Sobre adelantar o ceder el paso pisando la continua.

JaumeB

Curveando
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Algunas veces en especial circulando en moto por puertos o carreteras con muchas curvas donde hay una linea continua digamos de varios kilometros te encuentras un coche que va bastante mas lento y claro por ley no lo podemos adelantar y quien sabe cuando termina esa continua, muchas veces cuando veo hay un poco de visibilidad como el adelantamiento se hace rapido adelanto, y si mas adelante encuentro otro coche pues puedo repetir la infracción, si, se que no esta bien pero vosotros lo hacéis o chupáis kilómetros detrás del coche esperando la linea discontinua?

Algunas veces cuando hago esto por carreteras pienso que si da la casualidad te ve la guardia civil te podrian multar o pasan y pudiendo no lo hacen?

También se da caso de que puedes encontrarte un coche y este cuando ve una moto detrás si ven que no adelantas algunos pisan la continua de su derecha para digamos dejarte paso sin que la moto la pise, eso para el coche también es sancionable?
 
Creo que hacemos todos lo mismo que tu JaumeB...es una pena que aquí la gente que va en coche no tenga "la cortesía" que tienen los franceses con los motard y se hagan a un lado para permitirte rebasarles, que no adelantarles,sin transgedir asi las normas....o de hacerlo de una manera mas "leve".

Aquí algunos automovilistas parece que difrutan haciéndonos la puñeta y poniendo las mayores dificultades en realizar la maniobra mas peligrosa...
 
Da igual que se aparten o no, la infraccion es la misma aunque no llegues a salir de tu carril. La señal es prohibido adelantar, no prohibido pisar la raya, y si adelantas incumples la ley.
Yo no adelanto nunca si esta prohibido. A mi la Administración no me saca ni un céntimo de la cartera, de hecho no me lo ha sacado nunca y menos por no esperarme un minuto ( o 3)
 
Da igual que se aparten o no, la infraccion es la misma aunque no llegues a salir de tu carril. La señal es prohibido adelantar, no prohibido pisar la raya, y si adelantas incumples la ley.
Yo no adelanto nunca si esta prohibido. A mi la Administración no me saca ni un céntimo de la cartera, de hecho no me lo ha sacado nunca y menos por no esperarme un minuto ( o 3)

Pues eso no lo sabia Macauy, estas seguro que si un coche se arrima a su derecha para dejarme pasar y es el que pisa la continua y yo digamos sigo por mi carril a mi me pueden multar?

Asi, si tu vas por una carretera de montaña que puede estar prohibido adelantar en todo el puerto y te encuentras ejem un tractor, camion muy lento etc y hace esto de arrimarse para facilitarte la maniobra tu no adelantas no? Ya que si esta prohibido esta prohibido y da igual la velocidad que lleve el coche, tractor o lo que sea.
 
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Buenas tardes ¡¡¡¡
Si hay linea continua y adelantas, te multan. Si o si.
En la N340, un coche se echó a la derecha, a la francesa, para que lo adelantase en linea continua. Tuve la suerte, que me estaba siguiendo el helicoptero, me enviaron la receta, por no dejar un metro y medio de distancia de seguridad.
 
Buenas tardes ¡¡¡¡
Si hay linea continua y adelantas, te multan. Si o si.

No estoy de acuerdo. La linea continua se puede rebasar legalmente para realizar adelantamientos a otros que o estén inmovilizados o que vayan a velocidades anormalmente reducidas, como puede ser un ciclista (o grupo de ciclistas), un ciclomotor, un carro tirado por animales, un tractor agrícola, un coche que circule a ritmo de avería... Pero eso sí: la responsabilidad es íntegramente del que adelanta, que ha asegurarse de que la maniobra no entraña peligro para nadie.

Quizá el quid de la cuestión es determinar si al que queremos adelantar circula a una velocidad anormalmente reducida, o no... Eso ya queda a criterio de cada cual, y al del agente de tráfico que pueda "pillarte" haciendo la maniobra. Y eso siempre -como decía antes- que se den las condiciones para que el adelantamiento sea seguro.

Vsss
 
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Exacto. En esos casos, se puede. Otra cosa seria la interpretación del agente.
 
A ver no seamos tan listillos ni tan ingenuos. La ley es clara en este sentido y quitando excepciones que la gente debería saber como ciclos ( bicis, ciclomotores), animales, peatones y traccion animal, el resto esta prohibido, ni siquiera V.E. (tractores) también está prohibido, asi que cuidado con confundir a la gente.

