Sanciones por usar intercomunicadores

Es lamentable que tengamos que estar al albedrío de que un individuo este mal humor porque es así o se ha levantado con el pie cambiado y que en su frustración se dedique a poner multas a diestro y siniestro al incauto al que ha parado o pasaba por alli. No entiendo que haya que tolerar o se busque la justificación del ensañamiento (cuando se afirman causas concurrentes para seguir levantando boletines de denuncia o...dejarlo pasar), que es lo que parece.Dice muy muy poco favorable a favor de su profesionalidad y de la de los que le acompañan y permiten tal actitud. Y lo de no permitir grabarlo...


No es que se levante con mal o buen pie, se llama "discrecionalidad del agente", porque si realmente se tuviese que denunciar todo lo que hacemos por la carretera, no harias ni 10 Kms.

Porque esos guardias estan para hacer cumplir lo que pone el Reglamento General de Circulación, les guste o no les guste. Otra cosa es que lo apliquen a rajatabla o no.
 
No es que se levante con mal o buen pie, se llama "discrecionalidad del agente", porque si realmente se tuviese que denunciar todo lo que hacemos por la carretera, no harias ni 10 Kms.

Porque esos guardias estan para hacer cumplir lo que pone el Reglamento General de Circulación, les guste o no les guste. Otra cosa es que lo apliquen a rajatabla o no.
Afortunadamente tenemos a agentes velando por nosotros y no los suficientes ni lo suficientemente equipados creo yo. Algunos energumenos necesitan ellos solos tres o cuatro y todo el dia.

Ahora bien, ya procuro ir yo estrictamente a lo que indican las señales o el Código. Si, digo estrictamente. Lo que no es de recibo es que si cumples estrictamente pongas tu vida en juego y te tiren luces y te piten como posesos e incluso te intenten sacar de la carretera (a lo que si eres un camion nada de nada, ni se atreven). A ver esto como se llama y a ver si estamos a lo que hay que estar y no a tocar las narices a los de las motos porque pasamos por alli -ya sabemos todos que hay sitios "especiales" en kis que si te paran en moto -y si están tienes muchas probabilidades de ser parado e incluso que te hagan esperar mientras llega tu turno- te llevas una receta al menos, con o sin razon (y daria esto para un agrio debate)-

Al que se pase y ponga en riesgo realmente al resto de usuarios que le pongan lo que hay que ponerle y lo saquen de la carretera y de paso nos dejamos de perseguir al que lleva al intercomunicador o a cualquier otra incomprensible o absurda minucia y que ni supone riesgo ni nada de nada. No es dificil, pero requiere más esfuerzo...y mas gasto...y probablemente menos recaudación.

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Afortunadamente tenemos a agentes velando por nosotros y no los suficientes ni lo suficientemente equipados creo yo. Algunos energumenos necesitan ellos solos tres o cuatro y todo el dia.

Ahora bien, ya procuro ir yo estrictamente a lo que indican las señales o el Código. Si, digo estrictamente. Lo que no es de recibo es que si cumples estrictamente pongas tu vida en juego y te tiren luces y te piten como posesos e incluso te intenten sacar de la carretera (a lo que si eres un camion nada de nada, ni se atreven). A ver esto como se llama y a ver si estamos a lo que hay que estar y no a tocar las narices a los de las motos porque pasamos por alli -ya sabemos todos que hay sitios "especiales" en kis que si te paran en moto -y si están tienes muchas probabilidades de ser parado e incluso que te hagan esperar mientras llega tu turno- te llevas una receta al menos, con o sin razon (y daria esto para un agrio debate)-

Al que se pase y ponga en riesgo realmente al resto de usuarios que le pongan lo que hay que ponerle y lo saquen de la carretera y de paso nos dejamos de perseguir al que lleva al intercomunicador o a cualquier otra incomprensible o absurda minucia y que ni supone riesgo ni nada de nada. No es dificil, pero requiere más esfuerzo...y mas gasto...y probablemente menos recaudación.

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Estrictamente a lo que marcan las señales las 24H, me vas a disculpar pero no creo ni que lo haga el Papa por el Vaticano.
 
Estrictamente a lo que marcan las señales las 24H, me vas a disculpar pero no creo ni que lo haga el Papa por el Vaticano.
Debo ser un raro, pero vigilo estar siempre cumpliendo, lo que me trae disgustos con los prisas y con los energúmenos. Y me meto del orden de 50/60.000 kms al año...vamos, que no estoy en casita guardado.
Lo peor de lo peor son los carteles de 30 o 20 en la ciudad. Eso va a ocasionar más de un accidente...

