Multa por no funcionar las luces de cruce

En mi multa no ponen ningun recuadro de alegaciones ni nada de eso, igual se tiene que poner en el mismo texto que pone la guardia civil. Para la próxima ya se que les tengo que decir que añadan esos detalles a la multa.
 
En mi multa no ponen ningun recuadro de alegaciones ni nada de eso, igual se tiene que poner en el mismo texto que pone la guardia civil. Para la próxima ya se que les tengo que decir que añadan esos detalles a la multa.
Debo de ser más antiguo que el hilo negro porque veo que los boletines ya no llevan ese apartado para alegaciones...
 
Desde que me saque el carnet de conducir alla por el aó 91, la DGT siempre recomienda que antes de poner un vehiculo en circulacion se debe de mirar el alumbrado, los niveles, la presion y el estado de los neumatiocos y posibles desperfectos que pudiesen causar un accidente.

Si partimos de esa base, deberiamos de revisar de la moto luces delanteras y traseras y las de freno, tanto con la mano, como con el pedal.
Si vas a la ITV y tienes una luz fundica, falta grave y no pasas la ITV y al ser una falta grave, solo te habilita a circular de la estacion de la ITV al taller y viceversda, con un plazo de cambio estipulado que si no mal recuerdo son de 15 dias para solucionar la averia y volver a pasar la itv.

Segun el RGC, si una motocicleta tiene que llevar la luz de cruce permanentemente encendida, es nuestra obligacion su revison y su cambio si esta no funiciona y si como bien dice el compañero viene de una zona de agua, mas todavia, es mas, lo mismo ese cortocicuito que podria ser de la piña no hace un buen contacto y la moto podria incendiarse, con el peligro que puede causar.

La policia va a pillar fijo, la policia tiene un trabajo, mas o menos del agrado nuestro, con unas normas y unas leyes a cumplir, si, ytambien tienen lo que se les llama "discrecionalidad en las sanciones", alguien sabe cuantos conductores le van con lo mismo?, no lo sabia, es de la lluvia, la cambio mañana, etc, etc.

En vuestros trabajos dejais pasar los defectos graves que estan estipulados en vuestras normativas?.

Que son injustos esos 200€, pues lo mismo si, pero hay alguien que a decidido que circular sin alumbrado delantero son 200 y listos.

No mateis al mensajero (GC, PL, etc), que ellos solo cumplen con su trabajo, como vosotros con el vuestro.

No estaria de mas, que pasaseis un solo fin de semana trabajando con la policia, para ver las excusas que pone la gente.

De los antinieblas ya ni hablamos.
 
De los antinieblas ya ni hablamos.
"Quintos" de carnet, estoy bastante de acuerdo con tu post... salvo por lo de que la policía va a "pillar fijo". Y ya dices algo del "mensajero"! 🙏

En todo caso, tu última frase (lo de los antinieblas) no la he entendido bien! :sneaky:

Será por hablar y de lo que nos parece a cada uno "justificable"... o no! :ROFLMAO:

En todos los controles que me ha hecho la policia (unos cuantos), nunca me dijeron nada de mis antinieblas que llevo siempre encendidas (por seguridad para que me vean, y además las apago siempre si se me hace de noche para no molestar)... aunque igual no era eso! :unsure:

Saludos 🤗
 
A ver, que pudiera haber sido peor...
al demostrar que no es fundida, que hasta incluso los he visto ayudar a cambiarla, pudieran haber inmovilizado el vehiculo al circular con una averia manifiesta conocida por el conductor.

Y dicho esto, no estoy ni en contra del compañero forero al que le ha caido la denuncia, ni en favor de los guardias que quizas siendo la hora que era pudieran haber interpretado la norma de una manera mas laxa.

En este caso hay quizas demasiadas posibilidades de actuacion
 
Perdón, qué son las luces diurnas? Nunca lo había oido en serio. Yo las llamo: posición, cortas y largas. Cruce si lo oigo, pero creo que son las cortas...no digais nada que me mandan de vuelta a la autoescuela!
 