Para no discutir que ya me cansa, copio del twitter de la DGT:

Ana ‏@Txicarrona · 12 may. 2015

@DGTes con los tractores se puede rebasar la línea continua? Según el art. creo que no, pero no se considera obstáculo? Gracias

Dir. Gral. Tráfico ‏@DGTes · 13 may. 2015

@Txicarrona Solo se puede rebasar línea contínua al adelantar: bicicleta, ciclo, ciclomotor, peatón, animal y vehículo de tracción animal


La ley:
SECCIÓN VI. SUPUESTOS EXCEPCIONALES DE OCUPACIÓN DEL SENTIDO CONTRARIO.

Artículo 88. Vehículos inmovilizados.

1. Cuando en un tramo de vía en el que esté prohibido el adelantamiento se encuentre inmovilizado un vehículo que, en todo o en parte, ocupe la calzada en el carril del sentido de la marcha, salvo que la inmovilización venga impuesta por las necesidades del tráfico, podrá ser rebasado, aunque para ello haya que ocupar la parte de la calzada reservada al sentido contrario, después de haberse cerciorado de que se puede realizar la maniobra sin peligro. Con idénticos requisitos se podrá adelantar a conductores de bicicletas, ciclos, ciclomotores, peatones, animales y vehículos de tracción animal, cuando por la velocidad a que circulen puedan ser adelantados sin riesgo para ellos ni para la circulación en general.


Reglamento General de Circulación



Luego podemos discutir que si un coche va averiado por el arcen, etc y vaaale, no pasa nada, pero el hilo no iba de eso, sino de que vamos mas rápido que el abuelete que va delante a 60 por la nacional y se aparta, ESTA PROHIBIDO.

No se cuantas veces se habrá discutido esto en este foro...
 
Y cuidado porque la broma puede llegar a 400 euros y 4 puntos. Y si te aplican conducción peligrosa, 500 y 6 puntos.
Alla cada uno con su dinero.
 
pero el hilo no iba de eso, sino de que vamos mas rápido que el abuelete que va delante a 60 por la nacional y se aparta, ESTA PROHIBIDO.

No se cuantas veces se habrá discutido esto en este foro...

Exacto, a eso me referia MACAUY, pero mas que en nacional que por general la gente ya corre mas y las continuas no suelen ser kilometricas me refería subiendo o bajando puertos de montaña o zonas donde hay mucha curva donde las lineas continuas pueden ser de kilómetros y en estas zonas los vehiculos a motor suelen ir bastante mas lentos y hay casos que te ceden el paso apartándose a su derecha o yo los rebaso estando en mi carril y con cierta seguridad, no hacerlo en plena curva, pero es que hay sitios que pueden tener una recta de 100 o 200 metros y continua la linea continua.

Así que si la ley lo prohibe pues es una infraccion sancionable, pero igual como dice Romerito si te pillan ya dependerá del agente y la situacion que se ha producido.

Y al que pisa la linea continua para cederte el paso tambien lo pueden sancionar verdad? asi con un tiro matan 2 pajaros.
 
Primero, en mi opinión, hay que diferenciar entre adelantar y rebasar que no es lo mismo. Por lo que yo sé , se considera velocidad anormalmente reducida cuando se circula por debajo de la mitad de la velocidad establecida para esa vía. ( dejo de lado la normativa que rige en estos casos de circulación a velocidad anormalmente reducida a los vehículos afectados). No obstante, si atendemos al tenor literal del reglamento, art. 85 se podría efectuar el adelantamiento dejando los consabidos 1,5 metros.( Va en apoyo de esta interpretación el propio signifiado de la señal R-305 en la que la voluntad del legislador parece clara de permitir este tipo de adelantamientos.). Esto puede tener interpretaciones y controversias que se incian ya desde la indefinición del cómputo de carriles en calzadas donde no están señalizados y quepan más de un vehículo, aunque por lo general en vías interurbanas no se va a dar. La cosa es que es más que posible que aún estando amparados por la norma, al ejecutar este tipo de adelantamientos es más que seguro que ocasionará una circunstancia subsumible en otras infracciones , so pena que tanto el vehículo adelantado como el que adelanta, circulen a escasa velocidad. Fuera de esta situación es muy fácil, en mi opinión, que se acabe generando una situación susceptible de ser acogida como infraccción del propio Reglamento por incumplimiento de otros asepctos de la normativa de adelantamientos; a esto ayuda, además , las difuicultades para el Agente a la hora de calibrar distancias etc.. . En otras palabras, es fácil, por ejemplo,incurrir en una conducción temeraria.
Esta es mi opinión.
 