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Debo ser un raro, pero vigilo estar siempre cumpliendo, lo que me trae disgustos con los prisas y con los energúmenos. Y me meto del orden de 50/60.000 kms al año...vamos, que no estoy en casita guardado.
Lo peor de lo peor son los carteles de 30 o 20 en la ciudad. Eso va a ocasionar más de un accidente...

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Es que hay límites de velocidad que aparte de incomprensibles, son difíciles de cumplir...
 
Es que hay límites de velocidad que aparte de incomprensibles, son difíciles de cumplir...

y algunos que con limite 90 llevan el coche a 30 tambien los hay . El domingo me encontré uno polo rojo en la Crta Toledo Avila , con línea continua 2 kms tras él a 30 kms hora.
 
y algunos que con limite 90 llevan el coche a 30 tambien los hay . El domingo me encontré uno polo rojo en la Crta Toledo Avila , con línea continua 2 kms tras él a 30 kms hora.

Pues eso es "velocidad anormalmente reducida" (por debajo de la mínima, que es la mitad de la máxima genérica para el tipo de vía) y, si no recuerdo mal el reglamento, podrías haberlo adelantado si se dan las condiciones necesarias de seguridad, a saber: visibilidad suficiente, sin tráfico de frente, sin incorporaciones o intersecciones cercanas, etc...
 
hay sitios "especiales" en kis que si te paran en moto -y si están tienes muchas probabilidades de ser parado e incluso que te hagan esperar mientras llega tu turno- te llevas una receta al menos, con o sin razon (y daria esto para un agrio debate)-

A mi nunca me han multado sin razon, una cosa es que este o no mas de acuerdo con lo que dice el reglamento, pero sin razon nunca.

Es como el tema que nos atañe, me gustara mas o menos que no sea legal llevar intercomunicadores ( lo llevo), pero si me multan sera que lo pone en el RGC, me guste o no me guste.
 
Pues eso es "velocidad anormalmente reducida" (por debajo de la mínima, que es la mitad de la máxima genérica para el tipo de vía) y, si no recuerdo mal el reglamento, podrías haberlo adelantado si se dan las condiciones necesarias de seguridad, a saber: visibilidad suficiente, sin tráfico de frente, sin incorporaciones o intersecciones cercanas, etc...

En esas condiciones sólo se puede adelantar a bicis, ciclomotores, peatones, animales y vehículos de tracción animal. A los turismos sólo cuando estén detenidos se les podrá rebasar. Es curioso porque no me sonaba que estuvieran incluidos los turismos pero estaba convencido de que sí lo estaban los vehículos especiales que resulta que tampoco están.
 
En esas condiciones sólo se puede adelantar a bicis, ciclomotores, peatones, animales y vehículos de tracción animal. A los turismos sólo cuando estén detenidos se les podrá rebasar. Es curioso porque no me sonaba que estuvieran incluidos los turismos pero estaba convencido de que sí lo estaban los vehículos especiales que resulta que tampoco están.
Si no me equivoco, corrígeme si no es así, al vehículo que circula anormalmente lento lo pueden multar, no?
 
Creo que todos o la mayoría, cuando realizamos una acción prohibida, lo asumimos y sabemos el precio de tal acción. No depende de como se haya levantado el guardia esa mañana, depende de nosotros mismos, que ese día me avisa y no me denuncia, pues bienvenido sea.

Es como cuando voy a un bar y me pido una caña, antes de pedirla, se o debería saber el precio y si estoy dispuesto a pagarlo. No espero que el camarero se haya levantado de humor o no para que me invite.
 
En esas condiciones sólo se puede adelantar a bicis, ciclomotores, peatones, animales y vehículos de tracción animal. A los turismos sólo cuando estén detenidos se les podrá rebasar. Es curioso porque no me sonaba que estuvieran incluidos los turismos pero estaba convencido de que sí lo estaban los vehículos especiales que resulta que tampoco están.

Pues mira, yo convencido de que a los VE se podía adelantar siempre y cuando se dieran condiciones de buena visibilidad, etc...vaya faena.
 
En esas condiciones sólo se puede adelantar a bicis, ciclomotores, peatones, animales y vehículos de tracción animal. A los turismos sólo cuando estén detenidos se les podrá rebasar. Es curioso porque no me sonaba que estuvieran incluidos los turismos pero estaba convencido de que sí lo estaban los vehículos especiales que resulta que tampoco están.