Hablar por hablar se puede, claro que sí, y hacer suposiciones también pero en esta caso resulta que el día anterior casi se ahoga con la lluvia en isla Cristina, el día anterior, lo que supone 24 h, y cuando dice el día anterior y la lluvia es porque supuestamente sabía lo del problema de las luces y qué casualidad el problema se arregla cuando está la GC delante ¿no es extraño? todos sabemos que las motos tienen alma, pero tanta?.
La norma dice que se tiene que circular con la luz encendida, no habla de horario, porque cualquier hora del día es igual o más peligrosa que la noche para ser visto
 
Perdón, qué son las luces diurnas? Nunca lo había oido en serio. Yo las llamo: posición, cortas y largas. Cruce si lo oigo, pero creo que son las cortas...no digais nada que me mandan de vuelta a la autoescuela!
Posición = luz pequeñita que va dentro del faro con muy poca intensidad 5 W
Corta o cruce = bombilla normal dentro del faro con una intensidad mayor 55 W, adaptada a que alumbre en el faro de manera "baja y cercana".
Larga o carretera= bombilla igual que la anterior, adaptada para que alumbre de manera "alta y lejana".
Estas dos últimas, pueden ir en una misma lámpara o en lámparas diferentes.

Las luces diurnas van asociadas a la tecnología led. Es una luz, normalmente, compuesta por una serie de diodos que destaca por un alumbrado de color más blanco y brillante. No tiene apenas alcance y su función es hacernos ver.

El problema que yo veo en estas luces diurnas es que dado su alto nivel de brillo, hace parecer que se llevan las luces encendidas.
No os ha pasado el encontraros con vehículos (coches) que, como por defecto se encienden estas luces y los cuadros siempre van encendidos, circulan por la noche sin llevar encendido el alumbrado?
 
Las primeras luces diurnas en turismos encendian sólo las delanteras. Los últimos años tambien enci3nden las traseras.
Con la moda de las pantallas tft en casi todos los vehículos , da la sensación de llevar las luces puestas.
Los más antiguos 😂😂😂 recordamos la necesidad de poner las luces básicamente porque no veiamos el tablier!!!
 
Cuando te denuncian tienes opción de alegar ya desde ese mismo momento lo que consideres oportuno, en tu caso habría sido muy interesante que reseñaran en alegaciones que circulabas con el alumbrado de día. De todas formas, acreditando que tu moto dispone de alumbrado de día deberías ganar el recurso, lo único que me preocuparía es que el denunciante afirmara que no llevabas ningún tipo de alumbrado pero para ello debería mentir lo que se aproximaría mucho a un delito de prevaricación, si lo pudieras demostrar, claro.

Yo en un caso como el tuyo tiraría por el recurso aportando la información de que la moto está dotada de ese alumbrado y la circular que establece que no se debe denunciar por ese motivo en esos casos. Si en vía administrativa no prospera el recurso tampoco dudaría en acudir a la judicial con un contencioso.
Ni más ni menos. Denuncia recurrible.
 
Hablar por hablar se puede, claro que sí, y hacer suposiciones también pero en esta caso resulta que el día anterior casi se ahoga con la lluvia en isla Cristina, el día anterior, lo que supone 24 h, y cuando dice el día anterior y la lluvia es porque supuestamente sabía lo del problema de las luces y qué casualidad el problema se arregla cuando está la GC delante ¿no es extraño? todos sabemos que las motos tienen alma, pero tanta?.
La norma dice que se tiene que circular con la luz encendida, no habla de horario, porque cualquier hora del día es igual o más peligrosa que la noche para ser visto
No no,el mismo dia, horas antes casi me ahogo, no sabia que estaban dando fallo, no me aburro tanto como para mentir a la gc y además ponerme a escribir un post.
 
Ni más ni menos. Denuncia recurrible.
Toda denuncia es, en principio, recurrible por "seguridad jurídica".

Otra cosa es que tenga posibilidades de prosperar, sobre todo teniendo en cuenta que la moto del compañero no tiene "alumbrado de dia" (ya se ha explicado), y que su luz de cruce no funcionaba (!) cuando le pusieron la denuncia. Y si recurre "renuncia" al descuento del 50%, lo que no le va a evitar el pagar la multa al 100% (solve et repete) si quiere recurrir. Si el recurso administrativo no prospera (creo que sería lo normal), le queda la via judicial (abogado?) y si gana (?), pues le quitan la multa (no sé si le pagarían también los gastos de abogado si es que hace recurso a él, depende de la sentencia) y le devolverían los puntos (si se los han quitado)... y si pierde... pues eso... habrá perdido tiempo, dinero, etc... y ganado un cabreo.

