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Podrías enlazar el vídeo?yo creo que la multa esta bien puesta, que es muy llamativa? que hay otras mas graves? etc?? pues si, pero a ver, no se puede llevar en el casco ese "añadido", y vaya por delante que yo la llevo, en un lateral pero la llevo y se a que me expongo, dicho esto, también he de decir que semanas antes de esta noticia quite el acople del casco y la he pasado a la moto, por que? pues viendo un video de una caída en la cual llevaba una Go pro en el casco, colisiona con el suelo y el soporte penetra en el casco.... ahí lo dejo. Un saludo.
A mi en Barcelona, recuerdo una salida cerca de casa en el montseny multaron los mossos a un compañero por llevar la cámara acoplada a la moto grabando alegando lo siguienteyo creo que la multa esta bien puesta, que es muy llamativa? que hay otras mas graves? etc?? pues si, pero a ver, no se puede llevar en el casco ese "añadido", y vaya por delante que yo la llevo, en un lateral pero la llevo y se a que me expongo, dicho esto, también he de decir que semanas antes de esta noticia quite el acople del casco y la he pasado a la moto, por que? pues viendo un video de una caída en la cual llevaba una Go pro en el casco, colisiona con el suelo y el soporte penetra en el casco.... ahí lo dejo. Un saludo.
Tampoco lo hacen cuando la tele graba en la calle... ?ninguna de las personas expuestas ha dado su autorización para que aparezca su persona ni ninguna información relativa a la misma.
Lo siento pero ya no lo tengo, me lo pasaron por wasap, la pieza de la gopro no llego “a la cabeza “ pero el casco que si no recuerdo mal era un shoei lo atravesó casi completoPodrías enlazar el vídeo?
y nadie de los que grabo presento denuncia contra el por haberles grabado sin permiso, así que me imagino que actuó de oficio, pero así fue la cosa desde ese día no hemos vuelto a salir con cámara puesta. Lo que no se es si cuando te graba la tele tendrá un permiso especial, por el hecho de que ellos están informando...Tampoco lo hacen cuando la tele graba en la calle... ?![]()
y nadie de los que grabo presento denuncia contra el por haberles grabado sin permiso, así que me imagino que actuó de oficio, pero así fue la cosa desde ese día no hemos vuelto a salir con cámara puesta. Lo que no se es si cuando te graba la tele tendrá un permiso especial, por el hecho de que ellos están informando...
Tampoco lo hacen cuando la tele graba en la calle... ?![]()
Hay una ley orgánica que permite grabar imágenes a las fuerzas y cuerpos de seguridadPues no sé como lo hacen los ayuntamientos, que graban desde su coche patrulla, con la cámara en el techo, a los infractores de coches en vados, carril bus, esquinas, paradas de taxi, etc, para quitar a los peatones u otros vehiculos de dichas grabaciones.
A lo mejor es que hay que pagar a la SGAE antes.
Rafa-ka
a lo mejor es que están habilitados!Pues no sé como lo hacen los ayuntamientos, que graban desde su coche patrulla, con la cámara en el techo, a los infractores de coches en vados, carril bus, esquinas, paradas de taxi, etc, para quitar a los peatones u otros vehiculos de dichas grabaciones.
A lo mejor es que hay que pagar a la SGAE antes.
Rafa-ka
?La ley del embudo?Hay una ley orgánica que permite grabar imágenes a las fuerzas y cuerpos de seguridad
El cráneo de los agentes y de los noveles en prácticas de conducción se refuerza con adamantium para evitar accidentes.En mi opinión esa denuncia no procede. Un casco no se modifica ni altera por colocar un adhesivo ni tampoco una cámara pegada a él. Para alterar sus características hay que modificar su estructura, lo que no ocurre en estos casos.
Si esto fuera así tampoco podríamos llevar (en ningún caso), un intercomunicador adosado al casco y como sabemos hay excepciones que lo permiten.
El cráneo de los agentes y de los noveles en prácticas de conducción se refuerza con adamantium para evitar accidentes.
El proceso es doloroso pero compensa.
Lo de la ley de privacidad de datos no solo es para las grabaciones. No puedes publicar fotos en las que salgan personas sin su consentimiento.
Pero luego te están llamando de las putas compañías telefónicas todo el año.
Por lo expuesto por el Sr. Toribio, el articulo 6.6 del reglamento nº 22 dice:
Todas las proyecciones o irregularidades en la superficie exterior del casco con más de 2mm de espesor se someterán a ensayo para valoración del cizallamiento de acuerdo con los puntos 7.4.1. y 7.4.2.
Qué quiere decir esto?? Pues que cualquier acoplamiento que se ponga a un casco, está prohibido mientras no cambie la ley. Llámense cámaras o intercomunicadores. Es lo que hay...