Por eso he puesto lo de "si no recuerdo mal", gracias por la aclaración. Estas conversaciones van bien para refrescar el reglamento.
Por cierto, los ciclomotores creo que sólo se pueden adelantar en continua cuando van por el arcén. Si no hay arcén y van por la calzada hay que esperar a que haya discontinua. Me equivoco?
 
Te has flipado, si piensas que por pensar así, es con alguien con el que no puedes hablar, ya hemos hablado lo suficiente.
Evidentemente estas en posesión de la verdad.
Personalmente me aisla más del exterior mi coche que mi casco con "altavoces"

Un saludo.


....sabes de sobra que no me refiero a eso y lo sabes y lo sabes y lo sabes.....para el que quiera entenderlo se trata de lo siguiente.....tu expones tu opinion, yo expongo la mia, tu rebates, yo rebato......y cuando uno de los dos se va por peteneras y mezcla churros con merinas, pues me retiro discretamente......solo es eso....

.....si yo estoy a favor de los intercomunicadores para ciertas cosas y empiezan a decir que si te distrae el gps del coche o la radio o la música alta, que si los cristales cerrados, pues ahí lo dejo.......no vale la pena discutir.....

...no estoy en posesion de la verdad, pero si estoy en posesión de la legislación vigente y eso es estar en posesion de la parte legal, por lo que discutir por algo que esta escrito y legislado y defender el texto de la Ley, no es estar de acuerdo con ella, pero si que defiendo la legalidad, li que esta aprobado o prohibido, que no es lo mismo......y tu, si tienes permiso de conducir, deberías de saberlo.......porque puedes discutir que un árbol sea pequeño o grande, verde o marrón....pero una señal de STOP es una señal de Stop, aquí y en Roma......

...y se que hay gente que puede no entenderlo, pero es normal, no se puede pedir a todo el mundo los mismos conocimientos en una materia, yo de lo que no conozco, no discuto....

..¿entiendes ahora la diferencia entre defender lo aprobado , escrito y publicado por Ley a estar en posesion de la verdad?.......

....y no...no me he flipado...
 
No es que se levante con mal o buen pie, se llama "discrecionalidad del agente", porque si realmente se tuviese que denunciar todo lo que hacemos por la carretera, no harias ni 10 Kms.

Porque esos guardias estan para hacer cumplir lo que pone el Reglamento General de Circulación, les guste o no les guste. Otra cosa es que lo apliquen a rajatabla o no.


...tienes razón PANCHITO, es más, cuando dicen que dependen del humor del agente no se dan cuenta, o si, de que la mayoría de las denuncias de este tipo dependen del comportamiento del motero.......muchas veces paran a alguien solo por control o por cualquier circunstancia que nada tiene que ver con una infracción y se terminan yendo denunciados........muchas veces porque se lo ganan a pulso.......solo hay que leer por el foro para saber comi se comportaría alguno en caso de pararlo......

....y no esta bien que lo diga, pero estoy de acuerdo y es lo que hay, la educación y el respeto han evitado muchas denuncias leves, la irrespetuosidad sin embargo, no se perdona.....
 
Por eso he puesto lo de "si no recuerdo mal", gracias por la aclaración. Estas conversaciones van bien para refrescar el reglamento.
Por cierto, los ciclomotores creo que sólo se pueden adelantar en continua cuando van por el arcén. Si no hay arcén y van por la calzada hay que esperar a que haya discontinua. Me equivoco?

No hace mención explícita a que tengan que circular por el arcén, al contario, se refiere a cuando "ocupe la calzada en el carril del sentido de la marcha".

Cuando tiramos de memoria es fácil que haya algún error ;)
 
...tienes razón PANCHITO, es más, cuando dicen que dependen del humor del agente no se dan cuenta, o si, de que la mayoría de las denuncias de este tipo dependen del comportamiento del motero.......muchas veces paran a alguien solo por control o por cualquier circunstancia que nada tiene que ver con una infracción y se terminan yendo denunciados........muchas veces porque se lo ganan a pulso.......solo hay que leer por el foro para saber comi se comportaría alguno en caso de pararlo......

....y no esta bien que lo diga, pero estoy de acuerdo y es lo que hay, la educación y el respeto han evitado muchas denuncias leves, la irrespetuosidad sin embargo, no se perdona.....
Ósea, que a uno se le denuncia o no porque es o no es respetuoso, no porque haya cometido una infracción. Aunque no haya hecho nada, como no es respetuoso, servil y sumiso, lo denunció. Grandioso!
Y además por escrito, insuperable.
Si alguno con responsabilidad y graduación en el cuerpo lee esto, se debe de estar haciendo cruces.
Lo que hay que leer...
 