Como dije en mi primera intervención en este hilo, pienso que los "verdes" hicieron su trabajo, pero fueron un tanto estrictos. Tampoco iba de noche con las luces apagadas y tuvo la mala suerte de que la lluvia que le pilló anteriormente le hizo posiblemente un corto en la piña cuando le pillaron.

Saludos
 
Algunos estáis valorando que la GC se pasó por no considerar que el compañero desconocía el fallo.

No estoy de acuerdo. El GC no tiene porqué entrar en esas consideraciones, tiene que valorar la infracción que en este caso está clara y aplicar la sanción correspondiente.

Tiene muy mala pata en este caso porque está claro que el compañero no era consciente. Pero la casuística puede ser interminable: podría ser consciente y pasar de arreglarlo, podía ser un dejado del mantenimiento, podía no saberlo pero ser un dejado y si no le cascan la multa, pues dejar el arreglo para el futuro.

Jode mucho, pero creo que aquí la GC actuó correctamente y de verdad que lo siento por el compañero.
 
No no,el mismo dia, horas antes casi me ahogo, no sabia que estaban dando fallo, no me aburro tanto como para mentir a la gc y además ponerme a escribir un post.

Eso era así hasta que luego hemos averiguado que la moto del compañero NO tiene alumbrado de día, nos engañó involuntariamente, así que todo eso ya no sirve 🙄
 
Algunos estáis valorando que la GC se pasó por no considerar que el compañero desconocía el fallo.

No estoy de acuerdo. El GC no tiene porqué entrar en esas consideraciones, tiene que valorar la infracción que en este caso está clara y aplicar la sanción correspondiente.

Tiene muy mala pata en este caso porque está claro que el compañero no era consciente. Pero la casuística puede ser interminable: podría ser consciente y pasar de arreglarlo, podía ser un dejado del mantenimiento, podía no saberlo pero ser un dejado y si no le cascan la multa, pues dejar el arreglo para el futuro.

Jode mucho, pero creo que aquí la GC actuó correctamente y de verdad que lo siento por el compañero.

La denuncia fue correcta, lo que ya no fue tan correcto fue el comentario gratuito sobre el intercomunicador, siempre dando por bueno lo que dice el compañero, que lo llevaba apagado y con el cable desconectado (esto último del cable no lo entiendo muy bien, el mío lleva un cable que se puede desconectar pero no le veo sentido a hacerlo), así que aquí también mi comentario es condicional a que sea cierto lo que nos cuenta, que no digo que mienta pero sí que podría estar equivocado.
 
Toda denuncia es, en principio, recurrible por "seguridad jurídica".

Otra cosa es que tenga posibilidades de prosperar, sobre todo teniendo en cuenta que la moto del compañero no tiene "alumbrado de dia" (ya se ha explicado), y que su luz de cruce no funcionaba (!) cuando le pusieron la denuncia. Y si recurre "renuncia" al descuento del 50%, lo que no le va a evitar el pagar la multa al 100% (solve et repete) si quiere recurrir. Si el recurso administrativo no prospera (creo que sería lo normal), le queda la via judicial (abogado?) y si gana (?), pues le quitan la multa (no sé si le pagarían también los gastos de abogado si es que hace recurso a él, depende de la sentencia) y le devolverían los puntos (si se los han quitado)... y si pierde... pues eso... habrá perdido tiempo, dinero, etc... y ganado un cabreo.

Como dije en mi primera intervención en este hilo, pienso que los "verdes" hicieron su trabajo, pero fueron un tanto estrictos. Tampoco iba de noche con las luces apagadas y tuvo la mala suerte de que la lluvia que le pilló anteriormente le hizo posiblemente un corto en la piña cuando le pillaron.

Saludos

Viendo cómo ha ido cambiando la cosa yo tampoco creo que un contencioso prosperara. También pienso que lo mejor es pagar con descuento, asumir la pérdida de puntos y aprender la lección.
 
No no,el mismo dia, horas antes casi me ahogo, no sabia que estaban dando fallo, no me aburro tanto como para mentir a la gc y además ponerme a escribir un post.
Pues no se pero de Isla Cristina (que supongo que sera Huelva) hasta la provincia de Jaén hay como mínimo 300 km si no más, mucha suerte has tenido que no te pararan antes y se pusiesen a funcionar las luces
 
Pues que las de posición son menos potentes que las luces diurnas y además las tienes que conectar tú.

Las diurnas se encienden automáticamente al arrancar el vehículo.