Según creo, por consultas realizadas en su día, el citado articulo 6 de la protección de datos personales, se refiere siempre e el tratamiento de esas imágenes; su publicación.A mi en Barcelona, recuerdo una salida cerca de casa en el montseny multaron los mossos a un compañero por llevar la cámara acoplada a la moto grabando alegando lo siguiente
Según el artículo 6 de la Ley Orgánica de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales: “de conformidad con lo dispuesto en el artículo 4.11 del Reglamento (UE) 2016/679, se entiende por consentimiento del afectado toda manifestación de voluntad libre, específica, informada e inequívoca por la que este acepta, ya sea mediante una declaración o una clara acción afirmativa, el tratamiento de datos personales que le conciernen”. Así, en las grabaciones que se realizan desde un vehículo, ninguna de las personas expuestas ha dado su autorización para que aparezca su persona ni ninguna información relativa a la misma.
También se que pueden multarte si el montaje de la cámara altera la estructura del casco cosa que ocurre siempre, salvo en cascos que estén homologados para ello. Así que claramente es ilegal llevarlas. No entiendo el porqué no en una bicicleta. Como le preguntamos al agente pero éste no dio respuesta a esa pregunta.
Asumir que eso es así es asumir que se están examinando los postulantes al permiso de conducir de moto infringiendo el reglamento general de circulación y que los examinadores lo dan por bueno. Los intercomunicadores integrados, si no me equivoco, modifican la estructura interior del casco sustituyendo unas piezas por otras, así que necesariamente precisan una homologación de ese casco con ese intercomunicador.Exacto. ECE 22.05 Art. 6.6 como cita el compañero.
Evidentemente acoplar una GoPro o un intercomunicador no invalidan de por sí la homologaciòn del casco, pero hacerlo implica una utilización indebida conforme a la homologación del casco.
Los intercomunicadores integrados en el casco (BMW, Shoei, SRL, n-com, etc.) han sido objeto de esas pruebas a las que se refiere el 6.6 del ECE 22.05 por lo que no implica "usar indebidamente" junto con el casco y así suele venir citado en la documentación de esos intercomunicadores. No lo veréis en los otros. No conozco cámaras integradas en cascos de moto que hayan sido objeto de esos tests para la ECE 22.05, pero como ya he dicho, en intercomunicadores sí es el caso.
Otro tema es la grabación de imágenes, la manipulación de una cámara o de un intercomunicador en marcha, etc. que pueden ser objeto de otro tipo de sanción.
Pero la multa, tal y como está formulada, me parece difícilmente recurrible en mi opinión. Además el ECE 22.06, que ya está en cocina, va en ese sentido. Otra cosa es que nos guste o no.
Saludos
Pues la multa se la pusieron. Cuando tenga la oportunidad de salir de nuevo con ellos pues son un grupo de Badalona y desde que comenzó esto del covid no hemos vuelto a coincidir, le preguntare en que quedo la cosa. Puede ser que no llegaran a tramitarla. Pero viniendo de los mossos me extraña, aunque fuese totalmente recurrible.Según creo, por consultas realizadas en su día, el citado articulo 6 de la protección de datos personales, se refiere siempre e el tratamiento de esas imágenes; su publicación.
Es completamente legal grabar en la calle, no así la difusión de esas imágenes,
en todo caso no es competencia de la guardia civil de trafico tal sanción, (aunque si su propuesta para sanción, siempre que la trasladen al organismo adecuado)
en ese mismo articulo 6 de la ley orgánica especifica:
cito:
las competencias que la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, atribuye a la Agencia Española de Protección de Datos, serán ejercidas, respecto de los tratamientos efectuados con fines jurisdiccionales y los ficheros de esta naturaleza, por el Consejo General del Poder Judicial”.
tema aparte es lo referido a fijación de la cámara, homologaciones , etc...
Tomar esto como mera opinión , eso si, basada en experiencias anteriores.
Estamos ante la mayor opresión de un país que presume de ser democrático.Más madera!
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El popular sistema para proteger tu coche de multas que puede costarte 1500 euros de sanción extra
Las dashcam son un complemento para el coche cada vez más popular en nuestro país. Se trata de cámaras con una óptica de gran angular pensadas para ser colocadas en la luna delantewww.elmundo.es
Esto no va a acabar bien!![]()
Estamos ante la mayor opresión de un país que presume de ser democrático.
Vergonzoso!!![]()
Era una cámara. Lo de vigilancia lo inventó la GCCreo que, en esa noticia, se denunció una cámara de vigilancia dentro de un coche aparcado y “apuntando” hacia la vía pública.
Si te instalas una cámara o móvil que sólo se usa cuando el vehículo está arrancado o circulando, creo que eso es legal.
