..eso no es del todo cierto, la Ley te permite ir a 120 con nieve...............aunque la velocidad sí que es genérica, pero SIEMPRE e IRREMISIBLEMENTE, debemos de adaptar nuestra velocidad a las circunstancias de la vía y cuando se dice "circunstancias", se incluyen las climatológicas, viento, lluvia, nieve, niebla, obras, etc, etc,................eso tienes que habértelo leído, por lo menos por encima, al sacarte el permiso de conducción................es como la distancia de seguridad, se incrementará por circunstancias climatológicas, ya que no es igual frenar en seco que en mojado..........
PD...y no sólo eso, te pueden denunciar por ello....