Pues yo por si acaso y ya lo manifeste en mi primera intervención, por esperarme uno o tres minutos no me juego semejante pastizal y puntos. Salgo con mi moto a disfrutar no a una urgencia.
Lo que no vale después que te multen es venir al foro a quejarse que que malos son los GC, la DGT, los políticos que se gastan mi dinero, por nuestra seguridad, etc que esa es otra.
 
Yo creo que siempre hay una permisibilidad propia a hacer ciertas infracciones y no nos gusta hacer otras. Si eres de los que respetan las líneas contínuas, las respetas igual en autovía que en carretera de montaña y puertos. Si eres de los que respetan la velocidad, pues lo mismo. Los hay que se la cogen con papel de fumar para no tocar una línea contínua y luego se pasan la velocidad por el forro. Cada uno tiene su tolerancias sobre qué infracciones son más temerarias y cuáles no... así como cuándo hacerlas y cuándo criticarlas. Normalmente si las hacemos, pretendemos tener una buena excusa (mi moto pasa de sobra, corre mucho, no molesto, estas señales son para coches, ese iba muy lento o la abuela fuma). de todos modos en el fondo sabemos que todos infringimos normas y que estamos expuestos a que nos pillen.

Ya se ha dicho la norma, ya se ha dicho la sanción y a partir de ahí, que cada cual haga lo que le dé la gana pero, sirva como pensamiento final, que piensen antes de pasar en contínua que puede venir una moto a buena velocidad y no dejarte tiempo ni espacio para hacerlo tan sobrado como piensas. Y no sería el primero ni el último que se va a criar malvas por "pensar que pasaba de sobra" y, de paso, manda a otro u otros a hacerle compañía.
 
Como en todo se trata de aplicar una norma. La norma no prevé todas las situaciones. Se puede aplicar estrictamente o adaptándose a las circunstancias existentes en el momento. Cada uno debe asumir la responsabilidad de sus actos. El agente tambien debe interpretar la gravedad de la infracción y aplicar la norma a la situación concreta. Hay agetes y agentes. Y conductores y conductores. Parece de perogrullo, pero yo no me voy a caer de la moto o le voy a provocar un calentón por ir detrás de un tractor agrícola que no supera los 40 km/h durante 3 minutos si la situación y condiciones de la vía me permiten adelantarlo sin provocar una situación de riesgo. Ya sabemos que pintar una raya contínua constante es más fácil que ponerse a regular tramos en que es posible adelantar en una carretera de montaña midiendo las distancias y poniendo las señales correspondientes. Prohibir es lo fácil y económico. Regular es un poco más laborioso y costoso.

Con esto no quiero animar a ninguno a cometer infracciones ni criticar a los que respetan en todo tiempo y lugar una regulación escasa inadecuada. Claro que la interprestación es mía y asumo por lo tanto las consecuencias negativas si me veo en la alternativa de ser denunciado y sancionado. Y por ello no criticaré a la DGT ni a los agentes de la Benemérita. Me lo habrá ganado a pulso, pero confiando en que el agente interprete con criterio amplio la actuación que le obliga a efectuar la propuesta de sanción y no se ensañe y ponga coletillas del estilo "con grave riesgo para la circuación rodada" y aparte de echarme la regañina proponga la sanción menos grave. Es un riesgo que asumo.
 
Como en todo se trata de aplicar una norma. La norma no prevé todas las situaciones. Se puede aplicar estrictamente o adaptándose a las circunstancias existentes en el momento. Cada uno debe asumir la responsabilidad de sus actos. El agente tambien debe interpretar la gravedad de la infracción y aplicar la norma a la situación concreta. Hay agetes y agentes. Y conductores y conductores. Parece de perogrullo, pero yo no me voy a caer de la moto o le voy a provocar un calentón por ir detrás de un tractor agrícola que no supera los 40 km/h durante 3 minutos si la situación y condiciones de la vía me permiten adelantarlo sin provocar una situación de riesgo. Ya sabemos que pintar una raya contínua constante es más fácil que ponerse a regular tramos en que es posible adelantar en una carretera de montaña midiendo las distancias y poniendo las señales correspondientes. Prohibir es lo fácil y económico. Regular es un poco más laborioso y costoso.

Con esto no quiero animar a ninguno a cometer infracciones ni criticar a los que respetan en todo tiempo y lugar una regulación escasa inadecuada. Claro que la interprestación es mía y asumo por lo tanto las consecuencias negativas si me veo en la alternativa de ser denunciado y sancionado. Y por ello no criticaré a la DGT ni a los agentes de la Benemérita. Me lo habrá ganado a pulso, pero confiando en que el agente interprete con criterio amplio la actuación que le obliga a efectuar la propuesta de sanción y no se ensañe y ponga coletillas del estilo "con grave riesgo para la circuación rodada" y aparte de echarme la regañina proponga la sanción menos grave. Es un riesgo que asumo.