Ósea, que a uno se le denuncia o no porque es o no es respetuoso, no porque haya cometido una infracción. Aunque no haya hecho nada, como no es respetuoso, servil y sumiso, lo denunció. Grandioso!
Y además por escrito, insuperable.
Si alguno con responsabilidad y graduación en el cuerpo lee esto, se debe de estar haciendo cruces.
Lo que hay que leer...

Creo que esto es solo una opinión de alguien , no lo hagamos verdad sin serlo , no es una realidad verificada por nadie del cuerpo.

Que puede haber pasado alguna vez? No lo discuto , pero no creo que sea la forma de actuar o protocolo oficial .
 
Creo que esto es solo una opinión de alguien , no lo hagamos verdad sin serlo , no es una realidad verificada por nadie del cuerpo.

Que puede haber pasado alguna vez? No lo discuto , pero no creo que sea la forma de actuar o protocolo oficial .
Hombre, ya.
Solo faltaba que ese fuera el proceder de una institución.
Imagínate a un juez diciendo lo mismo, es sencillamente lamentable.
 
Ósea, que a uno se le denuncia o no porque es o no es respetuoso, no porque haya cometido una infracción. Aunque no haya hecho nada, como no es respetuoso, servil y sumiso, lo denunció. Grandioso!
Y además por escrito, insuperable.
Si alguno con responsabilidad y graduación en el cuerpo lee esto, se debe de estar haciendo cruces.
Lo que hay que leer...

Creo que no nos entendemos con lo de respetuoso.
Viene a ser que en cualquier control se detecta una infraccion leve y el policia que tiene la protestad de denunciar o no denunciar, le explica al motero (es un foro de motos) por la infraccion y al explicarselo, empezamos a rechistar y a quejarnos y demas cosas que todos sabemos que decimos, en vez de callarnos, pues el guardoa con todas las de la ley en la mano, te llevas la denuncia y encima te vas mas cabreado por esa chorrada, ni que sea un intermitente fundido.
 
Creo que no nos entendemos con lo de respetuoso.
Viene a ser que en cualquier control se detecta una infraccion leve y el policia que tiene la protestad de denunciar o no denunciar, le explica al motero (es un foro de motos) por la infraccion y al explicarselo, empezamos a rechistar y a quejarnos y demas cosas que todos sabemos que decimos, en vez de callarnos, pues el guardoa con todas las de la ley en la mano, te llevas la denuncia y encima te vas mas cabreado por esa chorrada, ni que sea un intermitente fundido.

...lo saben perfectamente Panchito, es como en el foro, saben las normas y las sanciones, pero siempre hay sanciones y alguna que otra expulsión......pues será porque se las ganan a pulso, no porque el Moderador de turno tenga un mal día o porque el Administrador no haya dormido bien.....

...Gracias a Dios que son pocos....pues en carretera lo mismo, el que busca, encuentra....
 
Hola a todos,
No me he leído todo lo que hay en el hilo, porque ando liado pero si, a mi me multaron por el intercomunicador. Y lo llevaba apagado, pero les dio igual. Fue en la rotonda de Isla Azul en Madrid que se ponen muchísimo. 200€ y 3 puntos. La estuve recurriendo con DVuelta y nada, no os recomiendo que los uséis para recurrir esta multa porque fue un fiasco.
Si teneis alguna pregunta ya sabeis...
Vsss
 
Pues qué mala suerte, te tocó la lotería, pero de la mala. Por curiosidad, te pararon en un control rutinario? Te multaron por alguna otra infracción o sólo por el intercomunicador? De todas formas es bastante extraño, porque lo que está prohibido es su utilización, no el llevarlo en el casco. Lo pone literalmente en el artículo del código de circulación: " Queda prohibido conducir utilizando cascos o auriculares conectados a aparatos receptores o reproductores de sonido, excepto durante la realización de las pruebas de aptitud en circuito abierto para la obtención de permiso de conducción en las condiciones que se determinen reglamentariamente", "Se prohíbe la utilización durante la conducción de dispositivos de telefonía móvil y cualquier otro medio o sistema de comunicación ..."