Saludos
A mi en Barcelona, recuerdo una salida cerca de casa en el montseny multaron los mossos a un compañero por llevar la cámara acoplada a la moto grabando alegando lo siguiente
Según el artículo 6 de la Ley Orgánica de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales: “de conformidad con lo dispuesto en el artículo 4.11 del Reglamento (UE) 2016/679, se entiende por consentimiento del afectado toda manifestación de voluntad libre, específica, informada e inequívoca por la que este acepta, ya sea mediante una declaración o una clara acción afirmativa, el tratamiento de datos personales que le conciernen”. Así, en las grabaciones que se realizan desde un vehículo, ninguna de las personas expuestas ha dado su autorización para que aparezca su persona ni ninguna información relativa a la misma.
También se que pueden multarte si el montaje de la cámara altera la estructura del casco cosa que ocurre siempre, salvo en cascos que estén homologados para ello. Así que claramente es ilegal llevarlas. No entiendo el porqué no en una bicicleta. Como le preguntamos al agente pero éste no dio respuesta a esa pregunta.
No se puede ser más ignorante, la LOPDyGDD así como el RGPD, EN NINGÚN CASO prohíben que se grabe en la calle ni exigen que previamente se obtengan los consentimientos previos, expresos, específicos e informados que exige la norma y la AEPD.
El límite está en la finalidad de la grabación: no es lo mismo para consumo particular que subirlo a una red social con miles de visualizaciones.
Además, para eso la norma concede ciertos derechos como los de oposición, acceso, cancelación, etc, de los que los mozos estos no deben haber oído.
Yo con una sanción así estaría muy tranquilo. Esta ya ganado el recurso.
Es más, si al común de los ciudadanos nos aplican eso de que el desconocimiento de la ley no exime de su cumplimiento, podría entonces incluso argumentarse que esto señores representantes de la autoridad están prevaricando, pues como tales funcionarios públicos debe exigírselos un plus en el conocimiento de las leyes, y más aún si cabe en el ámbito sancionador.
A la tercera denuncia por prevaricación en el juzgado de guardia, seguro que se ponían a estudiar correctamente la norma.
J. Salva
Yo opino que las cámaras en cascos son "ilegales" desde el momento que modificas la seguridad del casco. Que no pase nada, o nadie se haya metido, excelente (yo también la uso), pero seguramente en un accidente con una lesión grave, y con una cámara en el casco (o su soporte), puedan empezar a buscar las cosquillas (normalmente cuando hay mucha pasta de por medio, si no hay pasta, para que perder el tiempo) y decirte que parte de las lesiones vienen por ese soporte-cámara. A mi me parece lo más lógico.
De hecho, es obligatorio utilizar un casco "homologado".... y fijaos, por ej, con los abatibles... muchos no están homologados para circular abiertos, otros si ya vienen con esa homologación.
Creo que algún casco incluye un soporte para cámaras "de serie" y homologado, pero ese soporte no te permite utilizar ninguna cámara (hay cientos de tipos), simplemente te permite llevarlo (y cuando circules por vía privada, ponerlo).
Yo creo que está justificada esta sanción por el simple hecho de llevarla, grabando o sin grabar. Seguro que ha sido por buscar las cosquillas, y detrás de eso, igual hay una discusión de "a mi no me multas por nada".... vete tu a saber.
Saludos
Ese tema se está debatiendo en otro hilo. Yo opino que no se modifica la estructura del casco por pegar una cámara al mismo, sí que se modificaría por atornillarla perforando la calota. Si adosar una cámara es una infracción, adosar un intercomunicador, también lo es y sin embargo se examinan cada día miles de personas para permisos de conducir de moto y nadie ha denunciado jamás este hecho, es más, los examinadores, que algo de reglamentación saben, lo permiten.
Pues yo creo que si, y la modifica sustancialmente. Los soportes adhesivos de gopro quedan pegados al casco de un modo espectacular (esos adhesivos 3m), y si modifica la estructura.... sólo te digo que pongas un adhesivo en el lateral (donde muchos lo llevamos), simula rozar el casco lateralmente, y que eso engancha con una piedra, o algo, y puede ser muy grave la lesión.
Para mi es una modificación importante del casco. Sobre el intercomunicador, pues seguramente sea igual, salvo los cascos que ya están homologados para ello, que entiendo es el que tienen que usar, y si no lo hacen, mal (o tendrán una ley específica, cómo una persona que por motivos de salud no lleva el cinturón de seguridad por ej).
Pero para mi está claro, o está homologado, el soporte únicamente, la cámara, salvo que venga homologada, que no creo que sea una gopro ni otras muchas marcas, sólo se podría llevar eso, con el soporte homologado. Y despues los que ponemos nosotros, ya es una modificación clara.
Y hasta tan punto considero que no está homologado, que... ¿que pasa si vas a 120 con tu gopro en el casco que has montado y ésta sale disparada por defecto del adhesivo o lo que sea, golpeando a alguien que viene detrás y provocando un accidente?
el responsable vas a ser tú (y el seguro podría hacerse el avión perfectamente, opino), no el fabricante del casco ni de la cámara. Cuando algo está homologado, es el fabricante el que responde ante estos incidentes, porque además, ha comprobado que NO pueden suceder.
Saludos