De acuerdo en que asumas el riesgo de ganarte una multa y que responsabilidad tuya es, pero hombre, no existe en el mercado NINGUNA moto que pille un calenton por ir detrás de un tractor un ratito, pon otra excusa :D:D:D
 
Me hace gracia lo que son las argumentaciones de la gente según sus intereses. En estos días en otro hilo hemos discutido sobre las bicis y al llegar al tema de poder adelantarlas pisando línea y dejando 1.5 metros, no veas algunos que no le gustan las bicis, que si eso es un peligro, que si no se puede hacer aunque este permitido, que si luego viene uno de frente y a ver de quien es la culpa, que la bici debería tener seguro por si hay un accidente. que el de quien adelanta no se haría cargo, etc etc.
Y aquí todo lo contrario, la gente adelanta en continua y les da igual.

Ya no se que decir...:rolleyes2::rolleyes2::rolleyes2:

Por cierto, sigo pensando que de pasta tiene el personal, les da igual perder 400 0 500 pavos si te pillan, mejor jugárselos a la primitiva, seguro que mas ganamos:D:D:D
 
Yo normalmente soy bastante prudente y suelo estar atento, pero lo que tengo asumido es que prefiero pagar 50 €, como me pasó hace un par de semanas en la circunvalación de Sn Sn, por ir a 95 km/h, que ir a 75 y quedarme dormido encima de la moto. Y que conste que 50 € son 50 € para mí como para cualquier mortal. A la primitiva, bonoloto y LN juego desde hace más de 40 años todas las semanas pero no acabo de poder anticipar la jubilación y así tener más tiempo para andar en moto y que me puedan echar más multas. :D
 
Hombre, ir por autopista a 145 y jugártela que te pille un radar y pagar 50 euros por pronto pago, es una cosa y jugarte 500 y 6 puntos otra. Yo no me puedo jugar ni los 500 ni los 6 puntos, asi que ni en broma. Pero que cada uno haga lo que quiera como he repetido varias veces. Con que alguno se entere de que van estas infracciones me conformo
 
Yo normalmente soy bastante prudente y suelo estar atento, pero lo que tengo asumido es que prefiero pagar 50 €, como me pasó hace un par de semanas en la circunvalación de Sn Sn, por ir a 95 km/h, que ir a 75 y quedarme dormido encima de la moto. Y que conste que 50 € son 50 € para mí como para cualquier mortal. A la primitiva, bonoloto y LN juego desde hace más de 40 años todas las semanas pero no acabo de poder anticipar la jubilación y así tener más tiempo para andar en moto y que me puedan echar más multas. :D
Son 100 aurelios...
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"La moto cura cosas que la medicina no puede ."
 
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Son 100 aurelios...
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"La moto cura cosas que la medicina no puede ."

Eso es simplemente por pisar la raya cuando vamos conduciendo (aunque vayamos solos) no tiene nada que ver con adelantar en continua. Para información del personal, el tomar una curva cogiendo toda la calzada en carreteras de doble sentido son 500 euros y 6 puntos al igual de lo que estamos hablando de adelantar en continua que es falta muy grave y mismo importe y puntos. Por resumir, todo lo que sea circular en sentido contrario es falta muy grave( 500 napos y 6 puntos) y te lo pueden aplicar si se ponen serios ( que no significa que sea siempre)
Para el que deja adelantar y circula por el arcen sin causa justificada de emergencia son 200 euros.( existe normstiva especifica)
 
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Quiero explicar que yo ni soy policía, ni jurista ni madre superiora de ningún convento. Solo soy alguien que hace unos 80 mil kms al año y me preocupo muy mucho de que no me multen por que no me lo puedo permitir, por eso me preocupo de estar al dia en normativa.
 
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"La moto cura cosas que la medicina no puede ."
 
De un adelantamiento invadiendo el carril contrario a conducción temeraria hay muchos grises...
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"La moto cura cosas que la medicina no puede ."
 
De un adelantamiento invadiendo el carril contrario a conducción temeraria hay muchos grises...
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"La moto cura cosas que la medicina no puede ."

Finn , no te voy a rebatir mas y con esto me voy del hilo. No estas dando ni una con los artículos relacionados, estas utilizando otros.