Un saludo
 
En la multa puso esto:
Captura de pantalla de 2020-08-31 15-07-07.png
Y me queje porque era falso, no lo estaba usando y su respuesta fue que por eso ponía lo de BT instalado en el casco, porque me dijo que no se podía ni tenerlo puesto.
No me multaron por nada más. Se ponen ahí muchas veces a parar a saco y a hacer caja, y como a mi no me encontraron nada porque voy legal ( o eso pensaba) pues me la enchufo por eso. Yo creo que tenía mal día y la pagó conmigo, porque además fue bastante desagradable conmigo.
En fin, si, fue mala suerte, pero me decepcionó mucho que los de DVuelta no fueran capaces de ganar el recuso cuando he oído de gente que lo ha ganado.

Pero vamos me parece muy triste que multen x eso...yo lo llevaba solo para cuando ponia el GPS (lo cual me da seguridad, saber x dnd tengo que ir), asi que ya nada.
 
Hola,

Viendo el texto de la denuncia que dice @carvillac, se me ocurre una pregunta:
Que pasa cuando el denunciante (G.C. Mossos, Ertzaina (no se si se escribe así), etc.) pone un texto como el indicado de "Conducir utilizando cascos conectados a bluetooth.... " y no es cierto?
No entro a valorar si el compañero usaba o no usaba los cascos, eso solo lo sabe él, si no que si la autoridad de turno escribe dicho texto no siendo real, ¿como se recurre?

En ese caso, creo que simplemente estamos Jodid...

Aclaracion: No quiero insinuar nada de las autoridades, pero no deja de ser su palabra contra la nuestra y por la llamada "presuncion de veracidad" en sus funciones, no hay quien demuestre lo contrario.

Saludos
 
Hola,

Viendo el texto de la denuncia que dice @carvillac, se me ocurre una pregunta:
Que pasa cuando el denunciante (G.C. Mossos, Ertzaina (no se si se escribe así), etc.) pone un texto como el indicado de "Conducir utilizando cascos conectados a bluetooth.... " y no es cierto?
No entro a valorar si el compañero usaba o no usaba los cascos, eso solo lo sabe él, si no que si la autoridad de turno escribe dicho texto no siendo real, ¿como se recurre?

En ese caso, creo que simplemente estamos Jodid...

Aclaracion: No quiero insinuar nada de las autoridades, pero no deja de ser su palabra contra la nuestra y por la llamada "presuncion de veracidad" en sus funciones, no hay quien demuestre lo contrario.

Saludos

Lo que ocurre es que los agentes llevan un codificado de Tráfico con las distintas infracciones y en ésta en concreto sale tal cual se lee en la denuncia que le han puesto a carvillac, así que no le han denunciado por llevarlo sino por usarlo, aunque en realidad no lo estuviera usando. Lo correcto es que a continuación de ese texto ya pre-escrito aludan a qué aparato llevan conectado a esos altavoces y si lo están usando, es decir, no basta con copiar el texto que vemos sino que tienen que dejar claro lo demás.
 
Lo que vino a decirme el señor agente fue eso...que ellos no tenían mas opciones que lo que les viene codificado y que lo que les viene es eso y por eso puso la de que estaba instalado en el casco.
En fin, yo ya no tengo mas huevos que joderme...pero andaos con ojo.
 
Lo que vino a decirme el señor agente fue eso...que ellos no tenían mas opciones que lo que les viene codificado y que lo que les viene es eso y por eso puso la de que estaba instalado en el casco.
En fin, yo ya no tengo mas huevos que joderme...pero andaos con ojo.

Una pena, porque en tu caso se trata de un error. Tú no cometiste esa infracción y el recurso que te hicieron, o estaba mal fundamentado o el instructor se lo pasó por el forro. Si ese recurso estuviera bien hecho tendrías opciones en un contencioso con la administración.
 
Una pena, porque en tu caso se trata de un error. Tú no cometiste esa infracción y el recurso que te hicieron, o estaba mal fundamentado o el instructor se lo pasó por el forro. Si ese recurso estuviera bien hecho tendrías opciones en un contencioso con la administración.
Eso es...creo que los de DVuelta no estvieron a la altura ni mucho menos. Los contrate porque penśe que habrian hecho muchos recursos de este tipo y como he dicho antes..fue un fiasco. Asi que como consejo a todos...si no lo vais a ir usando...al menos quitad el aparatito que va fuera del casco y así no llama la atención.
 
Gracias @Dibi,

Queda algo mas claro, sobre todo el que deban especificar adicionalmente al texto precodificado la conexión y el uso.
Tal como lo veía, a todas luces era un "te la comes con paratas".

Se agradece la explicación.