Saludos.
En la página de la DGT ni dice nada potencia. Aparte de que sin unidades de medida (watios) eso es subjetivo. Por otro lado las de posición hace años que se encienden al dar el contacto, aunque el motor este apagado.
 
De la página de la DGT:

LUCES DE CIRCULACIÓN DIURNA​

1. Designación del sistema
Luces de circulación o conducción diurna

Conclusión: las de cruce o cortas de toda la vida.
 
De la página de la DGT:

LUCES DE CIRCULACIÓN DIURNA​

1. Designación del sistema
Luces de circulación o conducción diurna

Conclusión: las de cruce o cortas de toda la vida.

También de la página de la DGT:

"2. Finalidad del sistema

Aumentan la visibilidad del vehículo para otros usuarios de las vías, mediante lámparas de bajo consumo que se encienden automáticamente con el encendido del motor."

Ni las luces de posición ni las luces de cruce (o cortas) se encienden "automáticamente con el encendido del motor". Vamos, las DRL NO las puedes apagar (de hecho las hay (las DRL) que se apagan (o atenúan) cuando enciendes las cortas); las otras sí.

Los vehículos en los que las luces de posición se encienden al dar el contacto o encender el motor es porque usan esas luces de posición como DRL....y supongo que, en el caso de las motos, de ser así...se especifica en la ficha técnica (al menos en las BMW es así). Así que, si vas "con la luz de posición" (hablo ya de motos)....y en tu ficha técnica no indica nada, es perfectamente sancionable.

Y si en tu coche vas con la luz de posición...y ésta NO puede apagarse....obviamente ya vas con una luz diurna, aunque no sea led.
 
Última edición:
Pues no se pero de Isla Cristina (que supongo que sera Huelva) hasta la provincia de Jaén hay como mínimo 300 km si no más, mucha suerte has tenido que no te pararan antes y se pusiesen a funcionar las luces
Pare en Sevilla en la bmw a cambiar una cosa de la moto y no nos dimos cuentan ninguno, o igual si funcionaban las luces. Ya no voy a dar mas bola al tema, gracias por los comentarios.
 
Según la defininición de la DGT son las de posición de toda la vida, yo no veo diferencia.

Las luces de posición no son alumbrado de día ni nunca se han utilizado para eso. Se utilizan para estacionamiento cuando las circunstancias lo requieran o, entre la puesta y la salida del sol, para complementar al alumbrado de cruce o carretera. Las luces de posición apenas son visibles durante el día.
 
Si os interesa profundizar normativamente algo más, aquí:

Reglamento nº 48 de la Comisión Económica para Europa de las Naciones Unidas (CEPE)-Disposiciones uniformes relativas a la homologación de vehículos en lo que respecta a la instalación de dispositivos de alumbrado y señalización luminosa [2019/57].​

2.7.25.«Luz de circulación diurna»: luz orientada hacia delante utilizada para hacer más visible el vehículo en marcha con luz diurna.

6.19. Luz de circulación diurna (Reglamento n.o 87)

6.19.1. Presencia

Obligatoria en vehículos de motor. Prohibida en los remolques.

6.19.2. Número

Dos.

6.19.3. Disposición

Ningún requisito particular

6.19.4. Ubicación

6.19.4.1. En anchura: los bordes interiores de las superficies aparentes en la dirección del eje de referencia distarán entre sí 600 mm como mínimo.

Esta distancia podrá reducirse a 400 mm cuando la anchura máxima del vehículo sea inferior a 1 300 mm.

6.19.4.2. En altura: a una distancia del suelo de 250 mm como mínimo y de 1 500 mm como máximo.

6.19.4.3. En longitud: en la parte delantera del vehículo. Se considerará que se ha cumplido este requisito si la luz emitida no molesta al conductor ni directa ni indirectamente a través de los dispositivos de visión indirecta o de otras superficies reflectantes del vehículo.

6.19.5. Visibilidad geométrica

Horizontal: 20° hacia el exterior y 20° hacia el interior.

Vertical: 10° hacia arriba y 10° hacia abajo.

6.19.6. Orientación

Hacia delante.