Te pongo uno:

"Circular por la izquierda en una via de doble sentido de la circulación en sentido contrario al estipulado" Falta muy grave, 500 euros y 6 puntos. Ya con eso te aplican la falta muy grave directamente si adelantas en continua si quiere el agente.

Como deberes te dejo que me busques el articulo que he puesto :D:D

Ale señores , que ustedes lo adelanten bien.Solo quería ayudar no estar rebatiendo a cada uno que no se sabe el código de circulación y rebuscan en internet a ver si me pillan. Simplemente con leer revistas especializadas en trafico esta uno informado.
 
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Es un codificado actualizado a Mayo 2016.. Ya sabéis lo que hay.
Un saludo.
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"La moto cura cosas que la medicina no puede ."
 
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Es un codificado actualizado a Mayo 2016.. Ya sabéis lo que hay.
Un saludo.
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"La moto cura cosas que la medicina no puede ."

Finn es que me las pones a huevo, macho y uno no se puede resistir!!! :D:D

Estas sanciones son porque hay excepciones a poder adelantar AUNQUE NO HAYA SEÑAL DE PROHIBIDO ADELANTAR o nisiquiera raya que delimite ambas calzadas, o como por ejemplo si un camión nos limita la visibilidad aunque haya discontinua y aun asi adelantemos, aparte de las curvas sin visibilidad, cambios de rasante, etc.
Tal como pone arriba son maniobras de adelantamiento que atentan a la seguridad vial. El adelantar en prohibido es otra cosa. Estas que citas son excepciones a la norma general que si no lo prohibe esta permitido.
Mira te aconsejo que te leas el temario donde explican detenidamente todas estas normas y te enteraras mejor, viene en la pagina de la DGT. Eso es solo el articulado de multas y cuantias y si te limitas a buscar el que te de la razón, pues te pasa lo que te pasa.
No seas cabezota.
 
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"La moto cura cosas que la medicina no puede ."
 
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"La moto cura cosas que la medicina no puede ."


¿¿Y??

Eso que pones es la simple explicación de lo que significa una señal de prohibido adelantar, nada mas, vamos, lo que aprendemos en la autoescuela, lo que a Trafico le gusta llamar la señal R 305.
No se que aporta esto sinceramente.
 
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Para dejarnos ya de tanta coña y de copiar multas, lee el ultimo párrafo. Multa muy grave (500 euros+6 puntos). te lo pueden aplicar siempre que ellos quieran porque estas circulando por el carril contrario sin estar permitido ( al contrario que en discontinua que esta permitido para adelantar ) Tambien cuando cogemos la curva entera los dos carriles para trazar nos la pueden aplicar porque estamos circulando por el carril contrario sin estar adelantando a nadie. NO DIGO QUE SIEMPRE SEA ASI, pero que nos la jugamos si el guardia se pone estricto. Creo que esta clara la norma. A partir de ahí lo que quieras, lo dejo a la interpretación de cada uno y sobre todo del que quiera multarte.Leete artículos de Motociclismo y de revistas de automóviles y veras que hablan del tema.Luego el Pegasus se pone las botas.
Yo no me la juego.



SECCIÓN 1.ª Sentido de la circulación
Artículo 29. Norma general.
1. Como norma general, y muy especialmente en las curvas y cambios de rasante de reducida
visibilidad, los vehículos circularán en todas las vías objeto de la Ley sobre Tráfico, Circulación de
Vehículos a Motor y Seguridad Vial por la derecha y lo más cerca posible del borde de la calzada,
manteniendo la separación lateral suficiente para realizar el cruce con seguridad (artículo 13 del
texto articulado).
Aun cuando no exista señalización expresa que los delimite, en los cambios de rasante y
curvas de reducida visibilidad, todo conductor, salvo en los supuestos de rebasamiento previstos en
el artículo 88, debe dejar completamente libre la mitad de la calzada que corresponda a los que
puedan circular en sentido contrario.
2. Los supuestos de circulación por la izquierda, en sentido contrario al estipulado en una vía
de doble sentido de la circulación, tendrán la consideración de infracciones muy graves, conforme se
prevé en el artículo 65.5.f) del texto articulado.
 
Última edición:
Voy a discrepar un poco, e igual muchos se me echaran encima, pero unas marcas viales, ya sean continuas o discontinuas, si no hay una señalizacion vertical que lo prohiba o autorice el adelantamiento, en un puerto, solo son y exclusivamente, un indicador de separacion de carriles, nada mas. Juraria que si no existen las señales verticales tanto de prohicion como de autorizacion, solo sirven para de limitar los carriles, nada mas. Y ahora....que me caigan todas,.....:undecided:
 
Hay señales para indicar si la línea contínua sólo indica el centro de la vía.