Saludos
 
Hola,

lamento lo de la sanción.

y por eso pregunté por los samsung buds en el subforo de equipamiento.

Saludos,
Alex
 
yo soy de mollet del valles bcn y fui a la comisaria de los mosso y se lo pregunte segun ellos en cataluña no habian multado a nadie y me dijeron que por el territorio catalan podia ir con ellos , si salia de cataluña si queria estar tranquilo mejor que no los llevara pero que no era muy habitual que la guardia civil multara
 
yo soy de mollet del valles bcn y fui a la comisaria de los mosso y se lo pregunte segun ellos en cataluña no habian multado a nadie y me dijeron que por el territorio catalan podia ir con ellos , si salia de cataluña si queria estar tranquilo mejor que no los llevara pero que no era muy habitual que la guardia civil multara

No te fíes, quien te ha dicho eso te lo ha dicho a título personal, en realidad cada agente hace lo que le parece. En Cataluña tienes tanto riesgo de ser denunciado como en cualquier otro lugar, por no hablar de que no sólo denuncian los mossos, los policías locales también lo pueden hacer.
 
Una pena, porque en tu caso se trata de un error. Tú no cometiste esa infracción y el recurso que te hicieron, o estaba mal fundamentado o el instructor se lo pasó por el forro. Si ese recurso estuviera bien hecho tendrías opciones en un contencioso con la administración.

Con llevarlo Clipado en el casco ya te pueden multar por que el guardia o agente nunca pueden saber si lo llevas o no encendido y por que si no lo vas usando , que sentido tiene llevarlo clipado ?

Si no quieres multa no lo lleves.

Yo asumo que con el clipado pueden multarme .
 
Con llevarlo Clipado en el casco ya te pueden multar por que el guardia o agente nunca pueden saber si lo llevas o no encendido y por que si no lo vas usando , que sentido tiene llevarlo clipado ?

Si no quieres multa no lo lleves.

Yo asumo que con el clipado pueden multarme .

No deben denunciarte porque la infracción sólo se da con el uso y si conduces. En mi opinión si se lleva en marcha, funcionando, se podría considerar que se está usando, o no, es muy subjetivo por lo ambiguo del asunto, pero nunca por llevarlo colocado en el casco si es que está apagado.

Recuerda que el intercomunicador per se no está prohibido, están prohibidos los dispositivos receptores o reproductores de sonido conectados a... Si el intercom no está conectado no es un aparato prohibido, aunque prohibido no lo es en ningún caso, sino su uso.
 
En la multa puso esto:
Ver el archivo adjunto 208460
Y me queje porque era falso, no lo estaba usando y su respuesta fue que por eso ponía lo de BT instalado en el casco, porque me dijo que no se podía ni tenerlo puesto.
No me multaron por nada más. Se ponen ahí muchas veces a parar a saco y a hacer caja, y como a mi no me encontraron nada porque voy legal ( o eso pensaba) pues me la enchufo por eso. Yo creo que tenía mal día y la pagó conmigo, porque además fue bastante desagradable conmigo.
En fin, si, fue mala suerte, pero me decepcionó mucho que los de DVuelta no fueran capaces de ganar el recuso cuando he oído de gente que lo ha ganado.

Pero vamos me parece muy triste que multen x eso...yo lo llevaba solo para cuando ponia el GPS (lo cual me da seguridad, saber x dnd tengo que ir), asi que ya nada.

Pues si, es que la mayoría terminan pagando, nada nuevo, aquí muchos dicen que si si que si no, que si el video de majes, que si en internet pone que eso u lo otro, se muestra una resolucion de hace muchos años, que la recurran que la ganan etc etc y al final la GRAN mayoría pagan la multa, pierden el recurso y el descuento, así que lo mejor es "agachar" la cabeza y pagar que es lo mas rápido, lo mas fácil y sobre todo lo mas barato, mientras no cambien la norma en general si hay denuncia a pasar por caja y la excepción de alguna no confirma la regla.
 
No deben denunciarte porque la infracción sólo se da con el uso y si conduces. En mi opinión si se lleva en marcha, funcionando, se podría considerar que se está usando, o no, es muy subjetivo por lo ambiguo del asunto, pero nunca por llevarlo colocado en el casco si es que está apagado.

Recuerda que el intercomunicador per se no está prohibido, están prohibidos los dispositivos receptores o reproductores de sonido conectados a... Si el intercom no está conectado no es un aparato prohibido, aunque prohibido no lo es en ningún caso, sino su uso.
Te recuerdo que esta prohibida la instalacion de estos aparatos. Simplemente llevarlo en el casco aunque no esté en uso, apagado o como lo quieras llevar ya es mutable. Te lo digo por propia experiencia. En la denuncia lo pone muy claro.

