatito se trata más bien de un instrumento encaminado a facilitar el trabajo que han de desempeñar. En fin, tal vez algún día... ::)


Saludos :).[/quote]

Y con éste van tres, espero que sea el último. ¿De veras crees que soy tan tonto como para escribir en serio ésta respuesta? Leedla con detenimiento y no seais tan críticos a la primera de cambio que estais deseando saltarle al cuello a alguien a la primera de cambio.

Vuelvo a repetir que la intención fué de responder en tono irónico, que hay que saber leer entre líneas

No comprendo como alguien puede tomar en serio un escrito en el que se dice que la policía en ningún pais puede correr mas de la cuenta o saltarse un semáforo en rojo.

Por favor, la próxima vez que vayais a crucificar a alguien volved a leer su texto de nuevo y razonar un poco.[/quote]


Claro, claro, ahora es en tono irónico. Pero es que ya uno se cansa de este tipo de comentarios hacía los diferentes cuerpos policales. Aún así, te aseguro que lo leí en varias ocasiones y no le vi, ni se la veo, la ironía por ninguna parte. Tal vez, agún icono más... Y joder, más que leer entrelíneas hay que bucear en el contenido para captar la irónia del mensaje :o.

Saludos :).
 
Os acordáis de "LA BOLA DE CRISTAL"
Este, no lee
tiburon-blanco-2.jpg
 
Re: PROHIBIDOS LOS INTERCOMUNICADORES

TABAYÚ dijo:
[quote author=civesnia link=1254780788/0#1 date=1254839261]
P.D.: Interpretación de la DGT:

La Ley de Seguridad Vial (art.11.3) prohíbe conducir usando cascos o auriculares conectados a aparatos receptores o reproductores de sonido. Realmente, los sistemas de comunicación integrados en el casco incorporan auriculares o altavoces adosados al interior del casco a la altura de la oreja. Como dicho casco va muy próximo a la misma, al incorporar los auriculares o altavoces se aproximarían aún más, con lo que no existirían diferencias con cascos de sonido. Con esa instalación, en el interior del casco se crea un espacio de ruído-sonido que haría imposible la audición de sonido exterior, por lo que se puede concluir que su uso puede perjudicar la seguridad vial. Como existe similitud con los auriculares o cascos de sonido, se debe considerar que entran dentro de la prohibición citada.


Si se puede ir con tapones, aislado al 100% del exterior ó con tropecientos watios dentro del coche, aunque no sea el objeto de la norma, el agravio comparativo creado por culpa de un ignorante y mal legislador, es malo...y a la vista de la gente que piensa seguir usandolos me remito; al final es verdad que una mala ley no consigue nada mas que recaudar cuando toca con lo cual, flaco favor a la conciencia del ciudadano

saludos
[/quote]


Sería de agradecer un poco de prudencia a la hora de realizar afirmaciones sobre la legalidad de ciertas conductas durante el ejercicio de la  conducción, al objeto de evitar que algún forero pudiera extraer conclusiones erróneas. Personalmente considero lo siguiente:

En primer  lugar realizaremos una breve cita de la normativa aplicable al efecto:

R.D. 1428/2003 Reglamento General de Circulación

Artículo 17. Control del vehículo o de animales.

1. Los conductores deberán estar en todo momento en condiciones de controlar sus vehículos o animales

Artículo 18. Otras obligaciones del conductor.

1. El conductor de un vehículo está obligado a mantener su propia libertad de movimientos, el campo necesario de visión y la atención permanente a la conducción, que garanticen su propia seguridad, la del resto de los ocupantes del vehículo y la de los demás usuarios de la vía. A estos efectos, deberá cuidar especialmente de mantener la posición adecuada y que la mantengan el resto de los pasajeros, y la adecuada colocación de los objetos o animales transportados para que no haya interferencia entre el conductor y cualquiera de ellos


R.D. 772/1997 Reglamento General de Conductores
Artículo 43. Objeto de las pruebas.