Ya sabemos que si no se puede adelantar, es sólo una prohibición y el que quiera saltarse la prohibición, podrá hacerlo bajo su responsabilidad, pero esa responsabilidad incluye el pago de las sanciones correspondientes si te pillan. El espíritu de la Ley suele ser: vamos a ver si así se enteran de una maldita vez de que haciendo ciertas cosas se mata la gente. Yo, tal como están de vacías las arcas del Estado, intentaría no dar demasiadas oportunidades a que me sancionaran, exactamente como Macauy. Además, no me vendría muy bien de cara a vacaciones.
 
Hay señales para indicar si la línea contínua sólo indica el centro de la vía.

Ya sabemos que si no se puede adelantar, es sólo una prohibición y el que quiera saltarse la prohibición, podrá hacerlo bajo su responsabilidad, pero esa responsabilidad incluye el pago de las sanciones correspondientes si te pillan. El espíritu de la Ley suele ser: vamos a ver si así se enteran de una maldita vez de que haciendo ciertas cosas se mata la gente. Yo, tal como están de vacías las arcas del Estado, intentaría no dar demasiadas oportunidades a que me sancionaran, exactamente como Macauy. Además, no me vendría muy bien de cara a vacaciones.
Hoy en dia, todavia existen puertos, en los que no hay señalizacion vertical de prohibicion de adelantar alguna o de autorizacion para ello, solo exiten las lineas horizontales de separacion de carriles, y solo por ese hecho, no es denunciable, ya pudiendo ser continua o discontinua. Siempre lo he entendido asi.......;)
 
Un apunte Bmonw, no existen las señales de autorizacion para adelantar, solo de prohibicion y final de prohibicion.

Sobre las lineas continuas la normativa es absolutamente clara, NO se puede adelantar excepto las excepciones ya comentadas ( ciclos, animales,etc) y a motocicletas sin que se invada el carril contrario.
A eso sumale que en una curva sin visibilidad ( tipicas de puertos) y cambios de rasantes tampoco se puede aunque no exista señal vertical u horizontal que lo prohiba.
 
Joer tíos, vaya horas que tenéis para ir adelantando por ahí.
Yo en estos horarios en fin de semana solo adelanto a la parienta para ir al baño y piso lo que tenga que pisar para volver a toda velocidad a la cuna.
 
Segun el apart.1 del art.36 y el apart.5 del art 85 del RGC, se podra adelantar pisando la linea continua si la velocidad del adelantado es inferior a la mitad de la máxima establecida en esa via, o esta clasificado como determinados usuarios de la via.
Y como en TODAS las leyes, existen diversas interpretaciones.
Un saludo a todos.

Pd, como anécdota, ayer mismo con mi moto en varios tramos que la via permitia el adelantamiento, ni se me ocurria adelantar por la peligrosidad de la maniobra, la carretera era la as-12.
 
Voy a discrepar un poco, e igual muchos se me echaran encima, pero unas marcas viales, ya sean continuas o discontinuas, si no hay una señalizacion vertical que lo prohiba o autorice el adelantamiento, en un puerto, solo son y exclusivamente, un indicador de separacion de carriles, nada mas. Juraria que si no existen las señales verticales tanto de prohicion como de autorizacion, solo sirven para de limitar los carriles, nada mas. Y ahora....que me caigan todas,.....:undecided:
Entre Olocau y Altura, en Valencia, hay un puertecillo entretenido donde creo recordar que un panel dice algo así como: " La línea pintada en la calzada unicamente indica el eje central de la misma "...
Entiendo que es una excepción y que deja totalmente bajo tu responsabilidad el adelantamiento...

"La moto cura cosas que la medicina no puede ."
 
Entre Olocau y Altura, en Valencia, hay un puertecillo entretenido donde creo recordar que un panel dice algo así como: " La línea pintada en la calzada unicamente indica el eje central de la misma "...
Entiendo que es una excepción y que deja totalmente bajo tu responsabilidad el adelantamiento...

"La moto cura cosas que la medicina no puede ."
Efectivamente. Si no existe señal vertical de prohibicion, es asi. Solo se trata de una delimitacion de carriles, y esto ocurre y tal como he reflejado, en bastantes puertos de montañas, y sobre todo de carreteras secundarias.
Si he puesto anteriormente autorizacion para adelantar, evidentemente, es que la prohibicion como tal, ya no existe, quizas asi este mejor definido.
 