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Te recuerdo que esta prohibida la instalacion de estos aparatos. Simplemente llevarlo en el casco aunque no esté en uso, apagado o como lo quieras llevar ya es mutable. Te lo digo por propia experiencia. En la denuncia lo pone muy claro.

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Estás equivocado. Lo que está prohibido es conducir usándolos. Incluso lo pone bien claro en el enunciado del boletín. Léelo, luego lee el artículo 18.2.

1598943768493.png
 
Estás equivocado. Lo que está prohibido es conducir usándolos. Incluso lo pone bien claro en el enunciado del boletín. Léelo, luego lee el artículo 18.2.

Ver el archivo adjunto 208541
Al final todo queda en la interpretación del verbo utilizar. ¿Significa lo que estrictamente significa?. Cuando es sinónimo de usar. ¿O se puede interpretar que se utiliza si lo llevas puesto en el casco?.
 
Al final todo queda en la interpretación del verbo utilizar. ¿Significa lo que estrictamente significa?. Cuando es sinónimo de usar. ¿O se puede interpretar que se utiliza si lo llevas puesto en el casco?.

No lo veo así. Si el legislador hubiera querido prohibir que lo lleváramos habría redactado el artículo de otra forma, por ejemplo: "Queda prohibido conducir y portar..." o "Queda prohibida la instalación de...". Por ejemplo, mira el punto 3 del mismo artículo y verás cómo ahí han dejado bien claro que lo que se prohíbe es que se lleven instalados, no exclusivamente su uso, cuando hace referencia a detectores e inhibidores de radares.
 
No lo veo así. Si el legislador hubiera querido prohibir que lo lleváramos habría redactado el artículo de otra forma, por ejemplo: "Queda prohibido conducir y portar..." o "Queda prohibida la instalación de...". Por ejemplo, mira el punto 3 del mismo artículo y verás cómo ahí han dejado bien claro que lo que se prohíbe es que se lleven instalados, no exclusivamente su uso, cuando hace referencia a detectores e inhibidores de radares.

No deben denunciarte porque la infracción sólo se da con el uso y si conduces. En mi opinión si se lleva en marcha, funcionando, se podría considerar que se está usando, o no, es muy subjetivo por lo ambiguo del asunto, pero nunca por llevarlo colocado en el casco si es que está apagado.

Recuerda que el intercomunicador per se no está prohibido, están prohibidos los dispositivos receptores o reproductores de sonido conectados a... Si el intercom no está conectado no es un aparato prohibido, aunque prohibido no lo es en ningún caso, sino su uso.

Todo lo que quieraid decir , es el agente?‍♀️ el que te denuncia , nosotros solo somos usuarios ilegales ja jaja nos guste o no , y te pongas como te pongas si lo llevas montado te puedes
caer la multa al canto.
 
No lo veo así. Si el legislador hubiera querido prohibir que lo lleváramos habría redactado el artículo de otra forma, por ejemplo: "Queda prohibido conducir y portar..." o "Queda prohibida la instalación de...". Por ejemplo, mira el punto 3 del mismo artículo y verás cómo ahí han dejado bien claro que lo que se prohíbe es que se lleven instalados, no exclusivamente su uso, cuando hace referencia a detectores e inhibidores de radares.
A veces pensamos que el legislador tiene más cuidado con la redacción de las normas del que realmente tiene. Pero no digo que no tengas razón. Solo digo que para mi el redactado no es lo suficientemente inequívoco.
 
Todo lo que tú quieras decir , es el agente?‍♀️ el que te denuncia , te pongas como te pongas si lo llevas montado te puedes caer la multa al canto.

El agente puede denunciar cualquier cosa que considere que es una infracción pero los agentes también se equivocan y no son los agentes los que sancionan. Como argumento es muy débil.
 
A veces pensamos que el legislador tiene más cuidado con la redacción de las normas del que realmente tiene. Pero no digo que no tengas razón. Solo digo que para mi el redactado no es lo suficientemente inequívoco.

El redactado es cualquier cosa menos claro, en eso estamos de acuerdo, pero si nos atenemos a lo que está escrito, que es lo que cuenta, se prohíbe conducir usando..., no se prohíbe llevar instalado...
 