6.19.7. Conexiones eléctricas

6.19.7.1. Las luces de circulación diurna se encenderán automáticamente cuando el dispositivo que pone en marcha o detiene el motor (sistema de propulsión) esté en una posición que permita el funcionamiento de este último. Sin embargo, las luces de circulación diurna podrán permanecer apagadas en las siguientes condiciones:

6.19.7.1.1.mientras el mando de transmisión automática esté en posición de estacionamiento; o
6.19.7.1.2.mientras el freno de estacionamiento esté echado; o
6.19.7.1.3.antes de que el vehículo empiece a desplazarse por primera vez después de cada puesta en marcha manual del sistema de propulsión.
6.19.7.2. Las luces de circulación diurna podrán APAGARSE manualmente cuando la velocidad del vehículo no supere los 10 km/h, siempre que se ENCIENDAN automáticamente cuando la velocidad del vehículo supere los 10 km/h o cuando el vehículo haya recorrido más de 100 m y se mantengan ENCENDIDAS hasta que se vuelvan a apagar intencionalmente.

6.19.7.3. Las luces de circulación diurna se APAGARÁN automáticamente cuando el dispositivo que pone en marcha o detiene el motor (sistema de propulsión) esté en una posición que impida el funcionamiento del motor (sistema de propulsión) o las luces antiniebla delanteras o las luces de carretera estén ENCENDIDAS, excepto cuando estas últimas se utilicen para emitir advertencias luminosas intermitentes a intervalos cortos (19).

6.19.7.4. Las luces a que se refiere el apartado 5.11. podrán ENCENDERSE cuando las luces de circulación diurnas estén ENCENDIDAS.

6.19.7.5. Si la distancia entre la luz indicadora de dirección delantera y la luz de circulación diurna es igual o inferior a 40 mm, las conexiones eléctricas de la luz de circulación diurna en el lado correspondiente del vehículo podrán ser tales que:

a)dicha luz esté APAGADA; o
b)su intensidad luminosa se vea reducida durante todo el período de activación (ciclo de ENCENDIDO y APAGADO) de una luz indicadora de dirección delantera.
6.19.7.6. Si una luz indicadora de dirección está recíprocamente incorporada a una luz de circulación diurna, las conexiones eléctricas de esta última en el lado correspondiente del vehículo serán tales que dicha luz permanecerá apagada durante todo el período de activación (ciclo de encendido y apagado) de la luz indicadora de dirección.

6.19.8. Testigo

Testigo de conexión opcional; no obstante, es obligatorio instalar un testigo de avería si lo exige el Reglamento sobre componentes.

6.19.9. Otros requisitos

Ninguno
 
si el compañero por lo que sea no llevaba las luces encendidas , la sancion es ajustada al codigo de circulacion.
en algun post leo insultos a estos agentes , eso no esta bien , aun cuando no tuviesen razon insultarlos no lleva a ningun sitio y demuestra poca madurez.
que la pareja de la GC podia al encenderse la luz haber sido mas benevola pues si , pero una vez ponen una multa no se porque motivo les cuesta mucho sacarla. o por lo menos eso me parece a mi.
Te toco una pareja de GC huesos duros de roer...mejor pagar al 50% Y olvidarse , eso si arregla la averia porque te volvera a pasar .
Hola compañeros,la r1200gs la luz de cruce es fija no se puede apagar, si le llovió igual se le mojo algún sensor y actuó el fusible electrónico y al irse la humedad volvió a funcionar, el fallo del compañero es que lo desconoce y por eso no se lo a explicado a los agentes, y al no ponerlo en la denuncia no la puede recurrir, las multas van numeradas y una vez puestas no las pueden quitar.

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No veo bien en la foto qué luz lleva, me he fiado de su comentario. Efectivamente, si la que llevaba era la de posición, ésta no sirve, hay que llevar la de cruce. Él debería saber qué lleva y qué no, si no, mal va.

Un saludo.

La gs la luz va fija no se puede quitar si no va es que hay averia

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Menuda columpiada te has pegado….

Yo he tenido experiencias de toda clase, tanto positivas como negativas, con los agentes de trafico….pero mira, sera que he qcabado conociendo en persona a alguno….y por ello me consta que su aficion por las motos es tanta o más que las de muchos que se las dan de “mega aficionados”(y que tanto ponen a parir a los GGCC de trafico), que ante todo son personas…y que tienen ya “el culo pelao” de ver muchas cosas a lo largo del dia….y sancionar, en comparacion, un % infimo de todo lo que ven.

Y que conste que soy el primero que critica lo que piensa que tiene que criticar de una u otra actuacion de la GGCC de trafico….pero lo dicho: lo tuyo es mear fuera de tiesto.