Última edición:
Segun el apart.1 del art.36 y el apart.5 del art 85 del RGC, se podra adelantar pisando la linea continua si la velocidad del adelantado es inferior a la mitad de la máxima establecida en esa via, o esta clasificado como determinados usuarios de la via.
Y como en TODAS las leyes, existen diversas interpretaciones.
Un saludo a todos.

Pd, como anécdota, ayer mismo con mi moto en varios tramos que la via permitia el adelantamiento, ni se me ocurria adelantar por la peligrosidad de la maniobra, la carretera era la as-12.

Ramiro, las leyes del RGC que has nombrado son estas:

Artículo 36. Conductores obligados a su utilización.
1. Los conductores de vehículos de tracción animal, vehículos especiales con masa máxima
autorizada no superior a 3.500 kilogramos, ciclos, ciclomotores, vehículos para personas de
movilidad reducida o vehículos en seguimiento de ciclistas, en el caso de que no exista vía o parte de
ella que les esté especialmente destinada, circularán por el arcén de su derecha, si fuera transitable
y suficiente para cada uno de éstos, y, si no lo fuera, utilizarán la parte imprescindible de la calzada.
Deberán también circular por el arcén de su derecha, o, en las circunstancias a que se refiere este
apartado, por la parte imprescindible de la calzada, los conductores de aquellos vehículos cuya masa
máxima autorizada no exceda de 3.500 kilogramos que, por razones de emergencia, lo hagan a
velocidad anormalmente reducida, perturbando con ello gravemente la circulación.
En los descensos prolongados con curvas, cuando razones de seguridad lo permitan, los
conductores de bicicletas podrán abandonar el arcén y circular por la parte derecha de la calzada que
necesiten.


Artículo 85. Obligaciones del que adelanta durante la ejecución de la maniobra.

5. El conductor de un vehículo de dos ruedas que pretenda adelantar fuera de poblado a otro
cualquiera lo hará de forma que entre aquél y las partes más salientes del vehículo que adelanta
quede un espacio no inferior a 1,50 metros.


Yo no interpreto nada de lo que comentas de la velocidad. En el primero hace mención de como deben circular ciertos vehículos por la calzada y el segundo se refiere a que dejemos 1,5 metros de distancia al adelantado.

¿Te importaria ser mas preciso? Thanks:)
 
Efectivamente. Si no existe señal vertical de prohibicion, es asi. Solo se trata de una delimitacion de carriles, y esto ocurre y tal como he reflejado, en bastantes puertos de montañas, y sobre todo de carreteras secundarias.
Si he puesto anteriormente autorizacion para adelantar, evidentemente, es que la prohibicion como tal, ya no existe, quizas asi este mejor definido.

Pues si, buena información. Entiendo también que son situaciones muy puntuales que se dan en ciertas lugares y que deben estar suficientemente señalizadas de forma clara. He intentado buscar algún articulo al respecto, pero no lo he encontrado. En todos lados que busco son taxativos, salvo las excepciones señaladas.
 
El RGC en su articulo 167 "Marcas blancas longitudinales" dice lo siguiente:

a) Marca longitudinal continua. Una marca longitudinal consistente en una línea continua
sobre la calzada significa que ningún conductor con su vehículo o animal debe atravesarla ni circular
con su vehículo sobre ella ni, cuando la marca separe los dos sentidos de circulación, circular por la
izquierda de aquélla.
Una marca longitudinal constituida por dos líneas continuas adosadas tiene el mismo
significado.
Una línea blanca continua sobre la calzada también puede indicar la existencia de un carril
especial, y los conductores de los vehículos que circulen por el carril especial pueden sobrepasarla
con las debidas precauciones para abandonarlo cuando así lo exija la maniobra o el destino que
pretenden seguir. En este caso la marca es sensiblemente más ancha que en el caso general.



d) Marcas longitudinales continuas adosadas a discontinuas. Cuando una marca consista en
una línea longitudinal continua adosada a otra discontinua, los conductores no deben tener en cuenta
más que la línea situada en el lado por el que circulan. Cuando estas marcas separen sentidos
distintos de circulación, esta disposición no impide que los conductores que hayan efectuado un
adelantamiento vuelvan a ocupar su lugar normal en la calzada.


Entiendo que todo lo que sea distinto a esta norma debe estar señalizado convenientemente, aunque no he encontrado nada al respecto mas alla de explicaciones de la norma:

"MARCA LONGITUDINAL CONTINUA
Una marca longitudinal consistente en una línea
continua sobre la calzada (excepto en el borde
de la calzada) significa que ningún conductor con
su vehículo o animal debe:
· Atravesarla.
· Circular con su vehículo sobre ella.
· Circular por la izquierda de la misma cuando
la marca separe los dos sentidos de
circulación.
Una marca longitudinal constituida por dos líneas
continuas adosadas tiene el mismo significado.
La Norma 8.2.-I.C exige que tenga una longitud mínima de 20 metros."
 