No lo veo así. Si el legislador hubiera querido prohibir que lo lleváramos habría redactado el artículo de otra forma, por ejemplo: "Queda prohibido conducir y portar..." o "Queda prohibida la instalación de...". Por ejemplo, mira el punto 3 del mismo artículo y verás cómo ahí han dejado bien claro que lo que se prohíbe es que se lleven instalados, no exclusivamente su uso, cuando hace referencia a detectores e inhibidores de radares.
El agente puede denunciar cualquier cosa que considere que es una infracción pero los agentes también se equivocan y no son los agentes los que sancionan. Como argumento es muy débil.

bueno vale , cuando te paren les cuentas esto a los agentes de la guardia civil
 
bueno vale , cuando te paren les cuentas esto a los agentes de la guardia civil

A ver, si lo que me estás diciendo es que la denuncia depende de los agentes, eso no lo he discutido nunca, ni lo discutiré con ellos (yo he sido agente de ésos de ponen denuncias, de éstas también), pero una cosa es la denuncia y otra la sanción y de lo que estamos hablando es de lo que dice el Reglamento y éste dice lo que dice, no lo que tú crees que dice.

Que un recurso nunca es fácil ganarlo lo he dicho siempre, pero hay ocasiones en las que hay posibilidades y otras en que no y una denuncia de este tipo por "llevar instalado un intercomunicador sin que se establezca su uso" es un recurso que se puede ganar.
 
Estás equivocado. Lo que está prohibido es conducir usándolos. Incluso lo pone bien claro en el enunciado del boletín. Léelo, luego lee el artículo 18.2.

Ver el archivo adjunto 208541
Tira
de buscador y mira las denuncias que hemos colgado algunos a lo largo de estos años. Esta muy claro. Multan simplemente por llevar la instalación.

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El Reglamento pone lo que pone, que está prohibido conducir usándolos, y lo pone bastante claro. Otra cosa es que un agente pueda sancionar según su interpretación, que seguro que sí. Pero igual que hay ejemplos de multas por llevar intercomunicadores (no creo que tantas por llevarlos sin usarlos), hay muchos más ejemplos de gente que los lleva y nunca les han sancionado, yo entre ellos. Me han parado varias veces con ellos encendidos y tampoco me han multado, supongo que entendían que no los iba usando, aunque sólo es una suposición. Y he preguntado por el tema a 3 agentes de tráfico en 3 comunidades autónomas diferentes, y los 3 me han dicho que ellos no multaban por llevar intercomunicadores.

Esto último sólo es mi experiencia, ya se ha dicho aquí que hay respuestas diferentes, incluso por escrito. Por eso no le doy demasiado valor a lo que nos responden cuando preguntamos, porque está claro que tienen criterios diferentes. Pero lo que es inequívoco es lo que dice el reglamento, y dice claramente que lo que está prohibido es hacer uso del intercomunicador mientras se conduce. Hay otras cosas para las que se especifica que está prohibida su instalación (como los detectores de radares), pero no es el caso de los intercomunicadores. No hay que darle más vueltas.

Si de lo que estamos hablando es de lo que dice el reglamento de tráfico es una cosa, y si hablamos de sanciones que nos han puesto es otra, y ahí cada uno tenemos nuestra experiencia particular. Agradezco a los compañeros que han compartido sus experiencias personales o de algún conocido. Pero no creo que debamos justificar una sanción injusta, por una acción que no incumple ningún reglamento. De la misma forma también digo que si algún día me multan por hablar por teléfono en la moto asumiré la sanción sin rechistar porque tengo claro que estoy incumpliendo una norma. Lo asumiría igual que si me pillan hablando por teléfono en el coche. Pero si me multasen simplemente por llevar el móvil en el salpicadero sin hacer uso de él, entonces recurriría porque no estaría incumpliendo ninguna norma.

Y otra clave diferente en este hilo es cómo nos gustaría que estuviera redactado el artículo referente a los intercomunicadores, y ahí cada uno tendremos nuestra opinión, todas respetables. Pero bueno, a día de hoy la redacción es la que es, y a eso tenemos que atenernos.

Un saludo
 
Tira
de buscador y mira las denuncias que hemos colgado algunos a lo largo de estos años. Esta muy claro. Multan simplemente por llevar la instalación.

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Y que haya denuncias simplemente por llevarlos, las hace conforme al reglamento? Los agentes también se equivocan, lo vimos en un programa de TV como denunciaban a un motero por llevarlo en el casco (sin estar siquiera en marcha) y esa denuncia está mal formulada. Repito, llevarlo no es infracción y ya he explicado por qué varias veces.
 
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