Si el gc es motero deberia saber que la bmw r1200gs la luz de cruce no lleva interruptor, solo lo lleva para poner las largas la de cruce van fijas, si iban apagadas es porque hay una averia, posiblemente debido a la lluvia,
Le a puesto la multa porque le a salido de los h....s y punto.

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Creo que es lo mejor... pero reitero la falta de "empatía" que te ha tocado con esos "verdes", a quienes en general siempre tengo en el máximo respeto por el trabajo que hacen, a pesar de quienes no lo vean así... posiblemente porque no aprecian que siempre tiene que haber alguien que ponga "orden" y "límites", y si, también a ellos...

En mi anterior 1200 GSA 2010 yo llevaba siempre una H7, ya que el "LAMPF" saltaba cada 10k km de media. Cambiarla tampoco era tan "simple", aunque algunos dirán que se hace en 2 minutos. Y he cambiado unas cuantas...

No les des más vueltas y sigue disfrutando de tu moto, que es de lo que se trata...

Saludos

Mirate los faros la sujeción lleva unas gomas si estan gastadas se funden por las vibraciones

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Si el gc es motero deberia saber que la bmw r1200gs la luz de cruce no lleva interruptor, solo lo lleva para poner las largas la de cruce van fijas, si iban apagadas es porque hay una averia, posiblemente debido a la lluvia,
Le a puesto la multa porque le a salido de los h....s y punto.

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Le ha puesto la multa porque la moto, en ese momento, no iba legal para circular por carretera abierta "y punto".

El GGCC no tiene por qué saber si la moto lleva así 10 minutos o 10 días, de igual forma que, seguramente (al ser un GGCC de tráfico) tenga "los h....s pelados" de escuchar muchas "trolas" (que las explicaciones que nos da el compañero sean ciertas o no....no tenía por qué saberlo el GGCC)).

Y todo eso es completamente independiente de que la moto tenga interruptor de luces.

Por cierto, si no me equivoco la moto del compañero es una R1150GS, no una R1200GS.

Y vuelvo a repetir: estuviesen escacharradas o no....la realidad, nos guste o no, es que nuestra obligación cuando salimos a carretera abierta es llevar el vehículo en correcto estado de funcionamiento. Si no es así, seamos conscientes de ello o no, somos responsables de lo que pueda ocurrirnos.

Como digo, me ha tocado toparme con GGCC muy agradables...y alguno un poco "tocacoj...es", y con todo esto.....sigo pensando que sobran radares y faltan MUCHOS agentes.
 
También de la página de la DGT:

"2. Finalidad del sistema

Aumentan la visibilidad del vehículo para otros usuarios de las vías, mediante lámparas de bajo consumo que se encienden automáticamente con el encendido del motor."

Ni las luces de posición ni las luces de cruce (o cortas) se encienden "automáticamente con el encendido del motor". Vamos, las DRL NO las puedes apagar (de hecho las hay (las DRL) que se apagan (o atenúan) cuando enciendes las cortas); las otras sí.

Los vehículos en los que las luces de posición se encienden al dar el contacto o encender el motor es porque usan esas luces de posición como DRL....y supongo que, en el caso de las motos, de ser así...se especifica en la ficha técnica (al menos en las BMW es así). Así que, si vas "con la luz de posición" (hablo ya de motos)....y en tu ficha técnica no indica nada, es perfectamente sancionable.

Y si en tu coche vas con la luz de posición...y ésta NO puede apagarse....obviamente ya vas con una luz diurna, aunque no sea led.
Mis luces de cruce (o cortas) se encienden "automaticamente con el encendido del motor" SI .

Bmw R1200R y tantas otras...
 
Las luces de posición no son alumbrado de día ni nunca se han utilizado para eso. Se utilizan para estacionamiento cuando las circunstancias lo requieran o, entre la puesta y la salida del sol, para complementar al alumbrado de cruce o carretera. Las luces de posición apenas son visibles durante el día.
Te refieres a la posición delantera? La de posición trasera (si, también lo es) es exactamente igual siempre (no se complementa con otra)
 
Mi BMW 2.010 (y muchas vuestras):
-CONTACTO GIRANDO LA LLAVE: Se enciende la bombilla de posición delantera y trasera. (Esas luces no pueden estar apagadas con el contacto dado)
-ARRANCAS EL MOTOR: Se enciende automaticamente la de cruce delantera (corta) , las dos del punto anterior siguen igual.
-PARAS EL MOTOR (boton OFF Run piña derecha)(sigues con el contacto dado): se apaga automáticamente la corta y siguen encendidas ( mientras no cortes contacto)la de posición delantera y trasera)
 
Mis luces de cruce (o cortas) se encienden "automaticamente con el encendido del motor" SI .