A ver no seamos tan listillos ni tan ingenuos. La ley es clara en este sentido y quitando excepciones que la gente debería saber como ciclos ( bicis, ciclomotores), animales, peatones y traccion animal, el resto esta prohibido, ni siquiera V.E. (tractores) también está prohibido, asi que cuidado con confundir a la gente.

Para no discutir que ya me cansa, copio del twitter de la DGT:

Ana ‏@Txicarrona · 12 may. 2015

@DGTes con los tractores se puede rebasar la línea continua? Según el art. creo que no, pero no se considera obstáculo? Gracias

Dir. Gral. Tráfico ‏@DGTes · 13 may. 2015

@Txicarrona Solo se puede rebasar línea contínua al adelantar: bicicleta, ciclo, ciclomotor, peatón, animal y vehículo de tracción animal


La ley:
SECCIÓN VI. SUPUESTOS EXCEPCIONALES DE OCUPACIÓN DEL SENTIDO CONTRARIO.

Artículo 88. Vehículos inmovilizados.

1. Cuando en un tramo de vía en el que esté prohibido el adelantamiento se encuentre inmovilizado un vehículo que, en todo o en parte, ocupe la calzada en el carril del sentido de la marcha, salvo que la inmovilización venga impuesta por las necesidades del tráfico, podrá ser rebasado, aunque para ello haya que ocupar la parte de la calzada reservada al sentido contrario, después de haberse cerciorado de que se puede realizar la maniobra sin peligro. Con idénticos requisitos se podrá adelantar a conductores de bicicletas, ciclos, ciclomotores, peatones, animales y vehículos de tracción animal, cuando por la velocidad a que circulen puedan ser adelantados sin riesgo para ellos ni para la circulación en general.


Reglamento General de Circulación



Luego podemos discutir que si un coche va averiado por el arcen, etc y vaaale, no pasa nada, pero el hilo no iba de eso, sino de que vamos mas rápido que el abuelete que va delante a 60 por la nacional y se aparta, ESTA PROHIBIDO.

No se cuantas veces se habrá discutido esto en este foro...

Estoy totalmente de acuerdo contigo. La normativa es bien clara.
Saludos.


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Pues me refiero a que ciertos vehiculos tienen la obligacion de circular por el arcen ( incluidos ciclistas), no dice nada de la anchura de esos vehiculos, por lo que con dejar esa separacion de 1,5 m puedes adelantarlos incluso pisando la linea continua si las circunstancias de la via lo permiten sin riesgos para la circulación. Todo ello para favorecer en transito normal de la circulación como se recoge en el RGC.
Yo lo interpreto asi.
Si es cierto que lo que no se puede es adelantar a un abuelete que circula perfectamente con su vehiculo por una via de curvas y hay linea continua, pero eso ya lo doy por supuesto.
Macauy, estoy contigo en todo, excepto en que bajo ningun concepto se pueda adelantar en linea continua.
 
Macauy, estoy contigo en todo, excepto en que bajo ningun concepto se pueda adelantar en linea continua.

NO ME DIGAS ESO !!! :cry::cry:

Si lo he repetido no se cuantas veces!!
Ya en la respuesta 10 lo dejo meridianamente claro y crei que había quedado zanjado las excepciones. Hasta afirme que a los tractores no se podía como afirmaban algunos.
 
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"La moto cura cosas que la medicina no puede ."
 
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"La moto cura cosas que la medicina no puede ."

La verdad es que es una señal que no conocía o al menos no recordaba. Indagando un poco por internet apenas hay reseñas mas alla de algún blog de viajes y algo mas donde comentan semejante chapuza. Parece ser que se da en algunos sitios del norte como Leon y Cantabria, asi que normal que no me suenen, están a mil kms de mi casa. Igual es mas habitual de lo que yo creo, no lo se, o yo no me he fijado.
Lo que me ha llamado la atención es que comentan que es todo el rato discontinua (la señal asi lo parece) por lo que no entraria en el tema que estamos aquí dicutiendo sobre atravesar líneas continuas.
 
Yo creo que esa señal,

y otras parecidas, se dan siempre en carreteras con linea discontinua. En algunos carteles hasta lo pone, que no implica autorizacion para adelantar, solo marca el centro de la carretera. Pero si está pintada con línea continua, no hay nada que discutir.
 
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"La moto cura cosas que la medicina no puede ."
 
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