Todo conductor de vehículos de motor o ciclomotores deberá poseer, para conducir con seguridad, las aptitudes psicofísicas y los conocimientos, habilidades, aptitudes y comportamientos que le permitan:

b) Dominar el vehículo con el fin de no crear situaciones peligrosas y reaccionar de forma apropiada cuando éstas se presenten.

f) Tener en cuenta todos los factores que afectan al comportamiento de los conductores con el fin de conservar en todo momento la utilización plena de las aptitudes y capacidades necesarias para conducir con seguridad.



Cita legal ésta, de la que se desprende la incompatibilidad de la utilización de protección auditiva (tapones) con el ejercicio de la conducción, por cuanto la propia capacidad auditiva se vería seriamente mermada y, por ende, no se podría considerar que mantenemos la atención permanente que la conducción exige, así como tampoco la conservación en todo momento de las aptitudes psicofísicas requeridas para el ejercicio de la misma.
 
Pues nada ICEMAN, guapetón, para ti la perra gorda que a mi me dá igual y no me va a quitar el sueño lo que pienses.  No me merece la pena discutir ni contigo ni con nadie, mi tiempo lo dedico a cosas mas importantes que en sacar punta a todo lo que se escribe, así que con éste escrito doy por finalizada mi intervención en el tema.

Que te crees lo del tono irónico, pues estupendo. Que no te lo crees, pues que le vamos ha hacer, no todo el mundo comprende lo que digo o escribo.

No me conoces de nada ni te he dado motivos para que pienses que no soy hombre de palabra por lo que, y mientras no se demuestre lo contrario, debería de bastarte con mi explicación sobre el matiz que  quise darle a mi respuesta y que por lo visto no supe expresar.

A los Cuerpos y Fuerzas de Seguridad del Estado: Como personas inteligentes que sois, tened seguro que contais con todo mis respetos.

P.D.: Lo de guapetón es sólo por añadir un toque simpático. Lo aclaro porque visto lo visto lo mismo te crees que te estoy tirando los tejos.
 
MF_Luder dijo:
Aunque no venga al caso. CIVESNIA, es un placer leerte. Resulta difícil encontrar a alguien que escriba tan bien, sobretodo cuando de foros se trata. No sólo por tu corrección ortográfica, sino por la coherencia y claridad de tus razonamientos. En fin, un auténtico placer. Enhorabuena.

V´ssssssssss

P.D. Otro motivo más para manifestarnos en Madrid ;D

Gracias por tus palabras MF_Luder!
Me he limitado a aportar un pequeño granito de arena, como han hecho otros muchos foreros, tratando de explicarlo de la forma más clara y fundada posible, al objeto de que los usuarios de los aparatos en cuestión extraigan sus propias conclusiones.

Un saludo!
 
Os aconsejo que le echéis un vistazo al enlace, donde se exponen algunas reflexiones que un agente de la autoridad (en este caso Guardia Civil) hace por escrito hacia sus superiores. Para mi no tiene desperdicio y aunque no se refiere al uso de intercomunicadores, sí hace mención a otras circunstancias que resultan paradójicas y muy similares (fijaros en el párrafo en elque se dirige directamente al General Jefe de la Agrupación). El escrito es del 2005, pero creo que las cosas han cambiado muy poco desde entonces. ...Y que cada cual saque sus propias conclusiones.

http://www.guardiasciviles.com/ver_noticias.asp?id=3223
 
Como sabe el Sr. agente que el motorista está utilizando los intercomunicadores ? Solo por el hecho de llevarlos ? Y aquello de la presunción de inocéncia ? No deberá demostrar su uso ?

Saludos,
 
SisoRT dijo:
Como sabe el Sr. agente que el motorista está utilizando los intercomunicadores ? Solo por el hecho de llevarlos ? Y aquello de la presunción de inocéncia ? No deberá demostrar su uso ?

Saludos,

Vamos a ver chicos no saquemos los pies del testo con este tipo de comentarios como el de siso, pues i te paran y empiezas s decir estas coss lo unico que vas a conseguir es que efectivamente te pongan la denuncia y listo y sin mas y despues demuestra tu que no los estabas utilizando, recuerda qeu los agentes tienen presuncion de veracidad y no esta en su mano demostrar nada sino en las del denunciado.