Bmw R1200R y tantas otras...
Ejem….las DRL pueden ir en coches tambien….y en esos las luces de cruce no se encienden automaticamente al encender el motor (salvo que tengan sensor automatico, esté el conmutador en auto, etc….¿de verdad hay que explicar las cosas como si fuesemos niños pequeños? Creo que me has entendido perfectamente en mi mensaje y simplemente quieres “ir de pejiguero” (sin animo de ofender, ojo) con tal de no dar la razon a los que te muestran (y demuestran) que unas DRL NO son “luces de posicion de toda la vida”).
 
Mirate los faros la sujeción lleva unas gomas si estan gastadas se funden por las vibraciones

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Gracias!

Pero la sujección de las H7 creo recordar que eran unos alambres que era para "nota" el poder quitarlos "bien" una vez quitado el plástico que lo cubría.

Y no era yo, sino que todos mis colegas que llevaban una moto como la mía también su H7 se fundía de media a los 10k km. Y daba igual que fuera de las "buenas"!!!

Saludos!
 
Resumiendo: las DRL EN LAS MOTOS (ale, como a los niños pequeños) IMAGINO (no afirmo) figuran en ficha tecnica Y ES LEGAL IR SOLO CON ELLAS (en determinadas situaciones).

Ir SOLO con las luces de posicion EN LAS MOTOS NO es legal.

DRL Legal(si en ficha tecnica especificando que lo son).
Luces de posicion NO LEGAL.

Asi, mas mascadito, mejor?
 
Creo que este post llega a su fin, al menos para mí. También lo ha dicho el autor del post! :sneaky:

La moto del compy claramente no llevaba "alumbrado de dia", y le pusieron la multa porque su luz de cruce no funcionaba. Siempre se puede recurrir, pero...

El debate de lo que es "alumbrado de dia" y de si la instrucción de la DGT afecta en mayor o menor medida, motos incluídas, etc. no creo que lo resolvamos aquí! 😅

Saludos!
 
No es que puedan ir en coches, sino que es en el único vehículo que es obligatorio tener luces diurnas.

En las motos no es obligatorio tener luces diurnas.

Cualquier moto de enduro (que es una moto también) te vendrá sin luces diurnas.






Saludos.

Que la habia liado al citarte. Eso, que me habia explicado mal pero queria decir lo que has dicho.

Me referia a que los coches las llevan….y en esos las luces de cruce no se encienden automaticamente al arrancar el motor.

Gracias.
 
Creo que no es discutible la sanción impuesta. ¿Llevaba encendida la luz como dice la norma? No.
Lo que es "opinable" es la actitud del agente, que viendo fehacientemente que se trataba de una avería, no tuvo la mano izquierda para concederle el beneficio de la duda y avisarle de que solucionara el problema cuanto antes. No sé si la motocicleta tenía pasada la ITV recientemente o incluso si, en este caso, de darse el hecho, podría servir como argumento para un recurso. Y, más aún, tampoco sé si la GC tiene potestad para notificar que se presente el vehículo en ITV para verificar la solución de la avería. Lo que está claro es que el motivo de la denuncia no tenía por objeto velar por la seguridad del motorista, pues no inmovilizó la moto, supongo por no considerarla un peligro para la circulación y para el resto de conductores. Por otra parte, te multo por esto, pero no por aquello, es como decirte que te tiene que multar por algo. Que esto deba considerarse como un favor, en mi opinión, no lo veo, pues pudiera tener otras lecturas.
Es doloroso tener que abonar 100€ por esto.
Ni que decir tiene que esto no implica una crítica hacia la labor que presta la GC en todos los ámbitos de su competencia, donde tienen más que demostrada su profesionalidad, hasta el punto de perder la vida por salvar la de otros.
Qué sí, que sí, que la multa está bien puesta.
 
Gracias!

Pero la sujección de las H7 creo recordar que eran unos alambres que era para "nota" el poder quitarlos "bien" una vez quitado el plástico que lo cubría.