Por eso lo mejor es si te topas con ese procentaje tan pequeño de agentes qeu tienen los cables cruzados y no han follao bien y se creen que van a heredar el cuartel cuando se jubilen, pues sidas conesos vas jodido y lo unico qu te qeuda es intentar raazonar con ellos de que un intercomunicador bien colocado unicamente ayuda enla conducion, noes peligroso, y no perjudica, intentandolo hacer con argumentos y desmontantole el articulo de la L.S.V. que para mi esta absoleto, pero solo te queda eso.

Yo por mi parte llevo los intercomunicadores desde hace 9 años y nunca tuve problemas nima hanparado cuandome los han visto ni nada por el estilo y eso que muchas veces voy con la mentonera abierta y se me ve perfectamente el microfono, lo qeu ocurre es qeu por ahora me he topado conlos agentes senstos y cabales, donde ellos mismlos se hand ado cuenta que dicha normativa y ley, esta fuera de tiempo y lugar y queda a criterio de ellos de los agentes el pasar del tema, por supuesto yo non dunincio a ninguna moto que lleve auriculares pues no creo en esa ley ni en esa normativa y la veo totalmente injusta y fuera de contesto, pero eso soy yo y un 90% de los agentes los restantes pues bueno a rezar qeu nunca te topes conellos y a desearles que espabilen un poco y se quiten la lobotomia de la mente y maduren, y que los tiempos del hacha y la piedra es historia, pero bueno quedan pocos por suerte,

Asi que ya sabeis no le deis mas vueltas al asunto ni le busqueis tres pies al gato , ni que si los estaba usando o no los usaba o que no los tenia concectados, nada de eso sirve lo qeu cuenta es qeu no los lleves puestos enmarcha ni conduciendo con lo demas ya sabes si das con ese del hacha y el martillo pues date por jodido mientras tanto tendras el aparo de muchos otros agentes qeu ven la vida de otro modo
 
SisoRT dijo:
Como sabe el Sr. agente que el motorista está utilizando los intercomunicadores ? Solo por el hecho de llevarlos ? Y aquello de la presunción de inocéncia ? No deberá demostrar su uso ?

Saludos,
SISORT, es una sanción administrativa, por lo tanto, depende de la apreciación del agente de la autoridad, que como tal, y en procedimiento administrativo, su palabra tiene "presunción de veracidad", es decir, que en todo caso eres tú el que debe demostrar lo contrario.
 
Basilio dijo:
Pues nada ICEMAN, guapetón, para ti la perra gorda que a mi me dá igual y no me va a quitar el sueño lo que pienses.  No me merece la pena discutir ni contigo ni con nadie, mi tiempo lo dedico a cosas mas importantes que en sacar punta a todo lo que se escribe, así que con éste escrito doy por finalizada mi intervención en el tema.

Que te crees lo del tono irónico, pues estupendo. Que no te lo crees, pues que le vamos ha hacer, no todo el mundo comprende lo que digo o escribo.

No me conoces de nada ni te he dado motivos para que pienses que no soy hombre de palabra por lo que, y mientras no se demuestre lo contrario, debería de bastarte con mi explicación sobre el matiz que  quise darle a mi respuesta y que por lo visto no supe expresar.

A los Cuerpos y Fuerzas de Seguridad del Estado: Como personas inteligentes que sois, tened seguro que contais con todo mis respetos.

[highlight]P.D.: Lo de guapetón es sólo por añadir un toque simpático. Lo aclaro porque visto lo visto lo mismo te crees que te estoy tirando los tejos.[/highlight]


No, hombre, no. Claro que no me creo nada. No está echa la miel para la boca del asno. ¡¡¡Ehhh!!! que lo digo con ironía, no te lo tomes a mal ;) ::) Aún así te agradezco el piropo ;).

Ah, por cierto: En cuanto al tono del mensaje inicial pues eso, que ni me creo ni me dejo de creer nada. Si tú dices que lo dijiste en tono irónico pues perfecto. Yo no he dudado de tu palabra, tan sólo quise decirte que tal como lo has escrito no se percibe la ironía, de ahí que te dijera que tal vez algún icono más... Esos puntos suspensivos daban por hecho que se referían a: "se hubiera entendido la ironía" pero dí por supuesto, del mismo modo que tú lo diste con respecto a los demás, que ibas a saber leer entrelíneas.


Saludos
 
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