Y no era yo, sino que todos mis colegas que llevaban una moto como la mía también su H7 se fundía de media a los 10k km. Y daba igual que fuera de las "buenas"!!!

Saludos!

Hola buenas noches apolonio, me refiero al anclaje del faro lleva una tuerca con una goma a modo de silenblok,y evita que la vibracion llegue a la bombilla y se funda,yo tengo la r1200gs y no e fundido ninguna,

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Ejem….las DRL pueden ir en coches tambien….y en esos las luces de cruce no se encienden automaticamente al encender el motor (salvo que tengan sensor automatico, esté el conmutador en auto, etc….¿de verdad hay que explicar las cosas como si fuesemos niños pequeños? Creo que me has entendido perfectamente en mi mensaje y simplemente quieres “ir de pejiguero” (sin animo de ofender, ojo) con tal de no dar la razon a los que te muestran (y demuestran) que unas DRL NO son “luces de posicion de toda la vida”).
Ir de pejiqué?? Niños pequeños?? Anda majo...Pues si que me has ofendido...en Olite dicen : "A chiflar a la via."
 
Resumiendo: las DRL EN LAS MOTOS (ale, como a los niños pequeños) IMAGINO (no afirmo) figuran en ficha tecnica Y ES LEGAL IR SOLO CON ELLAS (en determinadas situaciones).

Ir SOLO con las luces de posicion EN LAS MOTOS NO es legal.

DRL Legal(si en ficha tecnica especificando que lo son).
Luces de posicion NO LEGAL.

Asi, mas mascadito, mejor?
Vas de sobrado siempre verdad?
 
El problema que en mi multa no pone ninguna observación, no me dieron la opción tampoco... Que me toca pagar
A mí, además de 200€ me costó 2 puntos del carnet. Coincido con lo que algun compañero indica como "falta de empatía". No cuento la historia...hace mas de diez años.
 
Ir de pejiqué?? Niños pequeños?? Anda majo...Pues si que me has ofendido...en Olite dicen : "A chiflar a la via."
Pues si te has “enfadado”, como se dice: ya tienes dos faenas.

Ale, ya he terminado contigo. No mereces mi tiempo y el hilo ya se esta “ensuciando” demasiado con tanta chorrada.

Taluego!
 
Es de suponer que la luz de día viene reflejada en la ficha técnica, porque si no está homologada, por ahí se puede escapar el posible recurso.
 
Es de suponer que la luz de día viene reflejada en la ficha técnica, porque si no está homologada, por ahí se puede escapar el posible recurso.
Si seguimos hablando del creador del post, esa moto no tiene luz de día, iba con luces de posición, no las cortas.
 
Te refieres a la posición delantera? La de posición trasera (si, también lo es) es exactamente igual siempre (no se complementa con otra)
Las de posición son las delanteras y traseras, no hay que verlas independientes unas de otras, se encienden a la vez y su uso es conjunto.
 
es increíble que a estas alturas alguno no tenga claro el funcionamiento y obligación de las luces de posición, cruce y carretera,

el GC propone para sanción, el recurso con alegaciones le llega a él y se ratifica o no en los hechos denunciados

Si el autor del hilo cree que tiene razón que se lo exponga y detalle en el recurso, no hay más vueltas.
 
Si me pilla de noche me doy cuenta que voy sin luces y paro, y lo arreglo. Lo he revisado en mi taller y aparentemente está todo bien, pero me llovio igual que si tirase la moto a un rio y luego lo sacase. Pero vamos, que la multa esta bien puesta si, que si recurro y el superior o como se llame ve que no tenia mala fe y me la quita, puede ser. Pero estoy mas próximo a qué eso no pase y quedarme sin el descuento... Total, pago a regañadientes y me doy cuenta que esos guardias estaban para multar, no para ayudarme que se presupone que es para lo que están.

Adjunto la foto momento despues de ponerme la multa, la de dia que es la de la izquierda que apenas se ve si la llevaba, que ademas se lo dije y me dijeron que no, que tenia que llevar las de cruce
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Disculpame colega, en primer lugar ya lo siento porque 200 napos no caen de los arboles y menos en la situacion actual.
Por otra parte y viendo la foto que no la puedo ampliar, mas que luz de dia, parece que lleves posicion porque en mi GT hay 2 de posicion pero amarillentas y que se ven poco y me da que es parecida a lo que veo en tu foto.

Saludos y no te cabrees.
 
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